Primicia editorial: El nuevo proceso de cristo
“Aunque Jesús no necesita defensa, todavía sigue teniendo enemigos. Después de dos mil años, aún hay muchos a quienes inquieta, incomoda e, incluso, asusta”, advierte el experto

(Primera parte)
CIUDAD DE MÉXICO.
En días pasados, la Editorial Porrúa puso en circulación una nueva versión de mi obra El Proceso de Cristo, ahora bajo el título de El Nuevo Proceso de Cristo. La generosidad de los lectores ha permitido que, en unos cuantos días, ya se haya llegado a su tercera edición. Estas notas las difundo con el permiso de mis editores y la hospitalidad de Excélsior. Por ello, agradezco a mis entrañables amigos, José Antonio Pérez Porrúa y Pascal Beltrán del Río.
Las primeras ediciones de esta obra salieron a la luz cuando ya se había realizado la reforma constitucional mexicana sobre el proceso penal, pero antes de que fuera expedido el código procesal nacional que unificó el proceso penal en todo el país y remitió la existencia de reglas específicas para cada localidad.
Ello nos obligó a considerar esta misma legislación no sólo para realizar las necesarias concordancias sino, sobre todo, para las reflexiones que nos provoca una reforma tan seria.
Ante todo, aclaro que no he sido partidario ni defensor de la reforma constitucional en materia penal. Más aún, he sido un adversario, no obsesivo, pero he tomado las oportunidades para expresar mis disensos con ella, que son muchos, así como para pronunciar mis consensos, que son muy pocos.
Pero estoy convencido de que todo aquello que nos brinde luz en medio del ambiente de oscuridad legislativa por el cual estamos atravesando, hace un bien a la justicia. No estoy diciendo, por supuesto, que haya insensatez en nuestros legisladores, sino que hemos colocado sobre la mesa muchas fichas que, entre sí, se oponen y se contraponen. Por eso requerimos ayuda para salir de nuestro laberinto.
Por tal motivo, me parece muy sensato que las reformas procesales que se han ido gestando busquen un mayor equilibrio entre el imperativo constitucional, la verdad científica y la exigencia procesal. Me seduce que se aspire a un mejor tratamiento en los principios procesales, en las etapas procedimentales, tanto en la investigación como en el enjuiciamiento, en la mejor ubicación de la actuación judicial y, además, en los recursos de alzada.
Para calificar esta reforma no es importante si es buena, mala o regular. Si es provechosa, perniciosa o irrelevante. Lo que importa es que ya está hecha, que es compleja y que no es simple, sino enredada y nada escueta. Los estudiantes —jóvenes y viejos— podrían desconcertarse en muchos aspectos.
Los maestros universitarios la estamos aprendiendo al mismo tiempo que nuestros alumnos; los abogados litigantes simultáneamente que los jueces; los defensores a la par que los fiscales. Las reformas jurídicas integrales instalan un “borrón y cuenta nueva” que deja a todos como expropietarios de una memoria y de una experiencia, repentinamente perdidas. Ese es uno de los precios del progreso y de la mejoría. Por eso, la importancia de que el beneficio tenga correspondencia con el costo.
Si esta reforma me la explicaran mis muy queridos maestros, hoy casi todos ausentes, en materia de Garantías o Derecho Constitucional, todo sería más o menos sencillo. Pero si me la explicaran mis maestros de Teoría del Proceso, ya no sería tan sencillo. No se diga que se me ocurriera ir al aula de Derecho Procesal Penal. Porque existen muchos aspectos donde entran en colisión las normas constitucionales, los principios de la ciencia procesal y las reglas que rigen al proceso penal.
Sirvan estas reflexiones para despertar nuestra curiosidad, aunque no lleguemos a resolver nuestra constitucionalidad.
Una reflexión personal
Este libro se gestó, precisamente, en un artículo periodístico que escribí y publiqué la Semana Santa de 2004. Más tarde, proseguí con la práctica de abordar el tema en estas fechas y, en 2006, el asunto fue incluido como un capítulo de mi libro Perfiles de grandeza, publicado por Océano. Para esos momentos ya se había iniciado el trabajo de investigación y reflexión que nos llevaría a la primera edición de este libro, en su versión de la antigua ley procesal mexicana.
