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Nacional

Hijos cobran el apoyo del gobierno; se han atendido 30 mil solicitudes

Los estados donde más se han entregado recursos para gastos funerarios a familiares de fallecidos por covid son el Edomex, CDMX, Veracruz, Nuevo León, Sinaloa y Tabasco

Claudia Solera | 14-02-2021
71,463 SOLICITUDES se habían registrado tan sólo en los primeros 16 días de habilitada la plataforma.

CIUDAD DE MÉXICO.

Hasta el lunes 8 de febrero se habían atendido un total de 30 mil solicitudes de apoyos para gastos funerarios a familiares de personas fallecidas por covid-19, siendo las hijas e hijos de los deudos el 60% de los beneficiarios, de acuerdo con información de la Secretaría de Salud y del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de las Familias DIF.

Estas 30 mil solicitudes, que cumplieron con los requisitos previstos en los lineamientos que rigen el programa, representaron más de 343 millones de pesos.

A través de la plataforma www.deudoscovid.gob.mx se han recibido, a partir del 2 de diciembre de 2020, fecha en que comenzó el proceso de registro, un total de 146 mil 566 solicitudes.

Tan sólo en los primeros 16 días de habilitada la plataforma, ya se habían registrado 71 mil 463 solicitudes: las entidades con mayor número de apoyos funerarios entregados a los deudos fueron: Estado de México, Ciudad de México, Veracruz, Nuevo León, Sinaloa y Tabasco.

De esas primeras 71 mil 463 solicitudes de apoyos funerarios, realizadas hasta el 18 de diciembre, solamente se otorgaron 8 mil 34, de los cuales 4 mil 752 se entregaron a las hijas e hijos, 2 mil 564 a las esposas, 371 a los esposos, 177 a madres, 105 a padres y 25 a otros, de acuerdo a la solicitud 1236000037920, obtenida, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia.

Para el 8 de febrero, ya se contabilizaban un total de 146 mil 566 solicitudes, de las cuales 63 mil 981 han sido aprobadas al cumplir satisfactoriamente con la entrega de los documentos requeridos; 14 mil 898 se encuentran en proceso y 67 mil 687 han sido rechazadas, se especificó en un boletín de la SSA y del DIF.

Entre los motivos de rechazo, de acuerdo con estas dependencias, sobresale la presentación de documentación incompleta, en la que han incurrido 32 mil 838 solicitantes, ya que para obtener el apoyo se requiere, de acuerdo con los lineamientos del programa publicados el 11 de noviembre de 2020, contar con el acta de defunción y la Clave Única de Registro de Población (CURP) de la persona fallecida, así como con la identificación oficial y el documento que acredite el parentesco de quien solicita el beneficio.

La no acreditación del parentesco con el fallecido es la segunda causa de rechazo, con 16 mil 233 casos.

Hay que subrayar que el trámite puede ser realizado por la esposa o esposo de la o el fallecido, hijas o hijos, padre o madre, siempre y cuando se presenten los documentos oficiales que confirmen la existencia de la relación por consanguinidad o de carácter civil como son el acta de nacimiento o de matrimonio.

Para recibir el apoyo, el acta de defunción tiene que especificar claramente que el fallecimiento fue derivado de la enfermedadcovid-19 o señalar “coronavirus, SARS-CoV-2, NCOV, COV, U07, confirmado, posible o sospechoso”. En 7 mil 515 casos, las solicitudes han sido ingresadas sin contar con un documento que confirme que la muerte de la persona se derivó de dicha enfermedad.

A través de la plataforma digital también se han recibido documentos sin validez oficial, en 5 mil 889 casos; documentación ilegible, en 4 mil 700 ocasiones; así como errores en el número de cuenta CLABE ingresado, al que se debería hacer el depósito del recurso económico de apoyo, con 333 casos.

Las solicitudes que han sido rechazadas pueden reponerse, para lo cual las y los interesados disponen de un año de plazo a partir de la fecha de fallecimiento de su familiar. Es necesario que presenten una nueva solicitud a través de la plataforma digital o completen la iniciada con la documentación oficial requerida, legible y subsanen los errores en el ingreso de sus datos.

En el boletín informativo se enfatiza que es muy importante que los deudos verifiquen la causa del fallecimiento, ya que si el acta de defunción de su familiar, no establece que es derivada decovid-19, no podrá acceder al beneficio.

 Para cualquier orientación, duda o respaldo del personal del DIF, se pusieron a disposición los teléfonos 55 30 03 22 00, con 30 líneas de atención, o del correo electrónico apoyodeudoscovid@dif.gob.mx.

 

 

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