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ONU avala conclusión por New’s Divine a 5 años de la tragedia

Un peritaje del organismo internacional también le quita responsabilidad a funcionarios. Asfixia mató a las 12 víctimas, dice

Gerardo Jiménez | 17-06-2013

CIUDAD DE MÉXICO, 17 de junio.- A tres días de cumplirse cinco años del fallido operativo policial de la discoteca New’s Divine, donde fallecieron nueve jóvenes y tres agentes, se reveló a través de un peritaje realizado por la Organización de Naciones Unidas (ONU) que la única causa por la que murieron las víctimas fue por asfixia, contrario a que se veían incluso rastros de tortura.

Con una serie de documentos oficiales, la Procuraduría capitalina ha decretado que no hubo responsabilidad de algunos de los 35 ex funcionarios implicados en el caso.

La PGJDF determinó que, después de un peritaje realizado por la PGR, no existió edición alguna al material fílmico recabado la tarde del 20 de junio en esa discoteca de la colonia Nueva Atzacoalco, delegación Gustavo A. Madero, como lo planteó la Comisión de Derechos Humanos del DF.

En un reporte derivado del Informe Pericial Relativo a las Muertes Verificadas el 20 de Junio de 2008 en la discoteca New’s Divine, elaborado y suscrito por peritos internacionales de la ONU, al cual Excélsior tuvo acceso, se reveló que en todos los casos la causa de muerte “fue asfixia por compresión externa del tórax y/o abdomen”.

“Considerando de manera conjunta todas las lesiones en todos los cuerpos se puede afirmar que la causa de éstas guarda consistencia con las circunstancias en que ocurrieron los hechos y que se observaron en los videos antes relacionados sobre los mismos, especialmente en una secuencia de compresión, colapso y caída, en medio de una multitud sin control o sobre la cual se ha perdido el control”, detalló la investigación pericial de la ONU.

Por tal situación, fue la asfixia la que generó el deceso de los (nueve) jóvenes y (tres) policías.

“Los hallazgos de las autopsias que fundamentan el diagnóstico de asfixia son: congestión, especialmente de la cara, cuello y tórax (máscara equimótica) y hemorragias petequiales (petequias) que afectan la cara, cuello y tórax, y órganos internos como la laringe, pulmones y corazón”, estableció la investigación que se integró a la averiguación previa.

Una de las constantes quejas de los familiares de las víctimas es la violencia policial contra algunas víctimas el día del operativo, por lo que en este análisis pericial de la ONU se determina que las lesiones no son “indicativas por sí mismas” de golpes  directos con patadas, armas o elementos como los usualmente  empleados por la policía, como los bastones de mando o cachas de armas de fuego.

Aunque el documento pericial refierió que en los cuerpos se detectaron  posibles evidencias de pisotones y presión de los mismos en superficies duras.

“También se observaron lesiones en algunos cuerpos que sugieren las circunstancias en las que la compresión tuvo lugar. Por ejemplo, existen lesiones con patrón en el tórax que pueden corresponder a marcas de zapatos y otras prendas (ropas), y abrasiones originadas por fricción con superficies duras o rugosas. Todas estas lesiones son, una vez más, totalmente compatibles con las circunstancias y mecanismos de los hechos, tal como se observó en los videos revisados”, se precisa en el informe.

Material fílmico sin ediciones

Durante la presentación del informe especial por el caso New’s Divine, la Comisión de Derechos Humanos del DF informó que el material fílmico tomado la tarde del 20 de junio por el operativo policiaco se dijo que había cortes intencionales que fueron detectados por el Canal 6 de Julio y el cineasta y realizador Simón Bross concluyó que los  materiales videograbados “no están alterados, ni editados”, y por tanto las copias públicas difundidas contienen las mismas imágenes.

Este documento ya forma parte del expediente de la investigación de la PGJDF y está integrado al expediente del Juzgado 19 donde se inició el juicio.

El dictamen en el que se afirma que no hubo edición alguna fue entregado por la Dirección Ejecutiva de Laboratorios de la PGR, el 18 de agosto de 2009, a la Subprocuraduría de Averiguaciones Previas Desconcentradas del DF, en respuesta a la solicitud que le hizo la propia Procuraduría capitalina para elaborar un dictamen externo y para aclarar la presunta “edición” de las imágenes que planteó la CDHDF posteriormente en su recomendación.

Para este análisis, la PGJDF entregó dos videocassettes formato miniDV; cuatro discos DVD; seis discos compactos y dos videocámaras con sus respectivas pilas recargables.

Correspondió al Departamento de Audio y Video de la PGR realizar el análisis y también dar respuesta a 21 planteamientos que les fueron formulados.

“Los materiales para revisión fueron grabaciones realizadas por la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal (SSP-DF), entonces encabezada por Joel Ortega Cuevas; las efectuadas por la delegación Gustavo A. Madero, cuyo delegado era Francisco Chiguil; así como copias en disco proporcionadas por la CDHDF, bajo la gestión entonces de Emilio Álvarez Icaza”, se puntualiza.

Dentro de su apartado de conclusiones, el peritaje de la PGR, sostiene que los materiales  tienen las mismas imágenes y que “no están alterados ni editados.

