Que lo resuelva la Corte

Por César Alejandro Ruiz Jiménez*

La doble reforma judicial dejó un pequeño problema en la Constitución: dos reglas distintas para elegir al presidente de la SCJN. 

El artículo 94 establece que la presidencia se renovará cada dos años, de manera rotatoria, en función del número de votos que haya obtenido cada candidatura en la elección judicial. El artículo 97, sigue diciendo que cada cuatro años el pleno elegirá de entre sus miembros al presidente.

Las dos disposiciones regulan exactamente lo mismo y establecen soluciones incompatibles. Una dice dos años; la otra, cuatro. Una establece una rotación determinada por el voto popular; la otra, una elección realizada por los propios ministros.

¿Qué ocurrió? Algo muy simple: cuando Morena hizo su reforma judicial, se le olvidó eliminar un párrafo… dos veces.

La reforma constitucional de septiembre de 2024 modificó el artículo 94 para introducir el nuevo sistema de presidencias rotatorias. Sin embargo, dejó vigente en el artículo 97 la regla al sistema anterior. Hasta ahí podría hablarse de un error de técnica legislativa. El problema es que después supieron que existía. Desde febrero de 2025 se presentaron incluso iniciativas legislativas que identificaban la antinomia entre los artículos 94 y 97 y proponían modificar este último para armonizarlo con el nuevo sistema. 

En 2026 el Constituyente Permanente (Morena) volvió a reformar el artículo 94 y volvió a dejar intacta la disposición contradictoria del artículo 97. La primera vez puede ser un descuido. La segunda revela el poco cuidado con el que Morena está tratando al orden constitucional.

El Constituyente Permanente tiene la responsabilidad elemental de procurar que aquello que incorpora sea compatible con el resto de la propia Constitución. No se preocuparon por revisar la propuesta de Palacio Nacional. Se aprobó sin más. La desidia, casi indolencia, del Ejecutivo y de Morena por el orden constitucional se resume en su postura actual: no lo advertimos, no lo corregimos, no lo corregiremos; que lo resuelva la Corte.

¿Es ésa la calidad y el compromiso que esperamos de nuestros gobernantes? Porque entonces se viene un verdadero problema jurídico que pudo ser fácilmente evitado.

Por supuesto que la SCJN interpreta la Constitución. Una Constitución contiene principios que pueden entrar en tensión, conceptos que requieren ser delimitados y disposiciones cuyo alcance puede resultar discutible. Resolver esas controversias forma parte de la función de un tribunal constitucional. Pero esto es otra cosa. No estamos ante dos principios constitucionales que deban ponderarse, sino frente a dos instrucciones directamente contradictorias porque quien modificó una olvidó eliminar la otra.

Una cosa es interpretar la Constitución y otra obligar a la Corte a terminar de redactar una reforma que el Constituyente Permanente dejó incompleta. Que el problema pueda resolverse mediante interpretación no transforma el error legislativo en un problema interpretativo.

Pero todavía queda un problema adicional. La controversia no será resuelta por académicos que observan desde fuera. Será discutida por una SCJN cuyos integrantes tienen interés directo en el resultado, especialmente dos de ellos. Cualquier decisión determina quién ocupará la presidencia y cuánto tiempo permanecerá, por lo que quienes puedan beneficiarse de alguna de las soluciones deberían abstenerse de participar en el debate. No se trata de prejuzgar sobre su actuación, sino de preservar una exigencia elemental de imparcialidad.

Así las cosas, ni Lenia Batres ni Hugo Aguilar podrían participar de esa discusión. Así, siete personas deberán resolver el problema que la Presidenta, la Cámara de Diputados, el Senado y la mayoría de las legislaturas locales tuvieron en sus manos la responsabilidad de corregir. ¡Qué manera de entender la democracia!

La Constitución no es un borrador que pueda entregarse incompleto para que después los jueces corrijan los errores de quienes la reformaron. El Ejecutivo y el Legislativo exigen permanentemente que la Suprema Corte respete la Constitución. Sería conveniente que quienes la reforman comenzaran por hacer lo mismo.