Absolución del Rector de Chapingo queda confirmada
La Sala de Asuntos Indígenas del Tribunal Superior del Edomex ratificó por unanimidad que no existieron pruebas para acreditar responsabilidad en su contra.

Quedó confirmada la absolución del rector de la Universidad Autónoma de Chapingo, Ángel Garduño García, señalado por delito de violación, luego de que la Sala de Asuntos Indígenas del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México ratificó por unanimidad que no existieron pruebas para acreditar responsabilidad en su contra.
Ello además de que estableció que la denunciante comprendía español y no acreditó una barrera de comunicación.

Cabe señalar que la Fiscalía General de Justicia del Estado de México impugnó la absolución del rector en el caso de violación equiparada de la estudiante Nelly Concepción N, emitida el 3 de febrero, al considerar el juez que el Ministerio Público no ofreció pruebas suficientes en su contra y el testimonio de la presunta víctima, constituía un indicio aislado insuficiente para condenarlo por la agresión que dijo haber sufrido en el 2022, cuando García Garduño ocupaba el cargo de subdirector de Investigación del Departamento de Ingeniería Agrícola.
La resolución corresponde al recurso de apelación registrado bajo la toca 12/2026, dentro de la causa penal 87/2025, radicada en el Tribunal de Enjuiciamiento del Distrito Judicial de Texcoco, Estado de México.
El fallo ratifica que no existieron elementos para acreditar responsabilidad penal, por lo que los señalamientos formulados contra el Rector quedaron sin sustento jurídico para una condena.
Entre los aspectos analizados por el órgano jurisdiccional se encuentra la supuesta necesidad de que la denunciante contara con un traductor en lengua indígena. El tribunal determinó que, considerando sus condiciones personales y el contenido de las audiencias, no se acreditaron limitaciones de comunicación durante el juicio.
Además, la resolución establece que la denunciante contó permanentemente con asesoría jurídica y que comprendía perfectamente el idioma español, circunstancia que cuestiona la existencia de una barrera lingüística que justificara la intervención de un intérprete.
Ello luego de que durante el proceso se intentó presentar el caso como un asunto de naturaleza indígena sustentado en una supuesta imposibilidad de comunicación en español. Sin embargo, el propio tribunal confirmó que dicha imposibilidad no existía.

La confirmación de la absolución reafirma los principios de presunción de inocencia, legalidad y debido proceso.
Con la resolución, la autoridad judicial mantiene la absolución de Ángel Garduño García y establece que las acusaciones formuladas en su contra no fueron acreditadas jurídicamente.