Silencio oficial frena el destino del archivo de Octavio Paz
El Colegio Nacional acusa falta de respuesta de autoridades culturales y del DIF capitalino, mientras insiste en que el acervo debe entregarse conforme a la voluntad testamentaria del poeta y Premio Nobel de Literatura 1990.

Pese a los recientes llamados a concretar el depósito del acervo documental del poeta Octavio Paz en El Colegio Nacional (Colnal), hasta el momento ninguna autoridad cultural ni del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) de la CDMX ha expuesto una posición oficial al respecto, pese a lo cual la institución confía en el Poder Judicial.
Así lo dice a Excélsior Eduardo Kanahuati, abogado del Colnal, quien también considera que aceptar una copia digital del acervo —integrado por miles de cartas y documentos— no cumpliría la voluntad textual del poeta y asegura que la declaratoria de Monumento Artístico que cobija a la masa testamentaria, desde 2018, no significa una contradicción ni un obstáculo para definir el destino del archivo.
¿La declaratoria no sería un obstáculo para llevar los papeles al Colnal?. “La declaración de monumento artístico es otra esfera de protección por la importancia de la obra y del personaje. En el caso de Paz, es la primera vez que tenemos una declaratoria de monumento artístico de un escritor.
“Estas declaratorias habían versado sobre artistas visuales, como el caso de otro miembro del Colnal, Dr. Atl, y esto significa que, por la importancia de su obra para la nación, se debe proteger a nivel estatal tanto la reproducción como el traslado y la posible enajenación de la obra para asegurar que continúe resguardada y protegida por el valor cultural que implica”, expone.
Sin embargo, advierte que estas declaratorias “no inciden en la propiedad ni en la posesión. Hay muchos coleccionistas privados que tienen obras del Dr. Atl y eso no significa que no puedan ser propietarios o poseedores de la obra, sino que hay una serie de reglas que deben cuidarse y respetarse en lo que refiere a su reproducción, traslado y enajenación”.

Así que dicha declaratoria “es una forma adicional de proteger el acervo, pero no implica una contradicción con el destino”.
¿Sin importar la anunciada unidad del acervo? “Nosotros también somos una instancia mexicana y no hay ningún elemento en el que se podría suponer el traslado de la obra al extranjero… Además, son dos esferas distintas las que buscan proteger y complementarse con una declaratoria, pero tampoco implica con ello una nacionalización de los bienes de los artistas, sino otra esfera de protección por su valor cultural”.
¿Es viable que el Colnal acepte una copia digital del acervo para cumplir con la cláusula testamentaria?
Lo que nos encomendó Octavio Paz, a través de su testamento, fue ser depositarios de su archivo personal. Para nosotros lo más importante, como institución cultural que tiene este propósito de difusión gratuita, publicación de libros y preservar la memoria de sus colegiados, siempre hemos comprendido que tenemos la obligación de solicitar que se cumpla textualmente la voluntad del poeta.
“Y como lo hemos dicho: ¿qué mejor destino para su acervo que el que él mismo dispuso? Creo que no hay mejor manera de respetar y honrar su legado que en los términos que él solicitó. Recibir un archivo digital —que tiene gran valor y nos daría gran posibilidad de difundirlo y trabajar en conjunto— no cumple textualmente con la voluntad del testador”.

Derecho autoral
Por último, Kanahuati aborda el tema de los derechos de autor de Paz y recuerda que desde hace dos años el Colnal solicitó permiso para publicar un texto del poeta en el volumen Magia de la risa pero ante la falta de respuesta, pide que el DIF de la CDMX no llegue al estancamiento de la obra de Paz.
“Entendemos la complejidad frente a la que se encuentra el albacea (DIF de la CDMX), porque, como heredero universal, que así es conforme a la ley mexicana, lo que han interpretado el juzgado y el DIF es que parte de la herencia universal son también los derechos de autor, en su parte patrimonial, que incluye la reproducción, la fijación en distintos soportes de la obra, etc. Ellos son la instancia ante la cual nosotros o cualquier otra editorial debemos solicitar la reproducción de los textos.
“Nos preocupa que lo que hemos tenido en el transcurso de dos años ha sido el silencio. No hemos obtenido respuesta sobre la posibilidad de reproducir o publicar el texto”, concluye.