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Nacional

Corte valida la ley eléctrica, pero aún puede impugnarse

El pleno no alcanzó los ocho votos necesarios para anular la reforma que favorece a la CFE sobre los privados en la producción y distribución de energía.

David Vicenteño e Ivonne Melga | 08-04-2022
La CFE tendrá ahora preponderancia sobre particulares.
Foto: Archivo

El pleno de ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación no alcanzó los ocho votos necesarios para declarar inconstitucional la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE).

Por lo tanto, dicha legislación que fue promulgada el 9 de marzo de 2021 por el presidente Andrés Manuel López Obrador y da preferencia a las plantas de la Comisión Federal de Electricidad, seguirá vigente.

A favor del proyecto elaborado por la ministra Loretta Ortiz Ahlf, que rechaza las impugnaciones presentadas por senadores de oposición, votaron la autora y la ministra Yasmín Esquivel Mossa.

El ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena presentó un voto dividido, pero inicialmente a favor del proyecto en el sentido de que no se violan la competencia económica, y el presidente de la Corte, el ministro Arturo Zaldívar.

Los ministros Zaldívar, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Yasmín Esquivel Mossa fueron clave para determinar la vigencia de la ley.

Ellos nunca se manifestaron en contra del proyecto en general y dijeron que no se violaban los artículos impugnados.

A la hora de votar la acción de inconstitucionalidad, de desecharla, también se sumó Juan González Alcántara, aun cuando el martes pasado había hablado de visos de inconstitucionalidad particularmente en el caso del medio ambiente.

La discusión del proyecto se centró en los puntos de si las políticas públicas en materia eléctrica y su mercado se deben resolver en el Poder Judicial.

“La competencia económica, como cualquier otro derecho, no es absoluta, y mucho menos en una actividad como la industria eléctrica, en la que algunos de sus componentes, constituyen un área estratégica, cuyo desarrollo corresponde exclusivamente al Estado”, dijo el ministro presidente Zaldívar.

La ministra Esquivel Mossa se pronunció a favor del proyecto de Ortiz Ahlf, al considerar que la reforma de 2013 promulgada en la administración de Enrique Peña Nieto no otorgó beneficios a la CFE.

“Ahora, con la ley que se impugna, se permite que todas las centrales eléctricas que producen energía limpia de la CFE inyecten electricidad a esas redes, lo que no ocurría antes, porque se privilegiaba a la producida por particulares.

“Y la CFE no sólo tiene energía limpia en las hidroeléctricas, no; también están las termoeléctricas, la geotermia, Laguna Verde, la eólica como la Ventosa de Oaxaca, el proyecto en curso del parque fotovoltaico de Sonora, que la CFE vaya al final del despacho es un trato discriminatorio y, por ello, es violatorio a la Constitución”, afirmó Esquivel Mossa.

Resultados

Con la emisión de siete votos contra cuatro a favor del proyecto que rechazó los señalamientos de inconstitucionalidad de la LIE, el pleno de la Corte reconoció los artículos que definen los contratos de cobertura eléctrica, los de cobertura eléctrica con compromiso de entrega física y los legados para el suministro básico.

Queda sin modificación la posibilidad de que diversos participantes se agrupen para realizar obras, ampliaciones o modificaciones, necesarias para la conexión e interconexión.

Se determinó que en acciones de inconstitucionalidad sólo se pueden hacer valer violaciones directas a la Constitución general y a derechos humanos reconocidos en tratados internacionales.

De esta forma las normas impugnadas no pueden ser analizadas a la luz del Tratado Comercial de América del Norte (T-MEC), en tanto no contienen normas sobre derechos humanos.

Al argumentar su voto en contra, la ministra Margarita Ríos Farjat señaló que la Corte no era el espacio para establecer la política en materia de energía eléctrica, lo que le corresponde al Congreso.

