Más cargas para las agencias de viajes
La Ley Federal de Protección de Datos Personales entrará en vigor en enero de 2012 para la aplicación de sanciones; es mejor estar enterado
Así como la reducción de los montos para realizar operaciones con dólares en efectivo han encarecido su operación y se han convertido en un dolor de cabeza para muchas agencias de viajes; un nuevo conjunto normativo ya es otra carga para estas empresas.
Se trata de la Ley Federal de Protección de Datos Personales (LFDP) en posesión de particulares, que si bien entró en operación el 1 de enero de este año, tendrá vigencia en enero de 2012 para la aplicación de las sanciones.
Esta ley diferencia los datos personales, que son cualquier información concerniente a una persona física, de los datos personales “sensibles” que afectan a la esfera más íntima de un particular.
Esto es desde los que pueden dar origen a discriminación o que conllevan un riesgo para su titular, hasta los estrictamente financieros.
El caso más evidente es el de los pagos que se realizan a las agencias, entregándoles los números de las tarjetas de crédito y que son, precisamente, el origen de las nuevas cargas.
Concretamente, los datos financieros o patrimoniales requerirán el consentimiento expreso del cliente.
Las obligaciones para las agencias incluyen informar a los titulares de los datos la información que recaben de ellos y con qué finalidad; mantener la confidencialidad de los datos personales, aún después de haber finalizado la relación entre el particular y el responsable; limitar el uso de los datos a las finalidades establecidas en el aviso de privacidad.
También procurar que los datos personales contenidos en sus bases de datos sean pertinentes, correctos y actualizados; cancelar los datos una vez que se haya realizado el fin para el cual se recabaron.
Finalmente establecer y mantener medidas de seguridad administrativas, técnicas y físicas para la protección de los datos; así como informar a los titulares en caso de que las medidas sean vulneradas, para que tomen las previsiones que correspondan.
Además de la firma de cartas de confidencialidad, la agencia tiene que solicitar la autorización por escrito de sus clientes lo que implicará procesos internos más estrictos y una supervisión que de entrada resultará más onerosa a la que aplicaban antes de la LFDP.
Las multas y castigos son muy elevados y los responsables no son los empleados sino los propietarios de las agencias.
Incumplir el deber de confidencialidad, por ejemplo, puede costar pena corporal y hasta 320 mil días de salario mínimo.
Divisadero
Fraude. En los últimos meses algunas agencias de la Ciudad de México han sido objeto de fraude, a través de criminales que conocen los procesos operativos de tarjetas de servicio.
En su necesidad de aumentar las ventas, varias agencias de viajes aceptaron pagos hechos por personajes que habían robado información de tarjetas American Express y que después fueron rechazados por sus clientes.
