La Función Pública inhabilitó a Oceanografía el pasado 11 de febrero
La Secretaría de la Función Pública inhabilitó a la compañía, una de las principales proveedoras de Pemex; pero la empresa asegura que todos los contratos son legales
Oceanografía detalló que la paraestatal antes pedía el pago de las fianzas de manera anual durante el tiempo del convenio, aunque luego modificó para exigir el monto en una sola exhibición
CIUDAD DE MÉXICO, 11 de febrero.- El pasado 11 de febrero la Secretaría de la Función Pública comunicó, a través del Diario Oficial de la Federación, la inhabilitación de la compañía Oceanografía, por un año, nueve meses y 12 días, para proponer o celebrar contratos con dependencias de Gobierno y entidades de la administración pública federal.
La compañía es una de los principales proveedores de Pemex Exploración y Producción, cuyo exdirector, Carlos Morales Gil, renunció el viernes 7 de febrero.
La dependencia no detalló la causa de la sanción a Oceanografía, aunque dijo que la resolución se dio con base en artículos de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas y la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Oceanografía detalló que la paraestatal antes pedía el pago de las fianzas de manera anual durante el tiempo del convenio, aunque luego modificó para exigir el monto en una sola exhibición.
Este cambio, dijo, fue el que generó las dudas sobre los contratos y que se iniciara la investigación, y asegura que en su momento entregó la documentación pertinente al Órgano Interno de Control (OIC) de PEP para garantizar la transparencia de los contratos, “ya que siempre se ha actuado con legalidad en cada licitación y apego a los lineamientos y regulaciones de Pemex”.
Oceanografía afirma que el monto que debía garantizarse en concepto de Fianzas de Cumplimiento conforme al contrato estaba previamente aceptado entre PEP y la institución emisora de la fianza y ninguno de ellos notificó ni requirió a la empresa, “puesto que todo estaba apegado a contrato”.
Cuando se notificó a Oceanografía la necesidad derivada de la interpretación del Órgano Interno de Control de aumentar el endoso dado la observación de la misma dependencia, de inmediato se dio cumplimiento a dicho requerimiento, conforme como la propia resolución del OIC lo señala expresamente”.
Oceanografía indica que una de sus principales defensas es que la sanción proviene de la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, que fue publicada el 11 de junio de 2012, por lo que su vigencia es posterior a la licitación y firma de los contratos revisados, y ésta no debe ser retroactiva.
La compañía de Amado Yáñez añadió que la resolución publicada en el DOF es temporal, ya que la propia Ley establece recursos que la empresa interpondrá contra la misma. Tanto el SAT como la empresa señalaron que la resolución no afecta los contratos que actualmente están en ejecución.
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