El significado de la inclusión

Incluir significa, de acuerdo con la definición del Diccionario de la RAE, poner algo o a alguien dentro de una cosa o de un conjunto. Traído a la cuestión social, el concepto de “inclusión” se refiere, precisamente, al reconocimiento de que hay personas que están “fuera” del conjunto, pero ¿de qué conjunto? La respuesta es de algún modo obvia: al que tiene acceso al bienestar.Tal idea determinó todo el siglo XX —y sigue determinándolas en el siglo XXI— a las políticas sociales. Sin embargo, ante la evidencia de que disponemos, la cuestión se revela falaz. Pues si incluir implica poner a una persona dentro de un conjunto, se asume que tal conjunto (en este caso, el del bienestar), existe o tiene una dimensión tal que puede incluir a quienes, por alguna razón, habían quedado fuera.

El mayor límite que encuentra esa idea se halla en el hecho de que hoy, ese “a dónde incluir a los demás” (que generalmente se asume son una mayoría), se encuentra fracturado, resquebrajado, cabría decir.

Lo anterior puede sostenerse si nos atenemos a los datos del Consejo Nacional para la Evaluación de la Política de Desarrollo Social: si únicamente 22 de cada 100 personas en nuestro país pueden ser consideradas como “no pobres y simultáneamente no vulnerables”, entonces en realidad no hay un “a dónde incluir a los otros”; pues en sentido estricto, ésos otros son la inmensa mayoría. Y si esto es así, es porque no existe un sistema universal de protección social que garantice niveles aceptables de bienestar.

En materia de política social nos hemos olvidado de preguntar lo más elemental: ¿qué significa, por ejemplo, que la mayoría se encuentre “excluida”? Y enseguida: ¿cómo llegamos al punto en que en un país de 120 millones de personas únicamente poco más de 20 millones superen el umbral de la pobreza y enfrenten menos de dos carencias sociales?

En una democracia, el uso de las palabras debe darse con base en un alto sentido de responsabilidad política; ello evita que los significados se “desgasten” y nos impidan dar magnitud del escándalo que significa que en el país tengamos el mismo nivel de pobreza por ingreso que teníamos en 1992 y que en 2014 se haya registrado el mismo porcentaje de pobreza multidimensional que en el 2010.

Jorge Carpizo sostenía, con plena razón, que en nuestro contexto y decurso histórico el Estado democrático o es un Estado social o no es democrático; y ello porque el conjunto de los derechos sociales no pueden ser más entendidos como “declaraciones aspiracionales” o enunciados que marcan y determinan “rumbo y anhelos sociales”.

En las últimas tres décadas se ha intentado asimilar el concepto de la inclusión a las acciones dirigidas a reducir la marginación y a ampliar la afiliación a algunos de los servicios elementales que prestan las instituciones públicas, pero en ello se han obviado varios temas, entre ellos las desigualdades estructurales al interior de las propias instituciones públicas; así como también la diferencia elemental entre “afiliación” y “acceso efectivo”.

No es lo mismo, por ejemplo, una guardería del Instituto Mexicano del Seguro Social o del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado que una de las estancias infantiles de la Sedesol; no es el mismo cuadro básico ni catálogo de enfermedades en el IMSS que en el Seguro Popular; no es igual una escuela urbana que un centro comunitario del Conafe; no es lo misma una preparatoria de cualquiera de las universidades públicas estatales que los sistemas de “telebachillerato” que hoy pululan por todo el país, y así con todo lo demás.

Estar afiliado al Instituto Mexicano del Seguro Social no evita el diferimiento de consultas o quirúrgico; y estar afiliado al Seguro Popular no garantiza cobertura ante todo el catálogo de enfermedades que pueden padecerse.

Está claro: inclusión debe significar acceso efectivo, con calidad y oportunidad, a todos los instrumentos y acciones necesarios para acceder a la plena garantía de los derechos humanos.

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