CIUDAD DE MÉXICO.
Con motivo de las festividades religiosas de Semana Santa, tres alcaldías de la Ciudad de México aplicarán ley seca. Ante ello quedará prohibida la venta de bebidas alcohólicas en Cuajimalpa, Iztapalapa y Magdalena Contreras.
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ATENCIÓN
Gaceta Oficial CDMX 10-03-2021 publica Ley Seca
suspensión de actividades para vender bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones, a partir de
las 00:00 horas del día 01 y hasta las 24:00 hrs del día 04 de abril de 2021 en Alcaldía #Cuajimalpa@AdrianRubalcava pic.twitter.com/FaR8XD02xq— Alcaldía Cuajimalpa de Morelos (@AlcCuajimalpa) March 31, 2021
En Iztapalapa, se suspenderán las actividades relacionadas con la venta de bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones, desde las 00:00 horas del jueves 1 de abril y hasta las 23:59 horas del sábado 3 de abril.
Asimismo, se aplicará la suspensión de venta de bebidas alcohólicas en envase cerrado y al copeo en #Iztapalapa, los días jueves 1, viernes 2 y sábado 3 de abril, y personal de la @Alc_Iztapalapa y del @inveacdmx supervisarán que esta medida se cumpla.#SemanaSantaEnIztapalapa pic.twitter.com/HcvAE1OdP0
— Alcaldía Iztapalapa (@Alc_Iztapalapa) March 30, 2021
Mientras que en La Magdalena Contreras suspenderán la venta de bebidas alcohólicas desde las 18:00 horas del día jueves 1 de abril hasta las 23:59 horas del día domingo 4 de abril.
#AvisoImportante | Atendiendo las medidas sanitarias establecidas por la Secretaría de Salud del Gobierno de México ante el semáforo naranja, la Alcaldía La Magdalena Contreras informa: pic.twitter.com/I5TKkTLJhu
— Alcaldía La Magdalena Contreras (@ALaMagdalenaC) March 31, 2021
Las restricciones aplicarán en los establecimientos mercantiles que operen como cantinas, pulquerías, bares, cervecerías, peñas, salas de cine con venta de vinos y licores, tiendas de autoservicio, tiendas departamentales, salones de baile, fondas, así como, en cualquier tipo de establecimiento mercantil en el que se expendan o consuman bebidas alcohólicas de cualquier graduación o que se instalen temporalmente en la vía pública, incluyendo la venta informal en domicilios particulares de todo tipo de bebidas alcohólicas.
Se exceptúa de la prohibición anterior, el consumo de bebidas alcohólicas en copeo con alimentos, al interior de los establecimientos mercantiles con giro de restaurante y cuenten con licencia de impacto vecinal.
Señalan que toda persona que contravenga al Acuerdo será́ remitida sin dilación al Juzgado Cívico correspondiente para la imposición de la sanción que en derecho corresponda, de conformidad con las disposiciones previstas en la Ley de Establecimientos Mercantiles, la Ley de Cultura Cívica, la Ley de Verificación Administrativa y demás disposiciones legales vigentes en la Ciudad de México.
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