Los nuevos partidos políticos
• Se acabaron las afiliaciones ficticias, basadas en fotocopias o sin la anuencia de los ciudadanos.
Por Jaime Rivera Velázquez
La pluralidad política es un principio fundamental de la democracia. Ninguna sociedad moderna puede ser expresada por un solo partido político, para que una democracia funcione, requiere de un sistema de partidos pluralista y competitivo. No hay un número de partidos ideal para todos los estados. Más bien, la cantidad de éstos debe estar determinada por la diversidad política, ideológica, y a veces regional o étnica que habita en la sociedad, y tal diversidad evoluciona con el tiempo.
La legislación mexicana contempla esos principios y establece mecanismos de renovación periódica del sistema de partidos. Ofrece periodos y reglas para crear y registrar nuevos partidos, y a la vez exige umbrales de cantidad de afiliados y número de votos para que los partidos conserven su registro. El Instituto Nacional Electoral vigila el cumplimiento de la legislación vigente en torno a los requisitos necesarios para obtener registro partidista. En esta ocasión, además, el INE diseñó una aplicación digital para que las organizaciones que quieran formar un partido registren con certeza a sus adherentes, mediante la lectura digital de la credencial de elector original y la fotografía viva del afiliado. Se acabaron las afiliaciones ficticias, basadas en fotocopias o sin la anuencia de los ciudadanos.
Hay que subrayar que el INE por sí mismo no otorga ni niega a voluntad el registro a ninguna organización; eso lo hacen los ciudadanos y ciudadanas que deciden firmar su adhesión. El registro de un partido se gana cuando suficientes ciudadanos se afilian y participan en sus asambleas. Ahora bien, ¿cuáles son los requisitos específicos para que una organización nueva obtenga su registro como partido político?
Para empezar, la ley establece que la organización que pretenda constituirse como partido político nacional deberá informarlo al INE en el mes de enero del año siguiente a la elección presidencial. Posteriormente, las organizaciones tendrán que celebrar al menos 20 asambleas estatales con presencia en cada una de tres mil ciudadanas o ciudadanos, o bien, 200 asambleas distritales con 300 personas asistentes. La ley establece un mínimo de afiliados equivalente a 0.26% del padrón electoral de la elección federal inmediata anterior. Para el actual proceso de registro de nuevos partidos, este umbral es de 233,945. Además, las organizaciones ciudadanas deben llevar a cabo una asamblea nacional constitutiva en la que se aprueben los documentos básicos: programa de acción, estatutos y la declaración de principios. También deben informar a la autoridad electoral, mensualmente, sobre sus ingresos y gastos.
Hecho esto, el INE debe validar la autenticidad de cada afiliación. Verifica que los datos estén vigentes en el Padrón Electoral, y que las afiliaciones no se dupliquen en otras organizaciones y partidos nacionales o locales con registro vigente. Sólo se puede estar afiliado a una organización que pretenda convertirse en partido político nacional; si algún militante de un partido con registro o afiliado a un partido en formación se afilia a otra organización, se cancelará la afiliación previa y prevalecerá la última manifestación de voluntad. El INE verifica también que el partido en formación no sea organizado ni nutrido de afiliados por entes prohibidos por la ley, como sindicatos o asociaciones religiosas.
¿En qué parte del proceso estamos actualmente? Cruces, verificación y fiscalización. Es decir, el INE está revisando escrupulosamente cada detalle de la documentación presentada por las organizaciones con el fin de asegurar que, efectivamente, corresponda a lo establecido en la ley. El Consejo General aprobará los dictámenes sobre la procedencia del registro en junio de este año, y surtirán efectos a partir del 1º de julio.
Los nuevos partidos así registrados participarán en las elecciones federales y locales de 2021, pero en esa primera vez no les estarán permitidas las alianzas con otros partidos, a fin de que prueben su representatividad ciudadana con votación propia. Así, cabe reiterar que el INE no otorga ni niega el registro a nuevos partidos con base en sus propios juicios, sino exclusivamente con el cumplimiento de la ley. Tampoco toma en cuenta las simpatías o aversiones que corrientes políticas o de opinión manifiesten sobre tal o cual partido en formación. Y a su tiempo, con los sufragios libres de ciudadanas y ciudadanos, se verá cuáles de todos los partidos merecerán conservar su registro.