“Nuestro papel no es cuestionar a la Constitución porque ello desdibujaría nuestro quehacer como sus intérpretes. Lo que la Constitución determina implica una limitación para nosotros, pues no somos la sede democrática por excelencia para fijar nosotros otros límites, esa sede es el Congreso.

“Claro, lógico es que, siendo la Constitución el gran pacto nacional, todos tenemos entendimientos distintos y entonces distintas serán nuestras interpretaciones sobre qué debe prevalecer en cada caso, y esas son de acuerdo con nuestro leal saber y entender. De lo que no tengo ninguna duda es del compromiso con México y su Constitución”, afirmó Ríos Farjat.

Artículos de la LIE que siguen en vigor

Artículos de la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) que fueron señalados como inconstitucionales y que seguirán en vigor:

3. Fracción V. Da prioridad a la CFE.

4. Fracción VI. Establece un modelo de costos unitarios.

26. Ordena priorizar despacho de energía generada por la CFE.

53. Elimina la obligación de comprar en subasta la energía para suministro básico

101. Ordena al Cenace priorizar contratos con compromiso de entrega física.

108. Fracción VI. Mismo objetivo del 101. Recibir las ofertas y calcular los precios de energía eléctrica y Productos Asociados que derivan del Mercado Eléctrico Mayorista.

126. Reglas de certificados de energías limpias.

Amparos siguen su curso

Con la votación que validó a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) sus normas se seguirán aplicando, los amparos que ya se habían tramitado en contra del ordenamiento seguirán sus procesos hasta que sean resueltos por los juzgados y tribunales.

Además, queda abierta la puerta para que más particulares o empresarios que se sientan afectados por los términos que no fueron modificados, podrán solicitar la protección de la justicia federal.

La Corte no emitirá ninguna jurisprudencia sobre su validez; seguirán los juicios de amparo contra la norma  y los juzgados y tribunales están en condición de emitir libremente sus fallos, caso por caso.

Desde su publicación de la LIE, en marzo de 2021, el juez primero Rodrigo de la Peza López Figueroa y el juez segundo Juan Pablo Gómez Fierro, en materia Administrativa, comenzaron a entregar suspensiones a los empresarios y organizaciones que lo solicitaron.

Fueron más de 200 las empresas que impugnaron la llamada 3ey Bartlett, en referencia al director de la Comisión Federal de Electricidad (CFE).

David Vicenteño

No llegarán 100 mil mdd en inversiones

Aval de la Corte a la ley eléctrica será catastrófica para México, alertan.

Por Nayeli González

La decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de avalar la constitucionalidad de la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) será “catastrófica” para México, pues demuestra que ha perdido su autonomía y que es “una oficina del Poder Legislativo”, así lo aseguró Mariana Campos, coordinadora del programa de Gasto Público en México Evalúa.

Aseguró que la Corte era el organismo al que se le tenía la mayor confianza por su nivel de calidad y objetividad en sus decisiones, sin embargo, la señal que ahora mandan será muy dañina para las empresas interesadas en invertir en México, además de que abrirá la posibilidad de que la Reforma Eléctrica sea aprobada en el Congreso.

“La Corte daría una señal de no ser realmente autónoma y quizás sí, de que se vuelve una oficina del poder Legislativo, definitivamente abriría el espacio o abriría el contexto para la aprobación constitucional de la reforma que ha sometido el presidente al Congreso.”

QUEBRANTO AL ERARIO

Durante la conferencia, Reforma Energética Sí, pero esta No, expertos aseguraron que, de implementarse la reforma tal y como la envió el ejecutivo, tendrá como principal consecuencia un quebranto al erario, así como la posibilidad de un mayor número de fallas en la infraestructura ya existente que derivaran en un servicio sin calidad y apagones continuos que impactaran principalmente el sector industrial.

Señalaron que, de aprobarse la Reforma Energética en el Congreso, México perderá la oportunidad de atraer parte de las inversiones cercanas a los 100 mil millones de dólares que empresas, principalmente estadunidenses, estarán ejerciendo en los siguientes años para traer la manufactura que está en China hacia el continente americano.

