Por Día de Muertos habrá Ley Seca en Tlalpan y Tláhuac
Se prohíbe la venta y expendio de bebidas alcohólicas en ferias, romerías, kermeses, tianguis, mercados, festejos populares y otros lugares donde se presenten situaciones similares

Las alcaldías Tlalpan y Tláhuac anunciaron que con motivo de las celebraciones del Día de Muertos habrá Ley Seca en sus territorios.
En el primer caso se indicó que a partir de las 00:00 horas del día 29 de octubre y hasta las 24:00 horas del día 2 de noviembre estará prohibida la venta de bebidas alcohólicas.
La disposición aplicará en todos los establecimientos de la demarcación que tengan operaciones relacionadas con el consumo y venta de bebidas alcohólicas como vinaterías, tiendas de abarrotes, supermercados con licencia para venta de vinos y licores, tiendas de autoservicio, tiendas departamentales y cualquier otro establecimiento mercantil similar.
También deberá de ser cumplida por restaurantes, establecimientos de hospedaje, clubs, cantinas, pulquerías, cervecerías, peñas, cabarets, centros nocturnos, discotecas, salones de fiestas, de baile, salas de cine, fondas y cualquier otra similar, en que se expendan o consuman bebidas alcohólicas.
Asimismo, se ordena la prohibición del consumo y venta de bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones en los establecimientos que se instalen temporalmente con motivo de ferias, festividades populares y tradicionales en la vía pública.
Igualmente se prohíbe la venta y expendio de bebidas alcohólicas en el interior de las ferias, romerías, kermeses, tianguis, mercados, festejos populares y otros lugares en donde se presenten situaciones similares en cuanto al consumo y venta de bebidas alcohólicas.
En lo que respecta a la alcaldía Tláhuac la suspensión de la venta de bebidas alcohólicas aplicará dentro del perímetro que comprende los pueblos de San Pedro Tláhuac y San Andrés Mixquic.
Esto será a partir de las 00:00 horas a las 24:00 horas durante los días 31 de octubre, 1 y 2 de noviembre de 2021, en los establecimientos mercantiles que se expendan bebidas alcohólicas de cualquier graduación o que se instalen temporalmente con motivo de la “Celebración del Día de Muertos 2021” en la vía pública.
También se incluye a vinaterías, tiendas de abarrotes, supermercados con licencia para venta de vinos y licores, tiendas de autoservicio, tiendas departamentales y cualquier otro establecimiento mercantil similar, así como en restaurantes y establecimientos de hospedaje.
Además de cantinas, pulquerías, bares, cervecerías, peñas, cabarets, centros nocturnos, discotecas, salones de baile, salas de cine con venta de bebidas alcohólicas, fondas y cualquier otro similar, o que se instalen temporalmente con motivo de esa festividad en la vía pública.
En ambos casos las violaciones al presente Acuerdo publicado en la Gaceta Oficial de la CDMX serán sancionadas de conformidad con las disposiciones de la Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México, la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México, el Reglamento de Verificación Administrativa del Distrito Federal y demás disposiciones aplicables.
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