¿Alejandro Moreno y Fernández Noroña podrían ser sancionados por pelea? Esto dice la ley

Luego de la pelea de los legisladores, te contamos si pueden ser sancionados y cuáles serían las penas a las que se enfrentarían.

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Alito Moreno y Fernández Noroña pelearon en el Congreso. Foto: Cuartoscuro

Alejandro Moreno y Gerardo Fernández Noroña protagonizaron una pelea durante el cierre de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, que habría dejado al menos una persona herida.

La trifulca se suma a las muchas que han existido en el Congreso de la Unión y que pueden plantear la duda de si realmente hay alguna sanción para los involucrados en este tipo de hechos.

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¿Qué dice el reglamento del Senado sobre las peleas?

El artículo 10 del reglamento del Senado habla sobre la conducta que deben seguir los legisladores en el recinto.

Establece que los legisladores deben “conducirse con respeto con los demás legisladores, así como con el personal que presta sus servicios al Senado y con las personas que participan o concurren a las sesiones y reuniones de los órganos del Congreso de la Unión”.

Además, en el mismo artículo se establece que los legisladores deben “abstenerse de realizar actos incompatibles con las funciones que desempeñan, así como de hacer valer su condición de legisladores en beneficio propio”.

Es decir, aunque el reglamento interno sí hace llamados a que los legisladores se dirijan siempre con respeto, no establece sanciones si estas normas son violentadas, como sucedió ayer.

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Presentan denuncia contra Moreno; buscan desafuero

Tras la trifulca, Fernández Noroña anunció que presentarían denuncias contra Alejandro Moreno por el delito de lesiones, lo que tendría que iniciar un proceso de desafuero contra el legislador priista.

El fuero es una figura legal que protege a los legisladores contra procesos penales, esto no quiere decir que pueden actuar con impunidad, sino que la figura fue creada para evitar que fueran perseguidos por sus decisiones en el Congreso.

Sin embargo, el fuero les puede ser retirado si alguna autoridad ministerial presenta una solicitud basada en la posible responsabilidad en un delito. Posteriormente la Comisión Instructora de la Cámara de Diputados analiza las pruebas y decide s la solicitud avanza.

Si es así, la solicitud es votada en el pleno, donde finalmente se decide si un legislador pierde o conserva su fuero constitucional.

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¿Cuáles son las sanciones por el delito de lesiones?

El delito por el que Fernández Noroña acusa a Moreno Cárdenas es por lesiones, que según el Código Penal Federal, este se configura cuando hay una persona causa “heridas, escoriaciones, contusiones, fracturas, dislocaciones, quemaduras y toda alteración en la salud o daño que deja huella material en el cuerpo humano, si esos efectos son producidos por una causa externa”.

El Código Penal Federal establece sanciones de dos a cinco años de prisión y multa de cien a trescientos pesos, al que infiera una lesión que deje al ofendido cicatriz en la cara, perpetuamente notable.

La pena será de tres a cinco años de prisión y multa de trescientos a quinientos pesos, al que infiera una lesión que perturbe para siempre la vista, o disminuya la facultad de oír, entorpezca o debilite permanentemente una mano, un pie, un brazo, una pierna, o cualquier otro órgano, el uso de la palabra o alguna de las facultades mentales.

En tanto, la sanción será de cinco a ocho años de prisión al que infiera una lesión de la que resulte una enfermedad segura o probablemente incurable, la inutilización completa o la pérdida de un ojo, de un brazo, de una mano, de una pierna o de un pie, o de cualquier otro órgano; cuando quede perjudicada para siempre, cualquiera función orgánica o cuando el ofendido quede sordo, impotente o con una deformidad incorregible.

Mientras que se impondrán de seis a diez años de prisión, al que infiera una lesión a consecuencia de la cual resulte incapacidad permanente para trabajar, enajenación mental, la pérdida de la vista o del habla o de las funciones sexuales.

RLO