El debido proceso
La oposición realizó un proceso más aseado, cuyo resultado fue consensuado de manera cívica.
No os dejéis, ante todo, seducir por el mito del legislador. Más bien, pensad en el juez, que es verdaderamente la figura central del derecho. Un ordenamiento jurídico se puede concebir sin leyes, pero no sin jueces.
Francesco Carnelutti
El debido proceso legal es la reunión de requisitos y condiciones jurídicas que son necesarias para afectar legalmente los derechos de los gobernados, asimismo para que los mismos estén en condición de defender adecuadamente sus derechos, ante cualquier acto del Estado que pueda afectarlos.
Cualquiera que sea el proceso que llevemos a cabo, particularmente aquéllos que son necesarios para fortalecer el tejido social y el Estado de derecho, exige el acatamiento del “debido proceso” en la creación y aplicación de la norma legal a la que está destinada, para los fines que se persiguen.
Advocatus, vocatus ad, llamado a socorrer, este pensamiento ético- jurídico legado del jurista Carnelutti, es más que aplicable al Poder Judicial de la Federación, quien como custodio de la ley suprema actúa apegado a esta máxima, no obstante, algunas infortunadas excepciones que son del dominio público.
Mencionemos dos procesos de fechas recientes que afectan la vida política y, en general, el bien común de los gobernados:
El debido proceso legislativo por el cual se aprobaron normas que afectaban la construcción democrática de la ley y consecuentemente la constitucionalidad que nos rige en esta materia, impidiendo la libre y soberana expresión de la voluntad popular para elegir a sus gobernantes, concretamente a la reforma electoral y el plan B.
La mencionada aprobación fue invalidada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la que el Ejecutivo federal con un paquete de seis reformas pretendía, en suma, minar las facultades y recursos del Instituto Nacional Electoral, órgano constitucional autónomo, responsable de vigilar la transparencia y democracia en el funcionamiento y organización de los procedimientos electorales. Lo anterior, debido a violaciones graves, precisamente al “debido proceso legislativo”.
No obstante, el oficialismo, con decisiones absolutistas, arrancó a destiempo, con un procedimiento irregular y viciado que los mismos partidarios del partido en el poder denunciaron en una precampaña largamente anunciada, que culminó con la persona designada para encabezar la candidatura a la Presidencia. En contraste, la oposición realizó un proceso más aseado, cuyo resultado fue consensuado de manera cívica y, así finalmente después de actos proselitistas que llegaron al hartazgo el pasado 7 de este mes, inició el proceso electoral federal 2023-2024, de manera formal.
El debido proceso administrativo con actos del Ejecutivo ha sido violado sistemáticamente, baste mencionar el sinnúmero de asignaciones presupuestales de manera directa y el otorgamiento sin motivo ni fundamento de tareas que corresponden a dependencias específicas de la administración pública, con claro despilfarro de dineros públicos y opacidad absoluta.
Nuevamente, el Poder Judicial de la Federación rescata, restituye derechos, corrige, revoca y modifica actos que vulneran el Estado de derecho. La intervención de la Corte con apego a la constitucionalidad y legalidad fue imprescindible para que el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai), órgano constitucional autónomo, retomara sus funciones en materia de protección de datos personales y acceso a la información pública.
Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica y federal. El pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión. La Ciudad de México es la sede de los Poderes. El supremo Poder de la Federación se divide para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial.
Una ignominia celebrar las fiestas patrias, orgullo de los mexicanos, sin la presencia de dos Poderes de la Unión. Así las cosas…