En su intervención Cecilia Aguillón, directora de la Iniciativa Transición Energética en el Instituto de las Américas, aseguró que, debido a la rivalidad entre Estados Unidos y China, así como las estrategias que han comenzado a desarrollarse para migrar a una economía verde y cero emisiones, muchas empresas ya planean traer plantas manufactureras al continente americano.

Esto generará inversiones por más de 100 mil millones de dólares en los siguientes años, sin embargo, pese a esta oportunidad, México podría quedarse fuera de estos beneficios y de la visión de los corporativos debido a la incertidumbre jurídica que ha provocado la Reforma y la posible cancelación de contratos.

Ven efecto económico adverso

Para la iniciativa privada, así como para diversas organizaciones empresariales y de medio ambiente, la decisión de la Corte no solo tendrá un efecto económico adverso, sino que además desincentivará las inversiones y con ello la transición de México a una generación de energías más limpias.

En entrevista, Mariano Calderón, socio experto en amparos y derecho constitucional de la firma Santamarina y Steta, explicó que durante la sesión de  la Suprema Corte los ministros señalaron una serie de disposiciones que sí son contrarias a lo que dicta la Constitución, lo que abre la puerta a mantener los amparos ya interpuestos e incluso iniciar nuevos procesos por parte de las empresas del sector que se vean afectadas por estos cambios.

Nayeli González

Gutiérrez aclaró confusión

El voto del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena al proyecto elaborado por su colega, Loretta Ortiz Ahlf, sobre la Acción de Inconstitucionalidad sobre la Ley de la Industria Eléctrica, generó confusión al ser en dos sentidos, a favor y en contra.

El proyecto de la ministra Ortiz Ahlf planteó dos preguntas para determinar si el ordenamiento impugnado es violatorio de las garantías individuales: ¿viola el libre mercado? y ¿viola el derecho al medio ambiente?

La primera pregunta recibió el voto afirmativo de 7 ministros, pero no fueron suficientes para decretar la invalidez de la ley, por lo que se pasó a otro punto.

En este capítulo el ministro Gutiérrez Ortiz Mena voto a favor del proyecto, al considerar que la LIE no afecta las operaciones del libre mercado, el que debe ser regulado por el poder legislativo.

“Mi respuesta siempre ha sido la misma cuando se trata de principios constitucionales aplicables al mercado, son principios que se deben desarrollar por el legislador democrático y su modulación sólo se controla por referencia a un escrutinio ordinario”, indicó en su argumentación.

Al responder la segunda pregunta, relativa al medio ambiente, el ministro Gutiérrez Ortiz anunció que su voto sería contra el proyecto y presentó sus argumentos.

Posteriormente, en la votación del punto C se derivó una confusión en el conteo de los votos, por lo que el ministro Gutiérrez, acotó para hacer la precisión.

David Vicenteño

La reforma a la LIE en síntesis

1.- El gobierno envió al Congreso el 1 de febrero de 2021, un proyecto de decreto para reformar la Ley de la Industria Eléctrica, esto con el objetivo de apoyar a la Comisión Federal de Electricidad a recuperar su preponderancia en el mercado; la reforma fue aprobada por ambas Cámaras. Entró en vigor el 10 de marzo de ese mismo año..

2.- La reforma contempla el despacho a la red la energía producida por las hidroeléctricas y plantas de CFE, dejando de lado las plantas de energía eólica, solar e incluso centrales de ciclo combinado de privados.

3.- La ley elimina la obligatoriedad para que la CFE adquiera energía vía subastas. Con esto se evitará que la empresa compre electricidad en el mercado mayorista.

4.- Se eliminan los contratos de autoabasto, los cuales tenían como objetivo inicial el que particulares pudiesen llevar a cabo actividades de generación para su propio consumo. Sin embargo, las autoridades aseguran que se han detectado irregularidades y fraudes a la ley.

