El combate a la corrupción en México continúa su proceso de reconfiguración estructural. Inició hace dos años, bajo una nueva nomenclatura orgánica: la creación de la Secretaría de Anticorrupción y Buen Gobierno, con un mandato legal renovado. La estrategia se centró en el fortalecimiento de los procesos de contratación pública para hacerlos más eficientes y menos costosos, en el diseño de la nueva política gubernamental en materia de transparencia y en el fortalecimiento del régimen disciplinario con énfasis en la prevención.
En materia de compras, obras públicas y arrendamientos, cambiaron las reglas jurídicas y administrativas. La forma en que ahora se adquiere, se construye y se arrienda, es diferente: hoy se reportan ahorros por más de 70 mil millones de pesos. Sin embargo, a pesar de estas buenas noticias, es un tema que requiere atención permanente. Las prácticas viciadas de siempre, son un lastre latente que no se extingue con facilidad, sus motivaciones son perversas y buscan las coyunturas para penetrar, corromper y permanecer en las estructuras oficiales.
El tema del derecho de acceso a la información pública y la protección de datos personales consumió muchos de los espacios y tiempos del nuevo gobierno. El cuestionamiento sobre el rumbo que tomaría esta responsabilidad y la extinción de su organismo fue materia de un intenso debate público. El gobierno se enfocó en garantizar la viabilidad operativa de la plataforma de transparencia, lo cual ha conseguido y, en garantizar la atención de las solicitudes de información. Ahora, requiere seguir trabajando para cumplir con los estándares que exige la ciudadanía. Es un derecho fundamental, no una prerrogativa gubernamental.
Siguiendo con su estrategia anticorrupción, hace unos días, el gobierno federal anunció el fortalecimiento del régimen disciplinario de los servidores públicos. Describió algunos ajustes normativos a la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Señaló que, al amparo de las figuras jurídicas de la prescripción y caducidad, muchas de las conductas ilícitas quedan sin sanción, provocando impunidad.
Afirmó que las razones están en el uso de prácticas dilatorias por parte de los sujetos implicados en los procedimientos de responsabilidad, en los vacíos legales que existen en la etapa de investigación, en las ambigüedades y contradicciones normativas y en el tortuguismo procesal, lo que provoca que fenezca el tiempo para poder sancionar.
Ante esta propuesta, surgirán debates intensos, formándose seguramente dos bandos: eficiencia procesal vs. debido proceso. El primero priorizará que toda conducta indebida que cometió un servidor público alcance sanción y no fenezca por el transcurso del tiempo, ya sea acortando los plazos para resolver, retirando medios de impugnación dilatorios o alargando los plazos de prescripción y caducidad. El segundo hará énfasis en la seguridad jurídica que debe existir en todo procedimiento sancionatorio, sostendrá que no puede carecer de recursos efectivos la defensa de un implicado o prolongarse perpetuamente la causa.
En los equilibrios está la solución técnica a este debate. Estimo, que este ánimo deberá permear entre todos los responsables de la construcción normativa. La problemática es cierta, requiere de una atención inmediata e integral, no sólo en lo jurídico, sino en lo administrativo. No dejemos que el debate se contamine.
