¿Qué hacer si ya no puedes pagar la colegiatura de tu hijo? Esto dice Profeco
La Profeco habló sobre los derechos que tienen las alumnas y los alumnos que estudian en escuelas privadas en México

Si ya no puedes seguir pagando la colegiatura de la escuela de tu hijo, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), habla sobre lo que se debe hacer en estos casos.
¿Qué pasa si ya no puedes pagar la colegiatura de la escuela de tu hijo?
La Profeco señala que, en caso de incumplir con el pago de tres colegiaturas o más, que equivalen a tres meses, las personas a cargo de la escuela privada, quedan liberadas de cumplir con la obligación de brindar formación académica a los alumnos.
“Deben seguir las disposiciones aplicables, cuyo objetivo es garantizar el acceso y la permanencia en el Sistema Educativo Nacional”, dice la Revista del Consumidor de agosto del 2025.
El personal de la escuela, debe avisar con 15 días de anticipación, a las madres, padres o tutores, sobre la posibilidad de no continuar con la formación académica del menor, y que se basa en lo siguiente:
- Los padres de familia o tutores, deben recibir la documentación oficial que les corresponde, en un plazo no mayor de quince días, a partir del momento en que la soliciten, sin costo alguno.
- Las alumnas y los alumnos tendrán derecho a presentar exámenes extraordinarios en igualdad de condiciones que el resto del alumnado, con el pago de los derechos que correspondan.
Con la documentación del alumno o alumna, se puede continuar con los estudios en cualquier escuela pública de la SEP, de manera gratuita.
En caso de que la escuela privada, se niegue a entregar los documentos, se debe acudir a la Profeco.
La Profeco señala que, en México, la educación básica es un derecho establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es gratuita, y está a cargo de la Secretaría de Educación Pública (SEP).
También, los servicios educativos privados o particulares, deben estar incorporados a la SEP, para tener validez oficial y cumplir con los estándares establecidos.
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Foto: Pixabay
¿En qué debes fijarte de los servicios que ofrecen las escuelas particulares?
Los servicios educativos que ofrecen las escuelas particulares, deben apegarse a las disposiciones del “Acuerdo que establece las bases mínimas de información para la comercialización de los servicios educativos que prestan los particulares”. Las escuelas deben informar de lo siguiente:
- Tipos de servicios educativos y grados escolares que ofrecen.
- Fecha y número del acuerdo que la SEP otorgó a la institución al momento de incorporarla.
- Si la institución no cuenta con el número del acuerdo, debe proporcionar el número de inscripción como plantel no incorporado e informar que los estudios no tienen validez oficial.
- Costo total de inscripción y reinscripción.
- Monto total de las colegiaturas, con información detallada sobre su periodicidad y condiciones de pago.
- Costos totales de exámenes, cursos, servicios adicionales, duplicados de certificados, constancias, reglamento escolar y otra información relevante.
Jbf
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