Hablemos del suicidio
En la Declaración Universal de los Derechos Humanos falta incluir el Derecho a la muerte voluntaria. Sin ese principio es imposible ponderar la trascendencia de nuestro Derecho a vivir en libertad. Desde esta perspectiva, necesita actualizarse la carta de los principios ...
En la Declaración Universal de los Derechos Humanos falta incluir el Derecho a la muerte voluntaria. Sin ese principio es imposible ponderar la trascendencia de nuestro Derecho a vivir en libertad.
Desde esta perspectiva, necesita actualizarse la carta de los principios universales que resguardan la existencia y convivencia de todas las personas, promulgada en 1948 por la Asamblea General de las Naciones Unidas. Aunque ofrece “libertad” desde su primer artículo (“todos los seres nacen libres e iguales…”) en esta Declaración nunca se establece el alcance de la libertad que, supuestamente, nos acompañará a lo largo de la vida.
La existencia transcurre dentro de valores universales que nos indican cuáles rutas podemos transitar; sin embargo, esos valores no señalan las rutas a seguir para dejar de vivir. Quienes piensan en el suicidio son patologizados por la medicina y amenazados con el infierno por parte de las iglesias bajo la premisa de que nuestro cuerpo no es nuestro. Por eso casi siempre quienes logran concretar ese propósito lo hacen de forma violenta.
Morir es un destino inevitable lleno de temor que explotan perfectamente las iglesias y no hemos sido capaces de reconocerlo. Se nos va la discusión en banalidades moralizantes, éticas o jurídicas, que desatienden la voluntad de quien desea morir “antes de tiempo”. ¿Antes de tiempo? ¿Cuándo es antes de tiempo? Por eso dice Norbert Elias en “La soledad de los moribundos” que de las muchas criaturas que habitamos este planeta solo para nuestra especie morir ha sido un problema.
El miedo a morir de la población se sustenta en una falacia religiosa que el Estado fortalece a través de su legislación. ¿Por qué nos cuesta reconocer que si la vida es corta y temporal podemos abandonarla antes de ingresar a los contextos adversos de enfermedad, deterioro cognitivo y dolor? ¿Cómo es posible que no hayamos podido construir un marco jurídico que otorgue mayor alcance a la libertad con la que supuestamente nacemos para usarla en nuestro favor si tomamos la decisión de morir?
Soltarnos de la vida de forma consciente y libre, sin enfrentar un diagnóstico médico terminal tendría que ser una prerrogativa para quien la busque. En México existen voces que desde distintas disciplinas se han organizado con el propósito de impulsar el reconocimiento a elegir el momento de la muerte propia. No hace mucho se constituyó la asociación civil “Liberad para morir” que busca firmas que respalden una iniciativa de ley para legalizar la muerte asistida en la capital del país. Esta iniciativa ciudadana parte de un enunciado consignado en la Constitución Política de la Ciudad de México, vigente desde 2017, en cuyo Artículo 6º se cita: “la vida digna contiene implícitamente el derecho a una muerte digna”.
Pero, ¿qué es una muerte digna? ¿Cómo entenderla? ¿Sabemos algo del suicidio? ¿Qué dicen los expertos sobre la muerte elegida?
En el 2021, se publicó un recomendable volumen que ofrece respuesta a las anteriores preguntas. Coordinado por el médico y escritor Arnoldo Kraus, reúne diferentes aproximaciones al acto por el cual una persona se priva de la vida. Su lectura es obligada y tendrían que leerlo los legisladores del Congreso de la ciudad.
Entre los textos publicados destaca la visión del jurista Sergio García Ramírez, quien señala: “la vida y la muerte son los extremos de la existencia conocida”. El académico advierte que entre una y la otra hay un continuo por el cual de forma permanente estamos muriendo. “Puesta la vida en movimiento, subraya, la muerte jamás se ausenta”.
Luego de revisar los diferentes organismos que en otros países abordan este proceso de búsqueda de autonomía para morir en libertad, García Ramírez se detiene en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (conocido también como Tribunal de Estrasburgo) señalando que a esa instancia de justicia han llegado solicitudes de muerte asistida únicamente porque el demandante pierde interés en seguir viviendo. Una situación relevante debido a que “se propone la libertad de morir, simple y sencillamente”, sin más argumentos. Esto -añade- entraña un avance radical justo en el sentido que expresa la máxima de ´vivir es un derecho, no un deber´.
Que no haya dudas. A ninguna persona debe obligársele a vivir, mucho menos hasta que su cuerpo se desplome y apague. Forzar la vida quita libertad. Forzar la vida es un castigo y, sobre todo, resta dignidad. ¿Por qué hemos permitido que otras personas decidan el momento y la forma en que nuestro cuerpo dejará de existir?
Referencia
- Kraus, Arnoldo (coordinador), “Suicidio”. Ed. Debate, 2021, México.
