Se mantiene la Contingencia Ambiental en CDMX y Edomex HOY 1 de enero de 2025

Este 2025 inició con mala calidad de aire tras el uso de pirotecnia en el Valle de México, pese a las recomendaciones de no hacerlo para evitar daños en el medio ambiente.

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Este 2025 inició con contigencia ambiental. Foto: Cuartoscuro

Pese a las constantes recomendaciones de evitar el uso de pirotecnia para despedir el 2024 y darle la bienvenida al 2025, habitantes de la Ciudad de México y el Estado de México hicieron caso omiso y este 1 de enero de 2025, la Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) activó la Fase 1 de Contingencia Ambiental.

El motivo fue que hoy, a las 12:00 horas, se registró un valor de 106.9 y 100.2 microgramos por metro cúbico de partículas PM2.5 en las estaciones Nezahualcóyotl y Santiago Acahualtepec, respectivamente, ubicadas en el municipio de Nezahualcóyotl y la alcaldía de Iztapalapa en las Zonas Noreste y Sureste del Valle de México.

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Hay mala calidad del aire en el Valle de México. Foto: Cuartoscuro

Se mantiene la Contingencia Ambiental por contaminación

Por ello, en su reporte de las 15:00 horas se informó que se mantiene la Fase I de la Contingencia Ambiental atmosférica por ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México, debido a que datos del sistema de monitoreo de la calidad del aire de la CDMX, muestran que a las 15:00 horas, continúan altas las concentraciones de partículas PM2.5 producidas por la quema masiva de pirotecnia y fogatas durante la noche de ayer y madrugada del día de hoy, así como por la escasa ventilación que impide la dispersión de los contaminantes, por lo que aún se registra Mala Calidad del Aire en las zonas Noroeste y Sureste del Valle de México.

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A pesar de ser días de descanso para decenas de personas, es importante seguir las indicaciones relacionadas con la protección a la salud y al programa Hoy No Circula, para evitar que incrementen los niveles de contaminación.

¿Cómo protegerse ante una Contingencia Ambiental?

Para disminuir los riegos de salud, es importante seguir las siguientes recomendaciones en caso de estar en alguna de las zonas en donde se activó la Fase 1 de Contingencia Ambiental:

  • Evitar hacer actividades cívicas, culturales, de recreo o ejercicio al aire libre a cualquier hora del día.
  • No fumar, en especial en espacios cerrados.
  • Se recomienda posponer los eventos deportivos, culturales o espectáculos masivos programados.

Para evitar la reducción de emisiones, es importante tomar en cuenta estos puntos:

  • Facilitar y continuar el trabajo a distancia para reducir viajes en auto o transporte público
  • En caso de contar con aire acondicionado en el hogar o automóvil, utilizarlo en modo de "recirculación”, así como mantener puertas y ventanas cerradas
  • Para reducir la generación y exposición a partículas cuando se está en interiores, no prender velas ni quemar leña, carbón u otros materiales
  • No quemar materiales y residuos, incluyendo las realizadas para adiestramiento y capacitación de personal
  • Reducir el uso del vehículo particular y utilizar el servicio de transporte público
  • Reportar cualquier tipo de incendio de manera inmediata a los teléfonos: 911 o *0311 Locatel, al Centro Estatal de Combate y Control de Incendios 5556 3053 60 (CDMX), CATGEM: 800-696-9696, PROBOSQUE: 722-878-9858, CONAFOR: 800-737-0000 (Edomex).

¿Aplica el Doble Hoy No Circula en CDMX y Edomex?

Por ello, mañana jueves  2 de enero del 2025, deberán suspender su circulación en horario de las 5:00 a las 22:00 horas: 

  1. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
  2.  Los vehículos de uso particular con holograma de verificación tipo 1 cuyo último dígito numérico sea 1, 2, 4, 6, 8 y 0.
  3. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación “0 y 00”, engomado verde, con terminación de placa 1 y 2.
  4. Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.
  5. Los vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o EDOMEX.
  6. Los taxis con holograma de verificación  ”2,” “1”, “0” y “00” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos  1), 2), y 3), les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.
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Los vehículos exentos de esta restricción, son:

  • Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.
  • Vehículos que porten holograma “00” o “0” vigente, cualquiera que sea su uso, sin importar la entidad federativa donde estén matriculados, podrán circular si cuentan con engomado diferente al color verde y terminación de placa 1 y 2.
  • Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica.
  • Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población.
  • Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental y abastecimiento de agua.
  • Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.
  • Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.
  • Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.
  • Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P).
  • Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.
  • Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.
  • Las motocicletas están exentas de la Fase I.

AIHC