Papelerías y mercerías, las más sancionadas por negarse a cerrar en Fase 3
El Invea colocó sellos de suspensión en 58 establecimientos, por lo que podrán operar hasta que pase la contingencia

CIUDAD DE MÉXICO.
Los establecimientos mercantiles en donde el Instituto de Verificación Administrativa (Invea) ha colocado más sellos de suspensión por negarse al cierre voluntario son los relacionados con la papelería, cartón o artículos de oficina.
El listado de establecimientos suspendidos ante la contingencia por COVID-19 indica que se habían colocado sellos en 58 establecimientos de la Ciudad de México entre el 26 de marzo y el 30 de abril.

Estos comercios no podrán volver a abrir hasta que concluya la contingencia.
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En ocho casos se trató de establecimientos relacionados con papelerías; le siguen las tiendas de telas, bisutería y artículos eléctricos o electrónicos, con seis suspensiones en cada giro.
Los establecimientos de venta de cosméticos suspendidos suman cuatro; de ropa o sastrerías, también cuatro, y de muebles y cocinas o colchones, tres.
También se han suspendido establecimientos de bicicletas, artesanías, refacciones, pisos laminados, bienes raíces, manualidades y un estacionamiento.

La alcaldía Cuauhtémoc concentra la mayoría de los establecimientos con sellos de suspensión al sumar 41; Benito Juárez tiene cuatro; Tlalpan, tres; Coyoacán, Iztapalapa, Magdalena Contreras y Venustiano Carranza, dos cada una, y Azcapotzalco y Xochimilco, uno en cada una.
Entre las cadenas comerciales más conocidas en donde el Invea ha colocado sellos de suspensión en una o más sucursales se encuentran Office Depot, Office Max, Modatelas, Mobo, Benotto, Llano de la Torre, Telas Parisina y Grupo Rosend, de acuerdo con la lista difundida por el gobierno capitalino.
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El Invea informó que el fundamento jurídico con los que se aplican las suspensiones son los acuerdos publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México de los días 1, 22 y 30 de abril, emitidos por Jefatura de Gobierno.
En los acuerdos se especifica que el Invea impondrá las sanciones que correspondan de conformidad con la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México y la Ley de Establecimientos Mercantiles.
Es de señalar que una vez que se impone el sello de suspensión de actividades, se lleva a cabo un procedimiento de substanciación, en el cual se le da oportunidad al verificado de aportar pruebas. Una vez que se le da su derecho de audiencia, se emite la resolución correspondiente”, informó.
Sin embargo, debido a la contingencia, los procedimientos están suspendidos hasta que ésta termine.
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