Plantean aval a tipificar ultraje a la autoridad

Ministros también analizarán delitos sobre perturbación a la paz pública

CIUDAD DE MÉXICO.

Dos ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación propondrán este miércoles declarar constitucional la tipificación de los delitos “perturbación a la paz pública” y “ultraje a la autoridad” contemplados en el Código Penal del Distrito Federal.

Se prevé que mañana los cinco ministros que integran la Primera Sala revisen los amparos promovidos por dos personas que fueron detenidas tras los actos vandálicos realizados en la Ciudad de México durante las manifestaciones para conmemorar el 2 de octubre pasado para exigir la aparición de los 43 normalistas.

En un primer proyecto, el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena propone que las expresiones   “utilización de violencia extrema” y “perturbación a la paz pública” no atentan contra los derechos humanos y por tanto son constitucionales, por lo que resultan infundados los argumentos presentados por Bryan Reyes, detenido el 1 de diciembre de 2012, durante las protestas contra la toma de posesión de Enrique Peña Nieto como Presidente de la República.

“Respecto de lo argumentado por el quejoso, en cuanto a que la hipótesis analizada contiene una restricción a la garantía de libre expresión de las ideas y de reunión, es necesario señalar que, en el caso concreto, no existe punto de conexión entre dichos derechos humanos y los elementos descritos en el tipo penal, ya que ambas prerrogativas encuentran como límite de su ejercicio derechos de terceros”, sostiene.

El segundo proyecto, a cargo del ministro Jorge Pardo Rebolledo, propone que el delito “ultrajes a la autoridad”, también tipificado en el Código Penal de la capital del país, no atenta contra las libertades plasmadas en la Carta Magna, como sostiene Gabriela Hernández, quien fue detenida el 2 de octubre de 2013.

“La norma impugnada, se inscribe precisamente en armonía con las estipulaciones constitucionales que precisan que la libertad de reunión y de disenso no son absolutas, sino que tienen como límite el que deben ser de manera respetuosa y pacífica. ”, considera Pardo Rebolledo.