Su contenido es una denuncia y una defensa. Una defensa, pero no del protagonista del texto, quien ni entonces ni ahora ni nunca necesitará de abogado defensor. Es una defensa de todos aquellos que, como él, han sufrido la soledad, el abandono, la arbitrariedad, la crueldad y la maldad frente a los asuntos de la justicia. Una denuncia contra todos aquellos que han contaminado a la justicia con su ignorancia, su desprestigio, su deshonestidad, su deslealtad y su cobardía.
Sin embargo, aunque Él no necesita defensa, sigue teniendo enemigos. Después de dos mil años, todavía hay muchos a quienes inquieta, incomoda e, incluso, asusta. Por eso, muchos me criticarán por haber asumido su denuncia y su defensa. Lo sé y lo acepto con firmeza.
Pero debo advertir, desde el inicio, que se trata de una denuncia y una defensa jurídica. Me he esforzado por liberar estos apuntes de mis propias ideas y creencias políticas, morales, sociales, filosóficas y religiosas. Ninguna sirve para el contenido de este compendio. Sólo utilicé mis instrumentos y capacidades para el análisis jurídico. Acaso mis dispositivos sean rudimentarios pero no los de quienes me auxiliaron.
La vida me ha vinculado siempre con lo jurídico. Soy hijo de un abogado y padre de abogados. También lo son la mayoría de mis amigos. Prácticamente todos quienes han sido mis jefes y colaboradores, tiene cédula de licenciados en Derecho.
He trabajado sin interrupción desde 1968. Nunca abrí intermedio o pausa. Ni siquiera para cursar mis estudios ni para servir a la política. He tenido la ventura de ocuparme siempre en tareas jurídicas, incluso antes de ingresar a la escuela de abogados. He sido pasante, consultor, gestor, cabildeador, dictaminador, fiscal, juzgador, legislador, dirigente, investigador, periodista, autor, editor y catedrático.
Pero la función jurídica más importante que he ejercido ha sido la de abogado litigante. Desde 1982 he litigado, dentro y fuera del gobierno. La primera mitad como fiscal acusador y la otra como abogado defensor.
El litigio es la “reina” de las funciones jurídicas. Convertirse en abogado patrono, conseguir clientes, asumir riesgos, enfrentarse a las partes, convencer a los jueces, obtener el triunfo y, muchas veces, después de todo eso, lograr el reconocimiento y la remuneración de los clientes.
Ahora bien, el abogado no está para ser funcionario, redactar escrituras o para intermediar en disputas. Existe para atacar o defender. Para conquistar un derecho o protegerlo. El primer hombre que actuó como abogado lo hizo en las cavernas. Se interpuso a gritos, nunca a golpes, para que no le quitaran algo a otro o fue a gritarle a otro, pero no a golpearlo, para que devolviera lo ajeno.
En ambos casos, no lo hizo por sus cosas, sino por las de los demás. Por eso se ha dicho que el principal apostolado del abogado es el de conseguir justicia, no para él, sino para los otros. El hombre es la única especie que pelea por los derechos de otros y no sólo por los suyos. El abogado del hombre no existe en otras especies. Y cuando se extinga la especie humana, el último abogado estará haciendo lo mismo que hizo el primero.
Por esas motivaciones de denuncia y defensa, desde hace tiempo, me he aplicado al estudio del proceso de Cristo. Pero no desde la óptica religiosa, sino desde sus aspectos jurídicos. El aspecto legal es aún más relevante por todo lo que ha representado en la historia de la humanidad. Este hecho es, por mucho, el proceso penal más famoso e importante de nuestra especie.
Por eso mismo, considero que su conocimiento es imprescindible para cualquier abogado del planeta. Quizá para quienes no creen en la religión de Jesús podrá no ser importante y no pasará de ser considerado como una creación literaria o fantasiosa. Lo cierto es que ningún abogado debe ignorar —cuando menos por pudor cultural— el nombre de Poncio Pilatos, la participación de Caifás o la traición de Judas Iscariote.
Durante el tiempo de mi aplicación surgieron eventos que llamaron mi atención. Escribí artículos, dicté conferencias, concedí entrevistas y participé en muchas rondas de diálogo y análisis. Y todo ello sobre el tema de este proceso. No obstante, esta actitud es normal en mi vida y no tendría de insólito.
Pero no dejó de sorprenderme el interés que mis sencillos escritos o palabras producían en los lectores o en el auditorio. Desde ministros del clero hasta periodistas e intelectuales que nada tienen que ver con la religión y podría decirse que hasta mucho en contra de ella, manifestaron un fuerte entusiasmo por lo que me había aventurado a escribir o a decir. Algunos de ellos, rompiendo su tradicional prudencia, hasta me instaron en foros públicos a realizar estudios más profundos.