“Los videocassettes JVC marcados como 1 y 2 contienen el mismo material. Los videocassettes JVC marcados como 1 y 2 no están alterados, ni editados y las barras de color corresponden muy probablemente a que el camarógrafo accionó una de las funciones de videocámara Panasonic donde se generan las barras de color”, se precisa en la página 16 del dictamen elaborado por la PGR y enviado el 18 de agosto de 2009 a la Fiscalía para Servidores Públicos de la Subprocuraduría de Averiguaciones Previas Desconcentradas.

El informe especial del New’s Divine, dado a conocer por la CDHDF, el 8 de julio de 2008 a 19 días de los hechos, establecía que había un proceso de edición y escenas atípicas, por lo que sometió los materiales a análisis y estos resultados los hizo públicos, junto con otras conclusiones que forman parte de la recomendación 11/2008.

También el organismo cuestionó la entrega de otra cámara por parte de la SSP-DF, situación que quedó aclarada tras la declaración del camarógrafo, que lo hizo saber a las autoridades, por estar afectado, por la tragedia.

Se determina en el dictamen que todos los materiales utilizados para la grabación del operativo policiaco fueron puestos a disposición de la PGJDF, en su momento encabezada por Rodolfo Félix Cárdenas Valdés, quien renunció. Posteriormente, Miguel Ángel Mancera, al encabezar la dependencia pidió a la PGR el dictamen especializado.

Funcionarios absueltos

Desde el 10 de diciembre de 2009, la Fiscalía de Servidores Públicos de la PGJDF informó que fue dictado un acuerdo (FACI/50/T2/849/08-06R1D3) de no ejercicio de acción penal contra Rodolfo Félix Cárdenas, ex procurador capitalino; Joel Ortega Cuevas, ex secretario de Seguridad Pública y Luis Rosales Gamboa, ex jefe de operaciones de la SSP-DF.

“Por lo que toca al análisis de la actuación culposa, se advirtió que no es dable atribuirles esta forma de comisión al no probarse que el daño respecto de las víctimas fuera consecuencia directa de su proceder (de los funcionarios), dado que las líneas de responsabilidad para dicho resultado se encuentran sometidas actualmente a la consideración de los jueces penales.

“Tampoco se probó en la indagatoria que los referidos hayan ordenado o planeado la forma de realización del operativo en ninguna de sus fases, puesto que el control, dirección o mando del mismo se encuentra actualmente bajo análisis del juez décimo noveno de lo penal para el DF respecto de treinta y seis procesados”, se abunda en el acuerdo.

La PGJDF concluyó que también sirvió de apoyo el acuerdo de improcedencia con fecha de 22 de octubre de 2009, dictado por la Contraloría General de Gobierno del DF, donde se resolvió la queja interpuesta por seis ciudadanos para iniciar procedimiento administrativo disciplinario contra el entonces titular de la SSP-DF.

Las prolongadas sentencias

Aún está pendiente que se determine la situación jurídica de Guillermo Zayas, quien se encuentra amparado.

El pasado 8 de abril, el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (TSJDF) informó de las 22 sentencias oficiales condenatorias en las que están señalados 35 mandos, funcionarios y policías involucrados en esos acontecimientos del 20 de junio de 2008, cuando ocurrió la tragedia en la discoteca New’s Divine.

Ese día en conferencia de prensa, el titular del TSJDF, Édgar Elías Azar, detalló que los 22 sentenciados purgarán cárcel de cinco a 24 años por delitos que van desde homicidio culposo, lesiones, ejercicio ilegal del servicio público y abuso de autoridad, mientras que 11 personas más fueron absueltas y sólo quedan por dictarse dos sentencias, una de ellas es la de Guillermo Zayas quien en ese entonces dirigía la Unipol.

“Fueron desahogadas dos mil 69 pruebas, lo que lo hace un procedimiento diferente, atípico; que están pendientes, en este momento, dos amparos por resolverse, que son las dos únicas personas que el día de hoy no pudieron ser sentenciadas, por efecto de la suspensión concedida por un juez federal que, desde luego, la autoridad local tiene que respetar íntegramente”, dijo Elías Azar.

Tres de las sentencias ya fueron  dictadas la primera fue el 8 de abril de 2010 contra Ángel Nava Rojas, subdirector jurídico de la delegación Gustavo A. Madero.

La segunda sentencia fue contra Francisco Javier Casiano, que se desempeñaba como médico legista de la citada demarcación, dictada el 23 de mayo de 2011.

La tercera sentencia previa fue el 31 de julio de 2012 contra el dueño de la discoteca, Alfredo Maya Ortiz.

“El juez está dictando sentencias condenatorias, y sentencias absolutorias en sus diferentes formas y modalidades. Está aplicando una pena de 24 años de prisión, con seis meses a dos mandos.

“Está dictando una segunda penalidad de 19 años con tres meses a 13 personas diferentes. Está dictando, de nueva cuenta, otra sentencia a otro mando diferente, por diversos delitos, de 19 años con tres meses. Está dictando otra sentencia de cinco años por el ejercicio ilegal del servicio público, todos, sin excepción, están condenados al pago de la reparación del daño (a familias de las víctimas) en diferentes modalidades, y en diferentes cantidades”, puntualizó el titular del TSJDF.

Padres de las víctimas de la discoteca New’s Divine y representantes de organizaciones civiles han exigido desde un primer momento al Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal que estas sentencias alcancen a ex mandos y funcionarios que supervisaron el fallido operativo policiaco de aquel 20 de junio.

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