Fue la Constitución quien venció

Ustedes han votado porque México no sea una dictadura militar ni una dictadura en sí misma, sino una República democrática y representativa que tenga contrapesos para que ninguno de los tres Poderes de la Unión quiera anular a los otros dos

La suspensión definitiva concedida por un juzgado de amparo que paraliza la disposición de 13 fideicomisos del Poder Judicial Federal para un uso distinto para el que fueron creados originalmente, no es un triunfo de juzgadores y ministros contra el Presidente de la República, como se ha querido posicionar en discursos y narrativas.

Tampoco se trata de un triunfo de juzgadores corruptos y privilegiados agrupados en la Jufed en contra del pueblo y los más pobres, que, por cierto, estos últimos lo siguen siendo y los hay más en los niveles extremos. Ni un triunfo de los que en la fantasía ideológica han sido cooptados por las fuerzas del fariseísmo reeditado.

No, se trata de una reacción de la Constitución, es decir, de un acto en el que usted, lector y lectora, están involucrados. Ustedes han votado porque México no sea una dictadura militar ni una dictadura en sí misma, sino una República democrática y representativa que tenga contrapesos para que ninguno de los tres Poderes de la Unión quiera anular a los otros dos y ustedes no terminen en la cárcel por decir lo que piensan, y ninguna autoridad los despoje de sus bienes, tierras, casa y les viole sus derechos humanos.

Ustedes votaron en las urnas porque el Presidente de la República, los diputados federales, los senadores y el Poder Judicial —Suprema Corte y personas juzgadoras federales— se controlen entre sí para que nuestra democracia nos permita crecer libremente, actuar en libertad y prosperar.

Justo la resolución de amparo que comentamos simboliza todo eso. Un juzgador cumpliendo su obligación, que ustedes, lectores, le impusieron, de defender la Constitución.

Resolvió detener un acto que la propia Constitución le prohíbe hacer al Presidente, sus legisladores y aliados.

La Constitución les dice expresamente que si quieren elegir esa ruta, lo deben hacer como ésta lo establece. Pero el problema es que hoy existe la idea de que la Constitución puede y debe violarse: por eso vemos derechos humanos violados, crímenes sin castigo, expropiaciones simuladas, omisiones y un sinnúmero de actos ilegales que son rechazados por las personas juzgadoras.

Entonces no hay una conspiración de juzgadores en contra de un hombre materializado en su partido, que se asume “bien intencionado” y que le dice a usted: mira, “violo la ley, pero es por tu bien”.

Porque si se viola para un lado, se viola para el otro, y en ese riesgo pueden estar las libertades.

En su razonamiento, la persona juzgadora titular del juzgado de amparo subraya que la división de poderes es una institución política presente desde el surgimiento del Estado constitucional, ya que conforma un mecanismo fundamental para proteger las libertades individuales que lo caracterizan. Ello es así, ya que si los poderes no se encuentran divididos, las libertades peligran y, sin éstas, no es posible hablar de la existencia de un Estado constitucional de derecho.

La Suprema Corte ha interpretado el principio de división de poderes como un mecanismo de racionalización del poder público por la vía de su límite y balance, con el fin de garantizar el principio democrático, los derechos fundamentales y sus garantías a través de un régimen de cooperación y coordinación de competencias, a manera de control recíproco, limitando y evitando el abuso en el ejercicio del poder público.

El acto del Ejecutivo instruyendo a su mayoría parlamentaria en el Congreso de la Unión constituye el abuso para inmovilizar al Poder Judicial, es decir, disminuirlo en sus capacidades constitucionales para otorgar justicia a los ciudadanos frente al poder público y mantener el equilibrio entre poderes como se mandata.

Que lo que planea la actual administración es una Sala Constitucional en la propia Corte, que es un Tribunal Constitucional. Así pues.

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