Es por eso que, durante más de cinco años, me comprometí con una investigación más de fondo, para su publicación. Estuve a cargo de un pequeño equipo de personas que, casi todas ellas de colaboración gratuita, se dedicaron a la profundización de este notable suceso.
Esta investigación, que tiene que ver no solamente con los hechos acontecidos durante las doce o quince horas que transcurrieron desde la aprehensión de Jesús en Gethsemaní, la noche de aquel jueves, hasta la crucifixión en el Gólgota, al mediodía siguiente, sino también con el entorno de lo político, lo jurídico y lo social de aquellos días. El estudio de las instituciones, así como el de las costumbres romanas y judías de hace dos mil años, llevó a mis colaboradores hasta la Biblioteca del Congreso de Estados Unidos, en Washington, para revisar los archivos históricos de Roma, así como una investigación de campo en Jerusalén.
Hay en todo esto algunas resultantes jurídicas que hacen impresionante el proceso de Cristo. El asunto tiene alguna profusión en la literatura jurídica, desde luego menor que la que tiene en la literatura histórica. Por tal motivo, a quien le interese profundizar sobre el tema en el ámbito histórico le recomendaría una relectura de los cuatro evangelios llamados “auténticos”, escritos por los apóstoles Mateo, Juan, Marcos y Lucas. Además, existen otros ocho evangelios llamados “apócrifos”, atribuidos a los apóstoles Felipe, Tomás, Pedro, Andrés, Bernabé, Bartolomé, Tadeo y Nicodemo, que, por cierto, no tienen el reconocimiento oficial de la Iglesia católica.
Por otra parte, existen dos obras biográficas fundamentales que fueron escritas por Giovanni Papini. Me refiero a la Historia de Cristo y a Los testigos de la Pasión.
En el ámbito particularmente jurídico, existen tres estudios que me parecen muy convenientes para consulta. Uno de ellos se lo solicité a Carlos Glade, investigador argentino, cuando tuve el honor de dirigir la Revista Mexicana de Justicia, en donde dicho trabajo fue publicado en el número de enero-marzo 1990. El segundo estudio consiste en un estudio elaborado por Klaus Rosen, el cual fue publicado en la compilación que hizo Demandt Alexander bajo el título Los grandes procesos. Por último, debo mencionar el estudio realizado por el eminente jurista mexicano Ignacio Burgoa —publicado por esta misma casa editorial que hoy me acoge, una vez más— titulado de manera idéntica a esta nueva obra: El Proceso de Cristo.
Pero, así como es muy recomendable la versión prorromana de Papini, resulta imprescindible conocer la versión projudía, escrita magistralmente por Paul Winter, titulada El Proceso a Jesús. A ello, agreguemos dos estudios comparativos de los evangelios. Uno de ellos, escrito por Marcus J. Borg y John Dominic Crossan, llamado La última semana de Jesús, y el otro por Geza Vermes, titulado Los enigmas de la Pasión. No podría dejar de mencionar un libro escrito también por el propio Crossan, ¿Quién mató a Jesús? También existen otros como El Juicio a Jesús el Nazareno, de Jaim Cohen; La dolorosa Pasión de Nuestro Señor Jesucristo, de Anne Catherine Emmerich y El Juicio, de Gordon Thomas.
Con ello, el lector tendrá una visión más completa del asunto, tal como la tuvimos mis colaboradores y yo.
La estructura de este libro se basa en una secuencia cronológica de lo que fue la semana de La Pasión, muy especialmente de lo que aconteció de la tarde del jueves al mediodía del viernes. Casi todos los capítulos se atienen a tres apartados básicos.
El primero es un relato muy sintético de los hechos. Como no es un libro de historia, no es una crónica profusa y sólo se centra en aquellas cuestiones que puedan tener alguna relevancia para el análisis jurídico.
Al segundo apartado lo llamo, sencillamente, los razonamientos jurídicos. Este análisis se hace con base en la legislación mexicana actual. Y esto vale una explicación. Las leyes actuales no existían en ese entonces. Es más, en aquella época casi no existían leyes. Para entender los hechos tenemos que utilizar un referente actual, un poco como lo hizo J. J. Benítez en su famosa saga del Caballo de Troya.
