Profano

Silvano Espíndola

Silvano Espíndola

Ornitorrinco

Durante su campaña por la gubernatura del Estado de México, en 1999, el entonces candidato Arturo Montiel protagonizó un promocional con la frase: “Los derechos humanos son para los humanos, no para las ratas”. Ganó las elecciones. Diez años después, durante la campaña para las elecciones federales intermedias de 2009, el Partido Verde Ecologista de México incorporó a su propaganda electoral la petición de restablecer la pena de muerte, mediante el lema: “Porque nos interesa tu vida, pena de muerte para asesinos y secuestradores”. Aunque esta propaganda fue objeto de sanciones y críticas, la campaña (junto con otras propuestas y factores políticos) coincidió con un incremento en la representación del partido respecto de la elección federal anterior. Conviene recordar que la última ejecución militar en México se registró en 1961; sin embargo, la pena de muerte no quedó formalmente abolida en la Constitución sino hasta 2005.

Ante delitos de alto impacto, la opinión pública mexicana suele mostrarse más favorable a la pena de muerte, pero es precisamente ante casos así cuando se vuelve relevante la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH). Una clave de la DUDH se encuentra en el artículo 2, que a la letra dice: “Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición”. Este último concepto confirma que el reconocimiento de los derechos no depende de que una persona resulte moralmente admirable. La responsabilidad penal por un delito no extingue su personalidad jurídica ni despoja al responsable de su condición humana. Inmediatamente, el artículo 3 estipula: “Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona”. En pocas palabras, la DUDH establece que toda persona humana, incluso si ha cometido los crímenes más ominosos, tiene derecho a la vida. Desde luego, el fundamento de estos artículos se halla en la dignidad humana evocada en el primero.

El miércoles 2 de septiembre se perpetró un multihomicidio de extrema crueldad en el Estado de México, cuando un atacante profanó casi todo lo que la sociedad considera sagrado, ingresando a un hogar para segar la vida a una niña de 3 años, a su madre, que además estaba embarazada, a otra mujer de 21 años, a una mascota, una perra raza golden retriever, y al padre de esa familia, dejando a un niño huérfano de 6 años como el único superviviente, tras permanecer durante horas escondido bajo su cama. Según los reportes iniciales, el agresor habría conocido a las víctimas y traicionado su confianza; de acreditarse, ésas y otras circunstancias más podrían agravar jurídicamente la conducta investigada. La noticia me recordó de inmediato la provocadora propuesta que hiciera el filósofo español Gustavo Bueno para la “implantación de la eutanasia para asesinos convictos y confesos de crímenes horrendos”. Su lógica era la siguiente: si el sistema penitenciario no tiene como finalidad el mero castigo, sino la reinserción social, quiere decir que se funda en la hipótesis de la equiparación del delincuente con un enfermo que es inconsciente de su culpa y del dolor causado, al que se puede curar. Pero una vez curado, la conciencia de una culpa tan enorme significaría una carga insoportable, por lo que implementar en él la eutanasia sería un acto de generosidad.

GUILLOTINA

Francia es un referente intelectual de la DUDH de 1948, por haber proclamado la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano en 1789. No obstante, la última ejecución por guillotina en Francia ocurrió el 10 de septiembre de 1977.