Inai, SEP y la información estadística de abuso sexual
La prevención y las acciones frente al abuso sexual infantil son un deber cívico de todos, cuando se verifica dentro de los planteles
o en las áreas administrativas
del sistema de educación escolar,
es un deber de la comunidad educativa en su conjunto. Urge garantizar que los estudiantes alcancen un desarrollo afectivo
y social pleno y saludable.
Una cosa es que la sociedad sepa en qué centros escolares ha habido lamentables situaciones de acoso sexual, a partir de denuncias o acusaciones concretas que involucren a directivos o servidores de la escuela, sin conocer los nombres de las víctimas y de los victimarios, y otra que se conozcan por todos, los detalles de cada caso, de modo que se pueda especular y se condene social y mediáticamente a los responsables de actos de esa naturaleza, a partir de denuncias o quejas recibidas.
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) ordenó a la Secretaría de Educación Pública (SEP) dar a conocer el número de empleados de la institución denunciados por abuso sexual, violación, acoso sexual y hostigamiento sexual, dentro y fuera de escuelas de educación inicial y básica en el país, en el periodo comprendido del 1 de enero de 2010 al 8 de enero de 2017.
Ello, desglosado por entidad federativa, año y mes de denuncia, nombre de la escuela, nivel educativo y tipo de víctima (menor o adulto) y cargo y/o puesto de quien fue denunciado, con excepción de que se trate de cargos únicos, en cuyo caso, deberá entregar, de forma desasociada dicha información, de forma tal que no sea posible identificar el cargo y/o puesto de quien fue denunciado con el nombre de la escuela, porque ello violentaría el principio de presunción de inocencia.
Lo anterior, al resolver un recurso de revisión interpuesto por un particular que solicitó conocer dicha información de cada entidad en respuesta, la SEP le proporcionó sólo los datos pedidos, pero de la Ciudad de México (antes Distrito Federal).
En alegatos, la dependencia se declaró incompetente para conocer la información de cada entidad federativa, argumentando que la educación básica es descentralizada, por lo que orientó al particular a solicitar los datos de su interés a las autoridades de educación estatales.
Si bien los gobiernos estatales son los encargados de dirigir los servicios de educación preescolar, primaria, secundaria y para la formación de maestros; ello no implica que el gobierno federal deje de atender la educación pública.
Asimismo, del Informe Nacional sobre Violencia de Género en la Educación Básica en México, elaborado por la SEP, en colaboración con el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef), se advirtió que la dependencia cuenta con datos estadísticos sobre agresiones físicas que ha recibido el alumnado de instituciones de educación básica de distintas partes del país.
Por otro lado, la Recomendación número 55/2013, emitida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, advierte que la SEP ha recibido diversas recomendaciones derivadas de casos de la violación a los derechos a la integridad personal, libertad sexual, educación, sano desarrollo, trato digno y seguridad jurídica de alumnos de educación básica.
Por lo expuesto, el pleno del Inai modificó la respuesta de la SEP y le instruyó buscar y entregar al particular la información de su interés, desglosada por entidad federativa, año y mes de denuncia, nombre de la escuela, nivel educativo, tipo de víctima (menor o adulto) y cargo y/o puesto de quien fue denunciado, con excepción de que se trate de cargos únicos, en cuyo caso, deberá entregar, de forma desasociada dicha información, de forma tal que no sea posible identificar el cargo y/o puesto de quien fue denunciado con el nombre de la escuela.
