Politización de la justicia

Un Estado en que el desconocimiento y la ignorancia de la Constitución son una realidad, jamás tendrá asegurado el normal desarrollo de sus instituciones, qué decir del desprecio de los hacedores de la ley, pues pone en un grave riesgo los derechos del pueblo.

En una sociedad de iguales, la mayoría no

puede tener el propósito de oprimir una minoría

formada por individuos que, por definición,

son semejantes a los mayoritarios.

Jean-Jacques Rousseau

La Constitución política es la norma fundamental de derechos y obligaciones del individuo, “es la ordenación de las competencias supremas de un Estado” no se trata que la Carta Magna sea del interés sólo de los abogados. Los juristas deben conocerla, porque el conocimiento del derecho justamente los hace peritos en la materia, pero el pueblo en general, incluso aquellos individuos apartados de las profesiones jurídicas, está obligado a conocer la legalidad constitucional, no sólo para gozar de sus beneficios, sino también para imponer, como persona, su respeto en toda ocasión.

Un Estado en que el desconocimiento y la ignorancia de la Constitución son una realidad, jamás tendrá asegurado el normal desarrollo de sus instituciones, qué decir del desprecio de los hacedores de la ley, pues pone en un grave riesgo los derechos del pueblo.

Acometer a la Constitución, dejar entregada su interpretación y aplicación al arbitrio de aquellos interesados en “transformarla” para sus conveniencias partidistas e ideológicas, o simplemente hacer de ella letra muerta, es no sólo abandonar el proyecto de una democracia constitucional, es aniquilarla.

Nuestra ley suprema, promulgada por el Constituyente de 1917, no se trata de una Constitución redactada por técnicos de gabinete, es la expresión de la voluntad política del pueblo mexicano que se entregó con decisión, valor y entereza, con grandes sacrificios para obtener sus caros anhelos democráticos con una ordenanza política, capaz de asegurarle el disfrute de los derechos inherentes a todo individuo.

La estrategia para someter al Poder Judicial diseñada por el Poder Ejecutivo, sin poder precisar cuándo inició, se materializó el 5 de febrero de 2023 con el envío de un paquete de 18 iniciativas para reformar la Constitución general, contrarias al espíritu del Constituyente y en franca oposición al principio de inviolabilidad de ésta.

Las reformas no fueron aprobadas por la Legislatura anterior, y así entonces el embate contra la justicia cobró nuevas formas y se diseñó el plan C, que consistió en hacerse del “Congreso constituido” a toda costa y a cualquier precio. En esta ocasión, al no alcanzar la mayoría en la Cámara de Senadores en la actual Legislatura, la cual arrancó el pasado 1 de septiembre pasado, se utilizaron los métodos más viles para lograr con la abyección, el chantaje, la amenaza y las curules faltantes.

El proceso fue desastroso, con una vertiginosidad que hace imposible, ya no digamos el estudio y análisis de dichas iniciativas, su sola lectura, de suyo complejas y de imposible realización, concretamente la de la “reforma judicial”, misma que estuvo claramente destinada al desmantelamiento de los poderes Judicial federal y local. La iniciativa presentada el pasado martes 21 corrobora esta aviesa intención.

La iniciativa de marras pretendía adicionar el artículo 1 de la ley suprema en clara discordancia con su espíritu rector garantista de los derechos humanos, misma que ya en Cámara fue retirada; de igual manera la pretendida retroactividad en perjuicio de los gobernados, antinomia clarísima al artículo 14 constitucional que tutela de los principios de irretroactividad legal, debido proceso y exacta aplicación de la ley.

Es improcedente el traslado de una norma legal (Ley de Amparo) a la Constitución (afirmado así por la titular del Ejecutivo), cuando es a la inversa, es decir, las leyes emanan de la norma suprema.

Esta politización de la justicia es causa de incertidumbre y de inseguridad jurídica, pues anula el principio que garantiza la protección del Estado a las personas y sus derechos inherentes. El Estado ya no es más el árbitro de los destinos de un país; todos sus actos están subordinados a una regla de derecho, superior a él mismo, que lo limita y le impone deberes.

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