Parresía significa “libertad o franqueza para decir lo que se piensa, incluso cuando resulta incómodo”. El concepto apareció por primera vez en la antigua Atenas en el S. V. a.C. (por Eurípides), ampliamente estudiado por Foucault, es uno de los antecedentes más antiguos de lo que conocemos por libertad de expresión.
Pero, la libertad de expresión (libertad de hablar, escribir e imprimir) fue reconocida como un derecho hasta 1789, en el artículo 11 de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano. En ese contexto, en la actualidad, la libertad de expresión es una característica fundamental de cualquier régimen político que se precie de ser democrático.
En México, la primera Constitución que reconoció el derecho fue la de 1824, pero, en la de 1857, se amplió ese reconocimiento y su garantía. Hoy, la Constitución vigente establece en los artículos 6º y 7° la protección de la manifestación de las ideas y el derecho de las audiencias frente a inquisiciones judiciales y administrativas y, la protección para difundir opiniones, información e ideas, y la prohibición de la censura previa y las restricciones indirectas.
Más allá del mandato constitucional, la libertad de expresión puede entenderse desde diferentes perspectivas: la posibilidad de hablar de los asuntos públicos, la defensa de la libertad de pensamiento y el reconocimiento jurídico de un derecho frente al poder. Es bajo estos tres ejes que, en un régimen democrático, cualquier ciudadano, los medios de comunicación, periodistas o los estudiosos de la cosa pública, deberían poder ejercer ese derecho de forma plena. Sin embargo, quien ejerce el poder político no siempre piensa lo mismo y busca formas de limitar las voces que le incomodan. Casos emblemáticos hay muchos, pero cito uno emblemático: el asesinato del entonces diputado Belisario Domínguez, en 1913, por expresar su posición crítica contra el dictador Victoriano Huerta, quien, a su vez, había asesinado a Francisco I. Madero y José María Pino Suarez, presidente y vicepresidente de la República, respectivamente.
Hoy, han pasado más de 100 años y el derecho a la libertad de expresión sigue callándose con balas o amenazas, pero también, con la censura legal por medio de decretazos desde el Poder Ejecutivo y Legislativo.
Así lo demuestran, en primer lugar, la publicación de los Lineamientos generales para garantizar los derechos de las audiencias que, entre muchas otras cosas, exige que los medios de comunicación establezcan “códigos de ética” que pueden ser interpretados como camisa de fuerza para limitar u orientar la opinión crítica en contra del poder político.
En segundo lugar, la reforma para modificar el Código Penal y la Ley de Protección a la Propiedad Industrial que, bajo el pretexto de proteger los derechos de propiedad intelectual y cumplir con los compromisos internacionales relacionados con el T-MEC, endureció las penas contra la piratería y la falsificación, pero también incluyó la identificación y tipificación de un nuevo delito: uso de identidad gráfica gubernamental, el cual es conocido como la “ley mordaza en contra de los memes”. Con ella se pretende acabar con el ingenio y el humor negro que se usa, principalmente en la redes sociales y medios de comunicación, para criticar al poder público. El castigo implica de uno a cinco años de prisión, más una onerosa multa “para quien utilice, reproduzca, imite o incorpore, a escala comercial: identidad gráfica institucional, dominios electrónicos y documentos oficiales de instituciones públicas de los tres órdenes de gobierno”.
Frente a la audaz reforma, surgen las dudas: ¿qué es una identidad gráfica institucional? ¿El logo de la institución, la imagen del gobernante?, ¿qué es un documento oficial? Se acostumbra que todas las relaciones burocráticas se identifican con documentos, entonces ¿cualquier documento es oficial?, ¿quién interpretará lo que el poder reformador quiso decir? No lo sabemos. Sin embargo, lo que sí es un hecho es que resulta sospechoso que, en el preámbulo de la elección 2027, se utilice este tipo de trampas para limitar la libertad de expresión.