Tomo, además, referencias literarias tales como los evangelios y otros estudios y relatos. Para ambientar la historia en un contexto jurídico, me he permitido llamar a los evangelistas “testigos” y a sus escritos los considero, en esta obra, como sus “declaraciones”. Son éstos, con excepción de Lucas, los únicos testigos directos de La Pasión y justo han sido ellos, quienes la han narrado a las generaciones posteriores.
Por otra parte, utilicé los diversos estudios que he mencionado. Con el mismo propósito narrativo a sus autores los he llamado “investigadores” o “informantes”. Califico de investigadores a aquellos que se atienen a los hechos, más o menos verdaderos, y cuyo trabajo de integración se aplica a completar deductivamente los vacíos existentes entre los diversos hechos o, bien, quienes realizan inferencias deductivas de algunos hechos. Ese es el trabajo que realiza el investigador científico y el criminalístico. El que en las ciencias forenses conocemos coloquialmente como detective.
Quiero referir mis agradecimientos. En lo jurídico-procesal, me orientó Cecilia Romero Apis; en lo histórico-político, me beneficié de Elías Romero Apis; y en lo teológico, me favorecí de Juan Brito. Martha Romero Apis me prestó sus conocimientos sobre filosofía y teología para completar mis ideas jurídicas sobre el asunto. Desde luego, también lo he comentado con el cardenal Norberto Rivera Carrera, con Olegario Vázquez Raña y con Guiseppe Amara. Mi editor y amigo, José Antonio Pérez Porrúa recibió el tema con entusiasmo personal desde que se lo comenté, como simple proyecto.
Aprovecho también para destacar un agradecimiento muy especial; Cuando se acercaba la terminación de la escritura de este libro, me pareció de la mayor importancia, literaria y personal, contar con la participación prologal de un alto ministro de la Iglesia. No dudé que tendría que ser Norberto Rivera. Desde hace muchos años lo he apreciado como amigo, lo he admirado como hombre de fe y lo he respetado como importante pastor espiritual.
Sin embargo, varías razones me dificultaban la invitación. La primera, que la premura me parecía descortés. Invitar, como prologuista, a un hombre importante y ocupado para que, en unos cuantos días, leyera un libro mío y, por añadidura, produjera un comentario de fondo sobre él, era lo más cercano a una majadería.
La segunda era menos clara, pero más profunda. Aunque mis planteamientos, como ya lo dije, son exclusivamente jurídicos y aunque el cardenal Rivera es ministro de la Iglesia Católica y no ministro de la Suprema Corte, no estaba seguro si alguna de mis afirmaciones pudieran molestar a su fe personal o a la de su Iglesia. De ser así, no me inquietaba que me lo dijera, sino lo contrario: que su amistad y su generosidad lo hicieran callar y asociarse con el pensamiento de un abogado amigo, aunque no lo compartiera. Eso sería, de mi parte, lo más cercano a una desconsideración.
Por diversos azares lo comenté con Olegario Vázquez Raña, uno de mis mejores amigos y por coincidencia, uno de los mejores amigos de Norberto Rivera. De inmediato encontró una solución. Lo hablaría, en privado, con el cardenal y, de esa manera, sabría su libre voluntad. La respuesta afirmativa la obtuve en menos de cinco minutos.
Ya con esa confianza, me reuní con el arzobispo primado de México y cardenal de la Iglesia católica. El desarrollo del trabajo me había sembrado dudas. Toda la lógica del pensamiento jurídico no me resolvía, a plenitud, las cripticidades, los enigmas y los misterios de un proceso judicial tan importante pero tan complicado. Por fortuna, el hombre de religión me resolvió lo que yo no alcanzaba a resolverme como hombre de leyes.
Por cierto, me contó un episodio personal que yo no conocía y que me pareció muy importante, dado mi estudio sobre el tema. Me platicó que un día, allá en su infancia-juventud, vio una representación teatral del proceso de Cristo. Le produjo una impresión suprema. Tanto que, a partir de ello, decidió su vocación. Lo primero fue decidir entre ser abogado o sacerdote. Estoy seguro que hubiera sido muy buen abogado pero creo que su decisión fue la más acertada. Como quiera, me agradó saber que el tema le seducía y, por lo tanto, que en mi curiosidad por ese episodio histórico tan importante, no estoy tan solo.
