¿Qué es una Queja Grupal, la nueva herramienta de Profeco?

El objetivo de la Queja Grupal es el inicio de un procedimiento conciliatorio. Conoce esta herramienta que Profeco tiene a tu servicio y haz valer tus derechos

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Es una figura que busca una conciliación entre el grupo determinado de consumidores y el proveedor, mediante un procedimiento administrativo ante la Procuraduría. 
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Es una figura que busca una conciliación entre el grupo determinado de consumidores y el proveedor, mediante un procedimiento administrativo ante la Procuraduría. 
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CIUDAD DE MEXICO.  

Una de las herramientas que pocos conocen es la queja grupal, una figura que busca una conciliación entre el grupo determinado de consumidores y el proveedor, mediante un procedimiento administrativo ante la Procuraduría Federal del Consumidor. 

¿Qué es una queja grupal?

Es un reclamo de un grupo de dos o más consumidores contra uno o varios proveedores por incumplimiento en la prestación de un servicio o mala calidad de un producto adquirido.


¿Quién la puede presentar?

· Consumidores afectados.

· Asociaciones civiles u organizaciones.

¿En qué casos se puede recurrir a ella?

Cuando exista una insatisfacción o daño causado por el producto o servicio recibido o no por:

•Publicidad equivocada o engañosa.

•Negativa a la cancelación del contrato.

•Negativa a la entrega del producto o servicio (incluidos los retrasos en la entrega).

•Actos que tengan como fin exigir el cumplimiento de garantías otorgadas en relaciones de consumo

Requisitos para presentarla

Consumidores

  1. Presentar la queja, indicando nombre y domicilio (del consumidor y del proveedor), problemática común, monto de afectación y la pretensión que requiere.
  2. Cuando se represente a un grupo de consumidores, si se trata de personas físicas, bastará carta poder firmada ante dos testigos. En el caso de personas morales se requerirá poder notarial.
  3. Que no estén vinculadas con actividades de proselitismo político o electoral.

Asociaciones Civiles o Gubernamentales

  1. Acreditar su legal constitución.
  2. Que su objeto social sea el de la promoción y defensa de los intereses de los consumidores.
  3. Tener mínimo un año de haberse constituido.
  4. No tener conflicto de interés respecto de la queja que se pretende presentar, expresándolo en un escrito en el que, bajo protesta de decir verdad, se haga constar.
  5. Que los consumidores que participan en la queja grupal hayan expresado su voluntad para formar parte de la misma.
  6. Que no estén vinculadas con actividades de proselitismo político o electoral.

¿Dónde se puede presentar?

· Oficinas de Defensa del Consumidor (ODECO).

· Dirección General de Quejas y Conciliación.

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