Sistemas electorales mixtos
Los sistemas proporcionales son más equitativos.
Por Jaime Rivera Velázquez*
Existe una gran variedad de sistemas electorales en el mundo. Cada uno de ellos determina cómo se integran los congresos o asambleas legislativas y qué relación guardan con la distribución de votos ciudadanos. Pueden distinguirse dos modelos básicos: el mayoritario y el proporcional.
Los sistemas mayoritarios, por lo general, tienen distritos uninominales, mientras que los sistemas de representación proporcional se basan en circunscripciones con listas de candidatos más o menos grandes. En cada distrito uninominal resulta elegida la candidatura más votada. Un partido puede ganar un distrito con 30 o 40% de los votos y los demás partidos (y quienes hayan votado por ellos), aunque sumados sean mayoría, se quedan sin representación. Dado que sólo las fuerzas políticas más grandes logran ganar por mayoría en los distritos, las minorías suelen ser excluidas de la representación. Este fenómeno puede repetirse en muchos o en la mayoría de los distritos y generar así una distorsión grande entre la distribución de votos ciudadanos y la obtención de asientos legislativos. Un partido con mayoría relativa de votos puede obtener una mayoría absoluta de escaños.
Por el contrario, los sistemas proporcionales buscan traducir la distribución de votos en un reparto semejante de asientos en el Congreso o parlamento. Esto se logra con más o menos aproximación, dependiendo de la fórmula de proporcionalidad y del tamaño de las circunscripciones plurinominales: cuanto más grandes sean éstas, será más fácil la correspondencia de los porcentajes de votos de cada partido con sus porcentajes de escaños parlamentarios. Así, los sistemas proporcionales permiten la representación de las minorías y reflejan mejor la pluralidad política de la sociedad. En nuestros días, la mayoría de los Estados democráticos del mundo se rigen por sistemas electorales proporcionales, no mayoritarios.
Una virtud atribuida a los sistemas mayoritarios es que facilita la identificación de los votantes con el legislador elegido y, si se permite la reelección, los ciudadanos pueden premiar o castigar con su voto a quien los representó. Sin embargo, esto no siempre sucede en la realidad. Tratándose de cargos legislativos, los electores suelen votar por un partido y su oferta política y no tanto por la persona que los representa. (En México, ¿cuántos ciudadanos podrían identificar por nombre y desempeño legislativo a quienes los representan en su distrito federal y local?). Sin duda, los sistemas proporcionales son más equitativos y no excluyen a las minorías (a partir de un umbral mínimo de votación). Sin embargo, las listas de candidatos pueden parecer a los votantes más lejanas e impersonales, además de dificultar la formación de mayorías para gobernar.
Una solución intermedia son los sistemas electorales mixtos, que permiten elegir a una parte de los legisladores por mayoría relativa y a otra en forma proporcional. Teóricamente, un sistema electoral mixto busca combinar las virtudes de los sistemas mayoritario y proporcional y moderar sus inconvenientes. Qué tanto se logra esa combinación de lo mejor de los dos modelos básicos, depende de una serie de reglas y condiciones de competencia entre los partidos.
Los sistemas mixtos pueden caracterizarse por la proporción de asientos de mayoría relativa y de representación proporcional que componen la asamblea, por la vinculación que exista entre uno y otro, por la fórmula de reparto utilizada, así como por el umbral mínimo de votos requeridos para conseguir representación en el Congreso (Shugart y Wattenberg, 2001). Los sistemas mixtos que tienen más escaños de mayoría que proporcionales suelen producir una sobrerrepresentación en favor del partido mayoritario. Sin embargo, ciertas reglas complementarias suelen limitar ese efecto de distorsión de la proporcionalidad.
Entre los países con sistemas mixtos, destaca Alemania, donde, además de elegirse la mitad de las diputaciones por cada modalidad, contiene mecanismos de compensación a fin de lograr una proporcionalidad pura. Nueva Zelanda, que por muchos años se rigió por la tradición anglosajona del sistema mayoritario, en 1993 transitó a un sistema electoral mixto. A la inversa, Italia pasó de un sistema proporcional completo a elegir por mayoría relativa 37.5% de los escaños del parlamento. En América Latina predominan los sistemas de representación proporcional. Sin embargo, México, Bolivia y Venezuela tienen sistemas mixtos, los tres con predominio de la pista de mayoría.
En México, la asignación proporcional no solamente modera la sobrerrepresentación del partido mayoritario; además, la Constitución establece un tope de 300 escaños obtenidos por ambos principios de elección, a fin de que ninguna fuerza política pueda alcanzar por sí sola una mayoría calificada que le permitiere cambiar la constitución sin el acuerdo de otras fuerzas políticas.
Por encima de sus diferencias específicas, los sistemas electorales mixtos tienen en común el que buscan compensar o limitar la sobrerrepresentación que produce la elección por mayoría relativa, por medio de una asignación proporcional del resto de los asientos. Nunca se pensó que un sistema electoral mixto pudiera producir, con estrategias políticas, una mayoría artificial por encima de los límites constitucionales y alejada de las proporciones de la votación popular.
*Consejero del INE.
