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¿Expresidentes a juicio?

Luis de la Barreda Solórzano

Luis de la Barreda Solórzano

                Organizar, desde el poder, el linchamiento de los vencidos.

           Jesús Silva-Herzog Márquez (Reforma, 31 de agosto)

 

El país registra, según la Secretaría de Salud, más de 65,000 muertes por la pandemia de covid-19 —diversos estudios demuestran rigurosamente que la cantidad real es, por lo menos, el triple—, el sistema de salud se ha erosionado a tal punto que varios niños con cáncer han muerto por falta de medicamentos y muchos otros enfermos han sido privados del tratamiento adecuado, la economía va en caída libre, el porcentaje de mexicanos en situación de pobreza y de pobreza extrema ha crecido desmesuradamente y la incidencia de homicidios dolosos ha alcanzado la mayor tasa desde que se llevan estadísticas oficiales.

Consciente de esos fracasos estrepitosos, el Presidente se ha sacado un as de la manga con una finalidad claramente electoral: contra lo que había prometido como candidato, está impulsando una consulta popular conforme a la cual se decidiría si se abren procedimientos penales contra todos los expresidentes vivos, salvo Luis Echeverría, es decir, contra todos los titulares del Poder Ejecutivo del denominado periodo neoliberal. Esa consulta es jurídicamente inviable por la sencilla razón de que sería ilegal. Legalmente no puede someterse la acción de la justicia —sobre todo de la justicia penal— al voto popular.

Si el Presidente tiene pruebas de que alguno de esos mandatarios incurrió en delito, debe presentar la denuncia respectiva ante la Fiscalía General de la República, única autoridad que, conforme a derecho, está facultada para decidir, independientemente de la opinión de los particulares, si es procedente el ejercicio de la acción penal. Solamente en las dictaduras se han sometido al juicio de tribunales populares asuntos relativos al poder punitivo estatal. En el Estado de derecho la justicia penal se rige por principios que excluyen el linchamiento anticipado, que, obviamente, contaminaría todo el procedimiento.

Precisamente por esa razón la consulta sería inconstitucional. No puede ser objeto de una consulta popular la restricción de derechos humanos. En la Constitución, observa Pascal Beltrán del Río, “no hay tema más relacionado con los derechos humanos que el proceso penal” (Excélsior, 28 de agosto). La contaminación del procedimiento evidentemente vulneraría los derechos del afectado, pues se estarían violando en su perjuicio los principios de presunción de inocencia y debido proceso.

Previamente a la convocatoria que realizaría el Congreso de la Unión, la Suprema Corte de Justicia de la Nación tendría que resolver sobre la constitucionalidad de la materia de la consulta. Como señala Julián Andrade (El bastión de papel, 25 de agosto), la Corte no se pronunciaría a favor, aun en la circunstancia de presiones en las que tiene que trabajar el Poder Judicial, “porque los ministros harían un ridículo de proporciones internacionales y destruirían la credibilidad del máximo tribunal”.

Contra lo que predica la demagogia presidencial, el pueblo no siempre es bueno ni sabio. Ni está enterado necesariamente de las pruebas existentes para someter a procedimiento penal a un individuo. Un segmento de ese pueblo se siente frenéticamente atraído por el rodar de cabezas. El grito de enardecidas multitudes que acompañó los fusilamientos sin verdaderos juicios que se llevaron a cabo al principio de la Revolución Cubana no fue justicia o libertad, sino paredón (Reinaldo Arenas, Antes que anochezca).

Según el Presidente, Salinas podría ser juzgado porque entregó empresas públicas a particulares; Zedillo, porque convirtió las deudas privadas de unos cuantos en deudas públicas con el Fobaproa; Fox, porque encabezó el operativo de fraude electoral para imponer a Calderón; Calderón, porque, al utilizar la fuerza, volvió al país un cementerio, y Peña por corrupción (Forbes, 20 de febrero de 2019).

No se requiere demasiada perspicacia para advertir que, de las conductas señaladas, solamente las atribuidas a Fox y Peña podrían considerarse delictivas, pero es falso que Fox hubiera encabezado un fraude electoral —nunca probado— en una elección organizada, supervisada y calificada por el IFE, y respecto de Peña la imputación es de una vaguedad oceánica. En cuanto a que Calderón convirtió al país en un cementerio, la tasa de asesinatos en el actual sexenio es aún mayor. ¿Es penalmente culpable de la elevada incidencia récord el actual Presidente?

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