Empresas y derechos humanos

México tiene un déficit histórico en la protección de los derechos humanos y en este último año podríamos apoyarnos en las cifras oficiales para decir que vivimos una crisis por la violación sistemática de éstos, esencialmente por omisión gubernamental. El marco ...

México tiene un déficit histórico en la protección de los derechos humanos y en este último año podríamos apoyarnos en las cifras oficiales para decir que vivimos una crisis por la violación sistemática de éstos, esencialmente por omisión gubernamental.

El marco interamericano de protección de los DH establece que la omisión en la actuación del Estado que resulte en la afectación de estos derechos debe ser calificada como una violación y el retiro en el combate a la delincuencia organizada actualiza ese supuesto. Debemos agregar la crisis humanitaria propiciada por los migrantes.

La Oficina del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos recientemente observó la parcialidad de la consulta del llamado Tren Maya entre las comunidades indígenas u originarias. Si el proyecto se realiza, será sobre los DH de éstos, y la actual administración, que desprecia la ley, se reafirmará como violadora de tales derechos. Recuerde el lector que en la ceremonia de inicio de gobierno se escenificó una supuesta bendición de los pueblos originarios.

Pero en ese mismo marco universal existe un interesante instrumento que exhorta al sector privado a participar en la protección de los DH y promover su respeto. Es conocido en español como el Pacto Mundial de las Naciones Unidas y se inscribe en la llamada Agenda 2030 y los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible.

Si bien las empresas tienen un marco jurídico distinto al de las autoridades, participan en procesos a veces inalcanzables para la acción gubernamental.

Tuve la oportunidad de participar en el evento Transformando Objetivos Globales en Metas Locales, organizado por el Pacto de las Naciones Unidas-México, cuya meta fue medir el grado de avance de la participación del sector privado en el cumplimiento de la mencionada agenda, que también está relacionada con el cambio climático.

Se desarrolló una mesa denominada Empresas y Derechos Humanos, con un enfoque en la equidad de género. Sin embargo, me sorprendió el grado de especialización que algunas empresas presentaron.

Una aerolínea presentó como caso de cumplimiento la capacitación de su personal de tierra y aire para identificar posibles eventos de trata de personas entre los pasajeros que utilizan sus servicios.

Esto implica alertar a la autoridad de que pudiese estarse cometiendo un crimen contra las personas.

El Consejo Coordinador Empresarial habló sobre la forma de desarrollar una dinámica a través de sus agremiados y de los asociados a la Red Mexicana del Pacto Mundial, para fomentar en lo que ellos llaman “cadenas de valor”, el respeto a los DH.

Lo anterior implicaría, por ejemplo, estar atentos a que sus pequeños proveedores no incurran en prácticas que pudieran implicar violación a los derechos de las personas.

Este presupuesto se basaría en invitar a que las cadenas de valor de las empresas mexicanas asuman también este compromiso, generando un efecto positivo en temas como la inclusión de la mujer a los puestos directivos y la igualdad de salarios para los mismos puestos.

La sociedad civil, ésa que el gobierno federal aborrece y ha intentado pulverizar, tiene un gran papel en la generación de estrategias de trabajo.

Entre los 10 Principios del Pacto Mundial de la ONU que he tratado en esta entrega, dos son esenciales. El primero establece que las empresas deben apoyar y respetar la protección de los derechos humanos fundamentales reconocidos internacionalmente, dentro de su ámbito de influencia y, segundo, que éstas deben asegurarse de no ser cómplices en la vulneración de éstos.

El concepto de “complicidad” es de suma importancia y la ONU lo define de la siguiente manera: “…implicación en algún caso de vulneración de los derechos humanos que otra empresa, entidad, gobierno, individuo o grupo está causando”.

Los dos elementos que suelen componer un acto de complicidad son: el acto u omisión que facilita a otra entidad o persona la vulneración, y el conocimiento de que dicho acto podría causar tal abuso.

Distingue tres tipos de complicidad: Directa: cuando una empresa proporciona bienes o servicios que sabe que serán utilizados para llevar a cabo el abuso. Beneficiosa: cuando una empresa se beneficia de los abusos contra los derechos humanos, incluso si no los ayudó de manera positiva o los causó y, Silenciosa: cuando la compañía permanece callada o inactiva frente a los abusos sistemáticos o continuos a los derechos humanos.

Estas acciones del Pacto Mundial México, sin duda, habrá que abordarlas con mayor amplitud.

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