Derechos políticos

Cuando se pretende normalizar la existencia de conductas dictatoriales en algunas naciones como una excepción aceptable, eso nos conduce al derrumbe de las instituciones propias de una sociedad democrática y al quiebre de valores y principios que no son negociables como la libertad, la justicia o el respeto a la dignidad humana

Democracia y derechos políticos son conceptos interdependientes e indivisibles en los Estados contemporáneos. Su consolidación, desarrollo y ampliación han sido graduales desde su inicio en el siglo XVIII con el triunfo de la Revolución americana en 1776 y la Revolución francesa de 1789, cuestionando el ejercicio del poder monárquico y despótico y reemplazándolo por el establecimiento de un catálogo de derechos a favor de las personas.

Por su importancia y trascendencia, los derechos políticos son considerados parte de los derechos humanos y se establecen dentro de las diversas declaraciones e instrumentos normativos, como la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, entre otros.

El catálogo de derechos políticos ha sido definido por el artículo 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos: “todos los ciudadanos deben gozar de los siguientes derechos y oportunidades, los cuales deben ser garantizados por el Estado en condiciones de igualdad: i) a la participación en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por representantes libremente elegidos; ii) a votar y a ser elegidos en elecciones periódicas auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de los electores; y iii) a acceder a las funciones públicas de su país”.

Transcendiendo la esfera político-electoral, los derechos políticos son transversales y se vinculan con otros derechos; como el derecho a la vida, defensa, seguridad, integridad, conciencia, culto, privacidad, libertad de expresión, tutela judicial efectiva, debido proceso, seguridad jurídica, libertad de asociación, derecho de petición, no discriminación, entre otros.

Los derechos políticos son el corazón de la Carta Democrática Interamericana, convirtiéndose en el medio para que los ciudadanos de la región puedan expresarse libremente, pensar diferente y participar en la democracia a través del ejercicio del sufragio.

Los derechos políticos son irrenunciables. Por ello, es inadmisible toda acción despótica que intente eliminarlos o limitarlos. La pretensión de crear marcos regulatorios hechizos que buscan imponer restricciones desproporcionadas o irracionales respecto a la participación política de los ciudadanos es inaceptable y debe ser denunciada en todo momento.

Cuando se pretende normalizar la existencia de conductas dictatoriales en algunas naciones como una excepción aceptable, eso nos conduce al derrumbe de las instituciones propias de una sociedad democrática y al quiebre de valores y principios que no son negociables como la libertad, la justicia o el respeto a la dignidad humana.

El secretario general de la OEA, Luis Almagro, ha señalado con razón: debemos hacer una diferencia clara entre las democracias y las dictaduras, donde no existe Estado de derecho, donde se violan sistemáticamente los derechos humanos, donde hay crímenes de lesa humanidad, donde no hay separación real de poderes, donde existe una lógica constante de persecución política contra cualquiera que sea considerado opositor o disidente.

BALANCE

La comunidad regional, sin ningún tipo de cortapisas ni edulcorantes, debe condenar los abusos de los regímenes autoritarios, buscando el bienestar de los pueblos que se encuentran cautivos y sometidos por dichos gobiernos.

Debemos buscar ampliar el catálogo de derechos para los ciudadanos, abordando los nuevos problemas de las democracias contemporáneas, como la violencia política, la polarización, las noticias falsas y la desinformación. Siempre más derechos, nunca menos.

*Los puntos de vista son a título personal.

No representan la posición de la OEA

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