Caer en la provocación

Hace unos días fuimos testigos de un incidente peculiar en los medios masivos de comunicación. Se trata del nuevo boicot de las dos principales televisoras en contra del sistema de comunicación política para distribuir los tiempos que corresponden para fines electorales.

A partir de la cobertura noticiosa de la visita del papa Francisco a México, tanto la concesionaria Televisa como TV Azteca, aprovecharon la oportunidad para retar a la autoridad electoral y demostrar la fragilidad (y subjetividad) sobre la que está construida la camisa de fuerza que representan los tiempos oficiales del Estado para fines electorales y el ridículo en el que se puede convertir el interés colectivo frente el acaparamiento de los intereses electorales y de partidos.

El dilema al que expusieron al INE las dos concesionarias radica en optar por el interés colectivo a recibir un contenido noticioso sin interrupciones de algo relevante para la población, frente a la obligación de transmitir los tiempos oficiales en materia electoral. En este caso, se trató de 45 minutos diarios obligados a transmitir con motivo de la elección del Constituyente del DF en detrimento de la cobertura de la visita papal.

Vale la pena hacer un paréntesis para preguntar qué tan especial nos resulta el proceso electivo del órgano que aprobará el primer texto constitucional de los capitalinos. Más aún, conocer cuáles serán los beneficios tangibles que cambiarán de forma sustantiva los derechos y obligaciones de más de 20 millones de ciudadanos. Tal como lo ha señalado el ministro José Ramón Cossío en dos artículos recientes (El Universal, 16 de febrero y 1 de marzo de 2016), no son tantos los beneficios y parece tratarse de un ejercicio más artificioso y propagandístico para afianzar intereses ya ganados por un grupo político e intelectual muy bien ubicado.

En particular, resulta curioso que el INE no haya presentado objeciones al Decreto de Reforma Constitucional del 29 de enero; toda vez que, si bien, ahí se establece que será la autoridad competente para organizar la elección de los diputados del Poder Constituyente del DF, nunca levantó la voz para señalar cuál era el motivo por el que le enviaba esa encomienda injustificada. Máxime cuando hace apenas dos años el mismo Poder Legislativo ratificó la potestad del Organismo Público Electoral del Distrito Federal para hacerse responsable de velar por los procesos democráticos y de participación ciudadana de la capital del país.

La única explicación a eso es un ánimo protagonista del INE por figurar en algo que a ellos les parece muy relevante, pero que para los ojos de terceros y desde la perspectiva nacional no significa tanto. Pues la firme decisión de consumir a como diera lugar los 48 minutos de tiempos oficiales, con esos aburridísimos promocionales sólo son síntoma del ya clásico lema político de: “No entienden que no entienden”.

No se trata del trillado debate de la laicidad del Estado frente a la visita del jerarca de la Iglesia católica, sino de un tema de auténtico e indiscutible interés público para la ciudadanía a nivel nacional. Máxime cuando se trata de una autoridad constitucional con autonomía para la toma de decisiones y, sobre todo, cuando estamos hablando de que se trataba de una sencilla tregua de tres días frente a un periodo de, por lo menos, dos meses del mismo promocional, que no era nada difícil detener.

Precisamente, esa sinrazón del INE propició que el duopolio televisivo aprovechara para ejercer un boicot del modelo de comunicación política aprobado en 2008. Nada más que en esta ocasión, advirtiendo un aspecto legal mayúsculo a su favor: el derecho a la libertad de expresión de señalar lo ilógicos, irracionales e impertinentes que resultaban los repetitivos spots publicitarios, cuando los propios medios habían determinado sacrificar espacios comerciales a favor del interés público, pues para una gran mayoría de televidentes resultaba ser relevante la visita ininterrumpida del Pontífice.

Peor aún cuando, en un claro síntoma de rabieta, el INE decide oficiosamente instaurar un procedimiento sancionador sumario en contra de cuatro periodistas que cubrían dicha visita: Joaquín López-Doriga, Javier Alatorre, Jorge Alfonso Zarza y Carolina Rocha. No lo digo por la relevancia que puedan llegar a tener estos líderes de opinión, sino por el hecho de que la autoridad electoral se metió en un terreno sumamente delicado y resbaloso, que es el de convertirse en el censor del derecho a la libertad de expresión, de imprenta y de información de los medios masivos de comunicación.

Ello debido a que el método de los periodistas consistió en hacer una crítica férrea y burlona del absurdo que resultaba tener que detener la transmisión para volver a observar ese trillado promocional de la elección del Constituyente local. Es decir, se trató de evidenciar —con razón— el absurdo e irracionalidad de la rigidez de las normas electorales, pero al amparo de la libertad de expresión.

El desenlace de todo esto no debe ser otro más que el Tribunal Electoral confirme que el INE se extralimitó en su facultad de instaurar un procedimiento inquisitorial por el hecho de que unos periodistas se rieron del deber de cumplir la norma, pues de lo contrario se trastocaría gravemente el régimen de protección y libertades que ampara a cualquier ciudadano el Artículo 6 constitucional (libertad de las ideas).

Lo anterior, no es otra cosa más que una típica escena familiar en la que un hijo adolescente discute con sus padres sobre la pertinencia de cumplir una norma de casa, y mientras acata la disposición logra sacar de quicio a sus progenitores diciendo: mis papás no entienden que no entienden.     

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