Consentimiento Informado; un sentimiento poco tratado

El CI es la manifestación de la actitud responsable y bioética del personal médico.

SALUD. El Consentimiento Informado (CI) es la expresión tangible del respeto a la autonomía de las personas en el ámbito de la atención médica y de la investigación en salud. No sólo es un documento, es un proceso continuo y gradual que se da entre el personal de salud y que se plasma en un papel que debe firmar quien por enfermedad o por haber sufrido un accidente requiere de atención médica o quirúrgica la cual solicita. Mediante el CI el personal de salud le detalla al paciente respectivo, en cantidad y en calidad suficiente sobre la naturaleza de la enfermedad y del procedimiento, diagnóstico o terapéutico, que se propone utilizar; los riesgos y beneficios que éste conlleva y las posibles alternativas. El documento escrito sólo es el resultado de que el personal médico ha informado y de que el paciente ha comprendido la información. El CI por ende es la manifestación de la actitud responsable y bioética del personal médico o de investigación en salud que eleva la calidad de los servicios y que garantiza el respeto a la dignidad de las personas. Debido a que los valores u objetivos de las personas varían la mejor elección no es siempre la que prioriza a la salud, sino la que prioriza el máximo bienestar de acuerdo con valores u objetivos de cada persona. Por lo tanto, ya no es el médico el único que decide la mejor alternativa.

Os añado que el Consentimiento Informado consta de dos partes: 1) Derecho a la información. La información brindada al paciente debe ser clara, veraz, suficiente, oportuna, operativa y objetiva, acerca de todo lo relativo al proceso de atención principalmente en lo que respecta al diagnóstico, tratamiento y pronóstico del padecimiento. Es importante dar a conocer los riesgos, los beneficios físicos o emocionales, las alternativas si las hubiera. El proceso incluye comprobar si el paciente ha entendido la información, propiciar preguntas, dar respuesta a éstas y asesorar. Los datos deben darse a personas competentes en términos legales, edad y capacidad mental.

Os refiero también la segunda parte; la libertad de elección; después de haber sido informado adecuadamente, el paciente tiene la posibilidad de otorgar o no el consentimiento para que se lleve a cabo los procedimientos que necesita. Es importante privilegiar la autonomía y establecer las condiciones necesarias para que se ejerza el derecho a decidir, pero todo paciente, así como tiene derecho a que cuente con su Consentimiento Informado también debe usufructuar del sentimiento de quienes lo atienden.

TRES APOSTILLAS. Para muchos sicólogos, los sentimientos, especialmente los sentimientos profundos son como disposiciones que favorecen la afectividad, si son positivos, o la inhiben, si son negativos. Por otra parte, los sentimientos son de dos tipos: profundos y duraderos o superficiales y transitorios, amén variables e intercambiables con otras facetas sicológicas que resultan más perjudiciales. Los sentimientos que se utilizan con afectividad hacia el médico o hacia la institución médica tratante siendo tan necesarios, cada vez están más ausentes de la relación médico-paciente. SALUD Y SALUDOS.

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