5.- Con el cambio a la ley la Comisión Federal de Electricidad (CFE) tendrá acceso al mercado de Certificados Limpios por la generación limpia de sus plantas, sin importar la fecha de inicio de operaciones.

Competencia, la base de la reforma de 2013

Por Nayeli González

En la reforma al sector energético de 2013 la cadena de valor en la producción de electricidad se dividió en generación, transmisión, distribución y suministro-comercialización.

Este régimen jurídico vigente, producto de la Reforma Energética de 2013, abrió a la competencia las actividades de generación y comercialización de energía. En este sentido, la CFE se desintegró en distintas empresas subsidiarias para cada sección en la cadena de valor, abandonando el antiguo modelo de monopolio verticalmente integrado.

La reforma introdujo la libertad entre generadores y grandes compradores para que éstos pudiesen celebrar Contratos de Cobertura Eléctrica, en los cuales se pacta precio, cantidad de energía y periodo de tiempo de entrega de forma discrecional y sin intervenciones. Asimismo, se creó un Mercado Eléctrico Mexicano, en donde se realizan transacciones día a día de energía y demás productos asociados.

Entre los participantes del Mercado Eléctrico Mexicano, se encontraba la figura de Suministrador de Servicios Básicos (SSB) que se ubicaban en el último eslabón de la cadena de valor de la electricidad; llevan el servicio eléctrico a todos los usuarios que no participan en el Mercado Eléctrico Mexicano, como es el caso de los usuarios residenciales.

Una de las principales características de los Suministrador de Servicios Básicos es que vendían energía a precios regulados y tienen la obligatoriedad de celebrar contratos de cobertura eléctrica a través de subastas de mediano y largo plazo.

Actualmente, el único Suministrador de Servicios Básicos es la Comisión Federal de Electricidad, aunque la ley permitía que cualquier interesado pueda solicitar un permiso ante la Comisión Reguladora de Energía (CRE) para la prestación del servicio.

La reforma introdujo la creación del Centro Nacional de Control de Energía (Cenace), organismo que tiene por objeto ejercer el control operativo del Sistema Eléctrico Nacional.

La Ley de la Industria Eléctrica establecía que el Cenace debía determinar la asignación y despacho de centrales eléctricas con base en criterios de seguridad de despacho y eficiencia económica.

Se regresó al monopolio del Estado en electricidad

Por Nayeli González

La reforma a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) tiene como objetivo privilegiar el despacho de la electricidad generada con plantas de la CFE, dejando para último la de empresas privadas, además de que se le quita a la empresa del estado la obligación de comprar energía de proyectos de las subastas de largo plazo.

Es así que la energía que tendría prioridad a ser despachada es la generada con las hidroeléctricas, en segundo a las demás centrales de la CFE, posteriormente a la energía eólica y solar de los privados, y finalmente a las centrales de ciclo combinado, es decir, plantas que utilizan gas y que también son propiedad de particulares.

Entre los principales puntos que destaca la ley, se encuentra la revocación de permisos bajo el esquema de autoabastecimiento, los cuales fueron entregados previo a la apertura del sector para permitir a las empresas asociarse y producir electricidad para sus plantas y establecimientos, esto por considerar que han incurrido en un fraude.

Los cambios también contemplan el otorgamiento de Certificados de Energías Limpias (CELs) a las plantas de la CFE, bajo el argumento de tener igualdad de condiciones en el mercado.

Algunas empresas decidieron interponer amparos, como Parque Solar Orejana, propiedad de Zuma Energía, a quien el juez Juan Pablo Gómez Fierro, Juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, le otorgó la suspensión, con efectos generales, de los cambios aprobados a la LIE por considerar que afectaba el derecho a la libre competencia en el mercado, desincentiva las inversiones y ponía en riesgo los proyectos ya realizados por las empresas.

 

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