¿Haces Home Office en cafeterías? Esto dice la NOM - 037 sobre teletrabajo en México
El 5 de diciembre de 2023 entró en vigor la NOM - 037 en la que se establecen reglas para hacer teletrabajo en México, aquí te explicamos si puedes hacer home office en cafeterías.

Las cafeterías, bibliotecas o coworkers son una gran opción para trabajar fuera de la oficina y en México desde el 5 de diciembre de 2023 entró en vigor la Norma Oficial Mexicana (NOM - 037) en materia de teletrabajo; aquí te explicamos todo lo que debes saber sobre las nuevas reglas para hacer home office.
La pandemia de Covid-19 provocó una revolución en el modo de trabajar en México y en casi todo el mundo y por ello la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) presentó las nuevas reglas sobre el teletrabajo, pues los empleados comenzaron a buscar opciones fuera de casa para laborar gracias a una buena conexión de internet.
El objetivo de la NOM - 37 es establecer las condiciones de seguridad y salud en el trabajo en los lugares de trabajo en donde las personas trabajadoras bajo la modalidad de Teletrabajo realicen sus actividades, a fin de prevenir accidentes y enfermedades, así como promover un medioambiente seguro y saludable en su entorno laboral.
La normativa publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) indica que trabajar en lugares distintos al domicilio designado para el home office, como cafeterías o bibliotecas, ya no será una opción, pues deben informar previamente y por escrito cualquier cambio en su domicilio, ya sea de manera temporal o definitiva, sin posibilidad de modificarlo sin aviso previo.
En el apartado “Obligaciones de las personas trabajadoras bajo la modalidad de Teletrabajo” se indica lo siguiente:
“6.7 Informar por escrito y con antelación al patrón de cualquier cambio de domicilio definitivo o temporal, al lugar de trabajo previamente acordado a fin de que, en su caso, se realicen las gestiones para comprobar que el nuevo lugar de trabajo propuesto satisface los requerimientos para que ahí se desarrolle Teletrabajo. El escrito deberá contener al menos: la fecha de elaboración; el nombre de la persona trabajadora en la modalidad de Teletrabajo que elabora el escrito; la fecha de ocurrencia, y la descripción del cambio de domicilio”
Ahora ya lo sabes, el home office no está prohibido en cafeterías o bibliotecas, solo debes informar a tu empleador con antelación sobre el nuevo lugar de trabajo.
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