El escenario actual de La Pasión
Hoy, el tema de La Pasión está más presente, en la plática de muchos, de lo que ha solido acontecer en años anteriores y se ha instalado en la perspectiva de muy diversas ópticas. A ello han ayudado la literatura, la cinematografía, la televisión y hasta el teatro musical, así como las representaciones populares. Todo ello, además, potencializado por la difusión que hoy permite la tecnología avanzada.
Pero, junto a esa mayor presencia, también se ha instalado una profusión en la polémica sobre los sucesos que la conforman. Algunas comunidades se han sentido aludidas y agraviadas con la evocación del martirio de Jesús de Nazareth. Por ello, es oportuno aclarar que este trabajo de ninguna manera pretende exaltar animadversión en contra de cualquier grupo humano.
Estoy convencido de que debemos esforzarnos por todo lo que signifique reconciliación, pero no por ello podemos pretender cándidamente que el drama de La Pasión se borre de la mente y de la creencia de mil quinientos millones de seres humanos que, cada año en las fechas conmemorativas, se conduelen del sacrificio y de la muerte transitoria de su dios. Más aún, que en esos terribles sucesos, que en su conjunto se denominan La Pasión, está basada la piedra angular de su religión.
Son millones las personas que están convencidas de que ese martirio logró para ellos el perdón, la redención, la salvación, la verdad y la vida eterna. Pedirles o siquiera insinuarles que lo olviden, que lo desestimen o que lo minimicen es invitarlos a creer que su salvación fue una farsa y que su redentor fue un charlot. Por eso, en el terreno de lo político no seamos ingenuos. Durante los próximos cinco o diez mil años, Por lo menos, los cristianos no le quitarán ni una sola coma al drama de La Pasión.
La polémica contemporánea
Decía más arriba que he platicado con muchas personas, desde políticos e intelectuales hasta campesinos y amas de casa. Pero, además de la charla con ellos, he atestiguado la plática de los juristas. Son mis colegas de profesión y, muy particularmente, mis compañeros de especialidad los que versan, más a fondo, sobre los incidentes que han rodeado esta historia desde hace casi dos mil años.
Antes de entrar a los aspectos de lo que conocemos como El Proceso de Cristo —aunque en realidad no se trató de un proceso propiamente dicho—, quisiera hacer referencia a tres obras del arte moderno. Dos de ellas son piezas cinematográficas excelentes. Me refiero a las películas dirigidas, una, por Franco Zeffirell, Jesús de Nazareth y, la otra, por Mel Gibson, La Pasión de Cristo. La tercera a mencionar es la obra musical Jesucristo Superestrella, creada por Andrew Lloyd Webber, convertida, además, en película, bajo la dirección de Norman Jewison.
A las tres se les ha tachado de exegéticas de crueldad. He escuchado la frase de que se tratan de un “baño de sangre”. No soy de esa opinión, puesto que creo que se trata de obras realistas.
La profesión y la especialidad que escogí y he ejercido me han hecho ver de cerca, a lo largo de la vida, a miles de individuos maltratados, golpeados, torturados o asesinados. Ellos se parecen a los que presentan Jewison, Zeffirelli y Gibson, no a las imágenes bellas, limpias, sonrosadas y dulces que vemos en muchos cuadros, en muchas películas y en muchos altares. Me queda en claro que la Iglesia católica haya decidido no presentar a su dios como una figura aterradora y repulsiva. Entiendo sus razones y me parecen valederas.
Pero también me queda claro que los individuos que han sido torturados son una masa sanguinolenta y que el Cristo que llegó al Gólgota debe haber sido un costal de sangre, heridas, llagas, hinchazones, moretones, escupitajos, gargajos, polvo, sudor y, en general, todo aquello que pueda imaginarse que podría padecer un hombre que, en la más absoluta de las soledades, ha quedado expuesto a la violencia irrefrenada de una milicia imperial y al abuso incontinente del salvajismo popular.
Aquí aprovecho para subrayar algo como abogado: El juicio de Cristo no fue un proceso, sino un linchamiento y las horas que duró La Pasión corresponden a lo que, sin ningún problema, podríamos imaginar como momentos prelinchales: crueles, estridentes, abusivos, cobardes, anónimos, repulsivos y repugnantes.
La polémica histórica
Aquí abro otra reflexión que me parece ineludible. Los reproches históricos sobre la muerte de Cristo, más o menos, pueden sintetizarse en lo siguiente. Por una parte, una crueldad excesiva de la soldadesca romana, solapada por una cobarde condescendencia del gobernador y procurador romano Poncio Pilatos. Por otra parte, una conspiración de la cúpula religiosa judaica asociada con una traición abominable del discípulo Iscariote.
