Los sindicatos se democratizan
El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral es, a partir de la reforma, la autoridad que estará a cargo del registro, tanto de competencia federal como local.
Por Andrés Rodríguez Rodríguez*
El 3 de noviembre de 2021 marca un parteaguas en la vida sindical del país y la encamina a la democratización, la transparencia, la equidad de género y a la participación colectiva de los trabajadores, todo lo cual no hubiera sido posible sin las reformas, primero a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, del 24 de febrero de 2017 y, posteriormente, a la Ley Federal del Trabajo en materia sindical y colectiva del 1º de mayo de 2019.
El legislador creó una nueva figura que dará certeza a todos los actores, tanto a la parte patronal como la trabajadora y buscará fungir como auténtico árbitro en esta nueva realidad de los gremios, en muchos casos opacos en el manejo de los recursos privados y públicos que llegan a sus dirigencias, pero sobre todo, y en no pocos casos, pasando por encima de las decisiones de quienes deberían ser los principales protagonistas: los empleados, quienes con su trabajo y cuotas justifican con creces la obtención de beneficios colectivos, no para unos cuantos, como sucede hasta ahora en muchas ocasiones.
Ejemplos hay muchos, sobre la inexplicable riqueza de dirigentes que sólo han visto por su beneficio y legendarios los casos
—con nombre y apellido— de quienes detentan el poder como si fuera eterno, lo cual es de suyo un vicio de origen que impide avanzar en la democratización de la vida interna, frecuentemente manipulada por la clase que negocia de manera directa con los patrones, sean de la iniciativa privada o el gobierno, los contratos colectivos de trabajo. Sin embargo, eso ya no será posible sin la participación de la fuerza laboral, a la que deberá tomarse en cuenta mediante las asambleas que contarán con voto personal, directo, libre y secreto. No solamente esta vía servirá para tal propósito, sino que aplicará en la elección de las directivas sindicales.
El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral es, a partir de la reforma, la autoridad que estará a cargo del registro, tanto de competencia federal como local, y también tendrá el poder de concentrar los contratos colectivos de trabajo y la documentación que sustente la vida interna de los sindicatos.
Ahora bien, otro paso adelante es que esa información —y otras relacionadas— será de acceso público vía internet y, desde luego, con solicitudes de información a la Plataforma Nacional de Transparencia. Sin duda, un gran avance, porque propios y extraños podrán verificar que el manejo de los recursos sea el adecuado, para los fines comprometidos y sin caer en abusos.
Un punto esencial de la reforma, es el respeto a los derechos humanos, la equidad de género y a las mujeres, situaciones que nunca contemplaron los gremios y los tenían sumidos en costumbres que deben desarraigarse por el bien de todos. De esta manera, será castigado cualquier acto de violencia, discriminación, acoso u hostigamiento sexual; además, caer en extorsión —algo muy común— se pagará con la cancelación del registro del sindicato, sin menoscabo de aplicar otras leyes de carácter penal.
Igualmente se respeta el derecho a la libre sindicalización, lo que implica que el trabajador elija ser miembro del sindicato de su preferencia e, inclusive, a no formar parte del sindicato titular del contrato colectivo de trabajo, sin que pueda aplicarse en contra del empleado que haya tomado esa decisión, la cláusula de exclusión que le prive de su trabajo, no estando facultados ni obligados los empleadores a cumplir con tal cláusula.
También existen nuevas prerrogativas para establecer y gestionar sociedades cooperativas y cajas de ahorro para los agremiados, lo que redundará en el bienestar de la colectividad.
En resumen, la citada fecha es histórica, sin mencionar que tiene un carácter internacional, ya que cumple con las reglas que en materia laboral contempla el T-MEC firmado por México, Estados Unidos y Canadá, países estos últimos que, en muchos aspectos, son más avanzados en materia laboral y a los que nuestro país deberá dar un acelerado, pero ordenado, alcance, respetando siempre, por supuesto, los principios constitucionales que nos rigen en material del trabajo.
*Abogado, especialista en derecho
laboral y seguridad social
