Diputados aprueban en comisiones prohibir vapeadores y cigarros electrónicos
La Comisión de Puntos Constitucionales aprobó prohibir toda actividad relacionada con los cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas dispositivos análogos.

Con el voto a favor del bloque oficialista, PRI y PAN, salió adelante la reforma a los artículos Cuarto y Quinto de la Constitución que prohíbe el comercio de vapeadores y cigarros electrónicos, así como las actividades relacionadas con su producción y distribución. Los diputaso aprobaron la medida con 34 votos a favor y dos en contra de Movimiento Ciudadano.
Al convertirse en el dictamen número 12 que ya fue concretado en la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, esta reforma del Plan C fue celebrada por sus defensores como un cambio en favor de la salud.
La oposición respaldó el dictamen, advirtiendo, sin embargo, que el proyecto contiene fallas legislativas, en tanto no existe regulación que evite el mercado negro.
“Este es un ejemplo en el que nos unen los qué y nos distancian los cómo”, planteó el diputado Miguel Rodarte (PAN).
El panista y la diputada priista Cynthia López Castro criticaron que en una reforma constitucional se emplee el término de moda de vapeadores, considerándola una evidencia de los problemas de técnica legislativa del dictamen.
En tanto, Movimiento Ciudadano al manifestarse en contra, consideró que el prohibicionismo sólo impulsa las actividades ilegales en el comercio.
“Una prohibición total no atienda las razones médicas”, dijo el diputado Braulio López Ochoa.
El dictamen avalado es una adición al Cuarto Constitucional con el que “queda prohibida la producción, distribución, comercialización y enajenación de cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos electrónicos análogos que señale la ley, así como la producción, distribución y enajenación de sustancias tóxicas, precursores químicos y drogas sintéticas no autorizadas legalmente, como el uso ilícito del fentanilo”.
Este decreto que será entregado a la Mesa Directiva de la próxima legislatura que entrará en funciones a partir del próximo primero de septiembre, también tiene un agregado en la Constitución en su Artículo Cinco:
“Queda vedada la profesión, industria, comercio interior o exterior, trabajo o cualquier otra actividad para la producción, distribución y enajenación de cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos electrónicos análogos que señale la ley, así como para la producción, distribución y enajenación de sustancias tóxicas, precursores químicos y drogas sintéticas no autorizadas legalmente, como el uso ilícito del fentanilo”.
Dicha redacción, sin embargo, fue modificada mediante una reserva que presentó el PT y que Morena, PRI y PVEM respaldaron para que se precise en el inicio del agregado al Quinto Constitucional, que queda prohibida, en lugar de vetada.
Se destacó en el dictamen que, de acuerdo con el Departamento de Epidemiología de la Escuela de Salud Pública de la Universidad de Michigan, 1.1 mil millones de personas mayores de 15 años y 50 millones de adolescentes, entre 13 y 15 años, son fumadoras a nivel mundial.
También se recuerda que, en 2022, a nivel nacional, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición (ENSANUT), 4.6 por ciento de la población adolescente y 19.5 por ciento de la población adulta de México reportaron consumir tabaco, lo que representa a cerca de un millón de adolescentes y 16.6 millones de adultos fumadores.
En los artículos transitorios se indica que el Congreso de la Unión, en un plazo de 180 días, contado a partir de la entrada en vigor de este decreto, deberá armonizar el marco jurídico de las leyes en las materias con el contenido del presente decreto. Y en el plazo de un año, las legislaturas estatales deberán realizar las adecuaciones normativas correspondientes.
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