Esto no debe perderse de vista. A los judíos no se les acusa de crueldad, sino de traición y a los latinos no se les acusa de traición, sino de crueldad. Los judíos no tocaron un solo cabello del Nazareno. Todo el martirio corrió a cargo de los romanos. Pero los romanos no se enfrentaron a Jesús por razones religiosas. Esos fueron los judíos. Aclaro que estas acusaciones no son mías, sino que sintetizo las de la historia.
Yo, lo repito, soy un decidido partidario de la reconciliación porque, además de creyente en Cristo, soy un firme amigo de la comunidad judía y un ferviente admirador de la herencia romana. Pero eso no me lleva a desconocer la participación de cada uno de los actores en el drama de La Pasión.
Roma y Judea, en este asunto
Roma fue rica y generosa. Los humanos, pero muy especialmente los occidentales, estaremos en deuda eterna con ella. Pero Roma también fue cruel, como suelen ser todos los imperios, sobre todo los de la antigüedad. Además, fue cruel por característica idiosincrásica. Había crueldad refinada en los césares y también crueldad cavernaria en las bases militares y populares.
Por ello, la crucifixión no sólo era instrumento de ejecución y muerte, sino también un método de sufrimiento y de tortura. Por cierto, uno de los suplicios más dolorosos que ha sabido inventar el hombre y, por ello, el crucificado estaba destinado de antemano a ser torturado y no sólo ejecutado.
La suspensión desde los brazos produce que el peso del cuerpo contraiga la caja toráxica, fuerce las costillas y eleve los órganos inferiores presionando los pulmones. Para propiciarle lentitud y prolongar el sufrimiento, al crucificado se le proporcionaba un basamento adherido al poste de la cruz, más arriba de los pies para que lo utilizara con las piernas flexionadas y colocado en una fuerte inclinación para dotarlo de mayor incomodidad.
Así el inicio de la parte más severa del martirio dependía de la resistencia que las piernas opusieran al cansancio y a la fatiga. Al ceder las extremidades inferiores el cuerpo quedaría colgado de las superiores y, así, se iniciaría el proceso que he descrito. Este proceso de deformación toráxica no es rápido, sino, por el contrario, muy lento y paulatino. La muerte se produce en un tracto muy pausado de asfixia, que en nada se parece a la vertiginosidad del ahorcamiento, sino que se desarrolla con plena conciencia y conocimiento del crucificado en un paso asfixiante que puede consumir de doce a veinticuatro horas.
La crucifixión tenía variantes diversas. En ocasiones los amarres de los brazos se complementaban con clavos en las manos, como sucedió con Cristo. En esta modalidad el basamento de los pies era cómodo para que las piernas no se vencieran por la fatiga y la muerte no sobreviniera por asfixia sino por los tormentos que produce el tétanos a lo largo de cuarenta y ocho a noventa y seis horas. Es decir, de dos a cuatro días.
Esta práctica no era judía sino romana. Nunca he escuchado que alguien afirme lo contrario. Por eso me extraña que se hable de antisemitismo en obras teatrales y cinematográficas de la crueldad de La Pasión. Es decir, centradas en la aportación romana de este suceso.
La contribución judía en este asunto es más complicada de describir en este breve estudio y es un tanto ajena a la materia de estas reflexiones, que habrán de centrarse en lo jurídico. Algunos tratadistas han llegado a calificarla con palabras tan fuertes como “deicidio”. Entre ellos, subrayo a Giovanni Papini, en las obras ya mencionadas. Este estudio, por supuesto, deja de lado cualquier análisis jurídico sobre lo que significa el “asesinato de un dios”, sobre todo por mi condición personal de haber abrazado, desde temprana edad, el pensamiento del positivismo jurídico.
El concepto de deicidio se instala en lo teológico y en lo filosófico y es una acusación muy grave que le ha correspondido abordar a los hombres de la filosofía, de la teología y de la religión, pero de la cual nos hemos marginado, tradicionalmente, los hombres de la abogacía y del Derecho.
Sin embargo, subrayo que Gibson la disminuye hasta casi eludirla; en cambio, Weber y Jewison la tratan con cierto equilibrio, mientras que Zefirelli va mucho más a fondo. No sé, si en un rescate de impulso, el notable cineasta italiano haya querido abogar por Roma, al igual que su talentoso paisano Papini, e insinuar que la mayor culpa fue judaica.