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El falso debate sobre el derecho humano al agua

Opinión del experto nacional

Opinión del experto nacional

Por Ramón Aguirre Díaz *

 

¿El agua es un derecho o una mercancía? Un derecho, por supuesto, dirían algunos, cuando la realidad es que el agua es un derecho y también es una mercancía. Una dualidad que es importante clarificar.

No se trata de un tema trivial, cuando hablamos de un recurso limitado y escaso, diríamos muy, muy escaso para más de la mitad del territorio de nuestro país. Las decisiones que se tomen sobre la administración, manejo y consumo del vital líquido deberían sustentarse en una claridad sobre este asunto fundamental.

Aquí es importante distinguir sobre las categorías éticas en el consumo del agua. Hay usos que pueden catalogar al agua como un derecho humano; otros, como un derecho ciudadano; otros, como desperdicio y, otros, como mercancía.

¿Cuándo se trata del uso de agua como una mercancía? Claramente, con los usuarios no domésticos, donde es un insumo más, como, por ejemplo, las industrias que utilizan agua en sus procesos, los restaurantes que usan el agua para limpieza y preparado de alimentos, las oficinas para el aseo y los baños de los empleados, en fin, para todos los usos comerciales el agua es un insumo y debe considerarse como una mercancía que se cobre a sus costos reales, sin subsidio.

El agua que se utiliza para el lavado de autos en nuestras casas, por ejemplo, no se trata de un derecho humano, pero sí se considera un derecho que cualquier ciudadano debería poder acceder en una sociedad moderna. Igual es el caso del regado de un pequeño jardín o el llenado de una tina de baño o un jacuzzi. Utilizar el agua en estos usos representa un derecho ciudadano, aquí, aunque el agua no es una mercancía, tampoco puede considerarse un derecho humano. Se trata de un derecho ciudadano, el cual, por supuesto, debería cobrarse a su justo precio, sin subsidio.

No es el caso del derecho humano al agua, que se trata del uso del vital líquido para atender las necesidades básicas de aseo, limpieza y preparado de alimentos, que debe ser accesible para todos los bolsillos, con tarifas que todos puedan pagar. En este renglón del agua como un derecho humano, la cantidad que se consuma es un factor muy importante. Un baño en regadera de 5 minutos es un derecho humano, un baño de 20 minutos, “porque está muy rica el agua calientita”, es un desperdicio que no puede considerarse un derecho humano y que no debería fomentarse subsidiando cualquier nivel de consumo.

Conforme al artículo 4º constitucional, es responsabilidad del Estado mexicano hacer realidad ese derecho, pero pensar que el agua es sólo un derecho humano no permitirá implementar políticas públicas adecuadas que permitan hacer este derecho realidad para todos los mexicanos.

 

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