Justicia para niños frente a la imprudencia vial

Jesús Sesma Suárez

Jesús Sesma Suárez

Avenida México

Las víctimas que dejan los accidentes fatales por conductores en estado de ebriedad son parte de una realidad tan evitable como persistente en nuestro país. Cada año, miles de personas quedan marcadas por la tragedia, entre ellas niñas, niños y adolescentes que pierden a sus padres de forma abrupta.  

Diversas fuentes oficiales y de salud pública estiman que en México mueren hasta 24 mil personas al año en accidentes viales relacionados con el consumo de alcohol, lo que coloca al país entre aquellos con mayor incidencia de muertes por esa causa, a nivel mundial. Sólo en 2023 se registraron más de 381 mil siniestros viales, con un promedio de 47 diarios, vinculados al consumo de sustancias alcohólicas.

Pero no son sólo cifras, detrás de los números hay dimensiones económicas, sociales y estructurales que suelen ser menos visibles, y la orfandad es una de ellas. Aunque se carece de estadísticas específicas y sistemáticas sobre cuántos menores quedan huérfanos por accidentes viales relacionados con el consumo de alcohol en nuestro país, organismos internacionales han advertido que la pérdida parental temprana tiene efectos devastadores en el desarrollo infantil, pues estos menores enfrentan mayores riesgos de depresión, ansiedad, abandono escolar y pobreza intergeneracional. 

En la Ciudad de México, a pesar de programas como el del alcoholímetro, que ha logrado reducir hasta en 70% las muertes asociadas a conductores ebrios en ciertos periodos, la problemática persiste. De acuerdo con información de la Semovi, cada año se registran más de 80 mil incidentes viales, con más de 500 fallecidos, en los cuales el consumo de alcohol sigue siendo uno de los factores determinantes, particularmente durante las madrugadas de fines de semana, que es cuando ocurren hasta 37% de las muertes viales.

Ante hechos de ese tipo, el debate suele detenerse en la sanción penal al responsable, dejando en segundo plano a quienes quedan vivos, pero profundamente dañados. Y, aunque la legislación contempla la reparación del daño cuando se determina homicidio culposo, en muchos casos esa reparación se limita a indemnizaciones económicas que no necesariamente garantizan la protección continua de las hijas, hijos o dependientes económicos de la víctima fatal. 

Por ello, resulta necesario fortalecer el marco jurídico para que la reparación del daño contemple medidas que aseguren la protección económica de las personas menores de edad que dependían de la víctima.

Es preciso que las familias de víctimas de homicidio culposo en hechos de tránsito sean respaldadas por la autoridad judicial, a fin de gestionar una prestación económica periódica a favor de las hijas, hijos o dependientes económicos menores de edad de la víctima, pues la pérdida humana conlleva, además, dificultades económicas prolongadas que pueden afectar el acceso de los menores en orfandad a una vida digna.

Que las hijas, hijos o dependientes económicos menores de edad de víctimas fatales de accidentes de tránsito en los que estuvo implicado el consumo de alcohol puedan acceder a apoyos económicos, es una exigencia ética compartida entre gobierno y sociedad. 

Existen precedentes internacionales que muestran el camino. En naciones como Estados Unidos, por ejemplo, algunos estados contemplan compensaciones específicas para hijos de víctimas fatales de conductores ebrios, incluyendo becas educativas. México puede y necesita avanzar hacia ese modelo, pues no basta con castigar al responsable, es indispensable reparar el tejido social que se rompe con cada accidente.