Exitus letalis institucional
El INE negó las medidas cautelares solicitadas en contra del exsecretario de Gobernación.
Un estado donde queden impunes la insolencia y la libertad de hacerlo todo,
termina por hundirse en el abismo.
Sófocles
Los mexicanos padecemos una actividad política, cuasi electoral por la sucesión presidencial, que, además de extemporánea, la actividad política está fuera de los principios constitucionales de legalidad, imparcialidad y neutralidad y lo más grave, promovida por el propio Presidente. A propósito de lo anterior me permito citar el siguiente fragmento de la novela La sombra del caudillo, de Martin Luis Guzmán:
“En el campo de las relaciones políticas la amistad no figura, no subsiste. Puede haber, de abajo arriba, conveniencia, adhesión, fidelidad; y de arriba abajo, protección afectuosa o estimación utilitaria. Pero amistad simple, sentimiento afectivo que una de igual a igual, imposible. Esto sólo entre los humildes, entre la tropa política sin nombre. Jefes y guiadores, sin ningún interés común los acerca, son siempre émulos envidiosos, rivales, enemigos en potencia o en acto. Por eso ocurre que al otro día de abrazarse y acariciarse, los políticos más cercanos se destrozan y se matan. De los amigos más íntimos nacen a menudo, en política, los enemigos acérrimos, los más crueles”.
Un notorio incumplimiento de la ley, abonado por la impunidad ante la tibieza y hasta parcialidad del árbitro electoral (INE), quien reconoce estas ilegalidades y que cuando más alcanzan una “amonestación pública”, en el caso del Ejecutivo federal, y unas exiguas medidas cautelares para unos y más severas para otros, por lo que la impunidad campea a sus anchas en procedimientos cuasi electorales, viciados de origen y resulta abono al delito, contaminando a partidos e independientes por igual.
En el caso del Presidente, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó la validez de la amonestación pública determinada por el INE contra el presidente López Obrador por incumplir con la eliminación de extractos de la mañanera del 27 de marzo, en los que se refirió a los comicios en Coahuila y el Estado de México.
Esta Sala Superior resolvió la impugnación presentada, sin datos de prueba, por la Consejería Jurídica de la Presidencia contra la decisión del INE, al considerar que “la amonestación pública impuesta por éste fue correcta, pues la responsable valoró adecuadamente las documentales ofrecidas y determinó que los materiales seguían visibles”.
El INE ha resuelto diversas quejas presentadas por partidos, incluso por un ciudadano, con tibieza y parcialidad, imponiendo medidas cautelares, por actos anticipados de precampaña, campaña y en contra del Presidente, por la presunta violación a los principios de imparcialidad, neutralidad y legalidad.
El instituto negó las medidas cautelares solicitadas en contra del exsecretario de Gobernación, derivado de la colocación de dos espectaculares en Michoacán, con su imagen, así como la utilización de recursos a su cargo.
Así mismo hizo un llamado a Silvano Aureoles para que, en todo tiempo, ajuste las conductas de sus aspiraciones políticas a los límites que impone la ley.
El principio de legalidad mandata que cada acto jurisdiccional y ejecutivo debe de estar fundado en una norma previa, general y abstracta y conforme a ésta. Sólo así se garantiza la certeza del Estado de derecho, igualdad en la aplicación de sus normas, en este caso el mal llamado “piso parejo”. Principio ignorado impunemente.
En este cuasi proceso electoral, el país está abandonado con una institucionalidad exitus letalis y una larga lista, del dominio público, de instituciones desaparecidas.
APOSTILLA
Muy grave la situación del Consejo de Salubridad General que, por decreto presidencial, eliminó a la UNAM, al IPN y a otros organismos no gubernamentales, como la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior y Consejos Médicos, pero incluyó a la Sedena y a la Semar. Severo golpe a la salud en México, ya de suyo en estado de coma.
