Impulsan justicia restaurativa en casos penales; acuerdos reparatorios

En un año se pagaron 139 millones de pesos, señalan las cifras de la Fiscalía

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Ilustración: Abraham Cruz

Ciudad de México.  En la Ciudad de México se impulsa la denominada justicia restaurativa. Durante 2021 se pagó un monto total de 139 millones de pesos en la reparación del daño por distintos casos en los que las partes llegaron a un convenio, ello luego de que los imputados aceptaran su responsabilidad en los hechos de los que se les acusaba.

La fiscal general de Justicia de la Ciudad de México, Ernestina Godoy, ha señalado que han impulsado ese modelo.

He sostenido que la cárcel no siempre es la mejor solución, por ello hemos priorizado la justicia restaurativa con las salidas alternas y forma de terminación anticipada en los delitos que la legislación lo permite, no en todos es posible; como resultado tenemos que las personas ofensoras han aceptado su responsabilidad y han reparado en muchos casos económica- mente el daño”, dijo el 19 de enero pasado como parte de su segundo informe de labores.

Javier Oliva Posada, investigador de la Universidad Nacional Autónoma de Mé- xico (UNAM), aseguró que el enfoque de la justicia restaurativa está mal aplicado en México, pues dijo que no debería ser usa- do en asuntos penales.

Estoy hablando de fraudes, desvío de recursos, abusos de confianza entre socios de una empresa, es decir, estamos aplicando –se tiene este grave error– de aplicar un concepto de justicia restaurativa, que tiene que ver con reivindicación de carácter social, con asuntos estrictamente penales, por eso no funciona”, consideró.

Es un grave error llamarle a este proceso justicia restaurativa. La justicia restaurativa es un concepto que se aplica en aquellas sociedades que padecieron violencia de inspiración o de orientación política, religiosa, separatista, es decir, lleva un sustrato de reinvención política, como es el caso de Colombia para el proceso de posconflicto y negociaciones con las fuerzas armadas colombianas”.

Los altos montos que en ocasiones alcanzan las reparaciones del daño dejan ver otra imperfección en la justicia restaurativa, pues evidencian la desigualdad socioeconómica de algunos ofensores, lo puede impedir un convenio reparatorio, consideró el maestro en derechos humanos y visitador de la Comisión de Derechos Humanos local Juan Carlos Arjona Estévez.

Las personas y sus contextos son muy diferentes, entonces sí, claramente, muchas de las medidas alternativas están vinculadas a cuestiones de carácter patrimonial, entonces si la persona no tiene esos recursos para poder acceder a una medida o una salida alternativa o un acuerdo, pues claramente tendrá que enfrentar un juicio”, indicó.

ACUERDOS POR CASO DE LA LÍNEA 12

En el caso de la Línea 12 –cuyo colapso que mañana cumple un año dejó 26 muertos y 98 lesionados– se han aplicado acuerdos reparatorios bajo los principios de la justicia restaurativa.

Las empresas involucradas han llegado a convenios con la mayoría de los afectados o sus familiares, con lo cual se abreviarán procesos judiciales, al grado que alrededor de 80% de las víctimas ya firmado acuerdos reparatorios, en tanto se espera que apenas hoy se llevea cabo la audiencia inicial.

En ella, la agente Ministerio Público María de la Luz Alcátar Alcántar imputará los delitos de homicidio culposo, lesiones culposas y daño a la propiedad a ocho exfuncionarios y dos exempleados de empresas.

Javier Oliva Posada cuestionó la forma en la que se han cuantificado los montos económicos que se les han dado a las víctimas en este caso.

Son personas de una estabilidad económica muy castigada. (El siniestro los tomó) viniendo de regreso de sus trabajos, de sus escuelas; y les dicen te pago el funeral y un millón de pesos”, dijo el investigador.

El especialista en derechos humanos Juan Carlos Arjona Estévez detalló que la variación en los montos de la reparación del daño varían “abismalmente específico se realiza un estudio socioeconómico que prevé diversos factores con el objetivo de que se haga una reparación integral, lo cual no siempre es fácil de cuantificar.

A lo mejor atropellaste a la persona que da sustento, entonces no sólo son los gastos de lo que implica lo que llamamos daño emergente, que son los gastos que tienen que ver con la sana- ción, rehabilitación física de la persona; sino lo que llamamos el lucro cesante: lo que dejó de percibir la persona atropellada”, dijo el visitador de la Comisión de

Derechos Humanos local. Detalló que esos ingresos que se dejan de percibir por la imposibilidad de trabajar “pocas veces se contabilizan o es difícil de comprobar por la informalidad que hay en la economía”.

cva

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