Cuota de género frena campañas; elecciones en Tabasco
El TEPJF ordena a partidos políticos cumplir con el porcentaje de candidaturas para mujeres; Beaurregard llama a acatar la regla

Seis de los nueve partidos políticos con registro deberán de relevar al menos 40 candidatos a las alcaldías, garantizando la equidad de género
VILLAHERMOSA, 28 de abril.- La Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a partidos en Tabasco cumplir con la cuota de género en sus candidaturas, lo cual orilló ayer al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana a suspender campañas.
El Tribunal dio 48 horas para que se sustituya por mujeres a los varones que estaban en campaña, hasta cumplir con la cuota de género, que en el caso de las alcaldías de Tabasco es mínimo de ocho.
Seis de los nueve partidos con registro en Tabasco deberán relevar al menos a 40 candidatos a las alcaldías.
En entrevista con Excélsior Televisión, Lorena Beaurregard, una de las demandantes, exigió a partidos cumplir con lo establecido en las reglas.
Suspenden campañas en Tabasco por género
El Instituto Electoral del estado frenó el proceso comicial para que los partidos postulen a mujeres en lugar de varones.
La Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) “descabezó” a los candidatos a alcaldes de los 17 municipios de Tabasco, derivado de un juicio de paridad de género interpuesto por el PAN, y ordenó que en un plazo de 48 horas se sustituya por mujeres a la mitad de abanderados varones que estaban en plena campaña.
A raíz del fallo del TEPJF para que los partidos políticos apliquen la paridad de género en las candidaturas, el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT) suspendió las campañas en los 17 municipios.
La noche de ayer, en sesión extraordinaria, los consejeros acataron el fallo de la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral, el cual revocó los registros de los candidatos por no respetar la paridad de género.
Determinaron que los partidos deberán inscribir candidatos y candidatas ante el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco, que a su vez contará con 24 horas para que una vez recibidas las listas se revisen, validen y se apruebe un nuevo acuerdo.
También se ratificó que las campañas electorales a presidentes municipales están suspendidas hasta el próximo jueves, después de que el órgano electoral determine las nuevas candidaturas.
Seis de los nueve partidos políticos con registro, a excepción del PAN, PT y Partido Humanista, que sí cumplieron con este mandato constitucional, deberán de relevar al menos 40 candidatos a las alcaldías, garantizando la paridad de género, de acuerdo con el mandato del TEPJF.
Al PRI, Morena y PRD son a los que más afectará esta resolución, debido a que sus procesos internos fueron muy difíciles, ya que ambos sufrieron rupturas que les ocasionaron renuncias de cuadros valiosos que migraron a otros partidos.
La Sala Regional del TEPJF revocó este domingo, en sesión urgente, el acuerdo mediante el cual el Consejo Estatal del IEPCT aprobó el registro de las candidaturas a presidentes municipales y regidores, por el principio de mayoría relativa.
El juicio por la paridad de género lo interpusieron ante el TEPJF el PAN y un grupo de mujeres lideradas por la exdiputada federal del PRI, Lorena Beaurregard.
Luego de conocer el fallo, la exlegisladora dijo que “los partidos están obligados a respetar la preexistencia del derecho y realizar la sustitución de candidatos en aquellos municipios en los que hayan participado mujeres en los procesos internos para la selección de candidatos a las presidencias municipales”.
LEGISLACIÓN- Con la Reforma Política-Electoral, promulgada en febrero de 2014, se elevó a rango constitu-cional el principio de la paridad de género.
- El artículo 41 de la Carta Magna señala que los partidos políticos tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática y contribuir a la integración de los órganos de representación política de acuerdo con las reglas para garantizar la paridad entre los géneros.
- En la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe), reglamentaria de la Reforma Política-Electoral, se detalla la paridad de género en las contiendas.
- A nivel local, la Ley Electoral y de Partidos Políticos del Estado de Tabasco, en su artículo 185, señala que los partidos deberán garantizar la paridad entre los géneros en la postulación de candidatos a los cargos de elección popular para la integración del Congreso del Estado y los Ayuntamientos.
“Esperamos que se cumpla con la paridad de género a plenitud y que no se trampee la ley po-niendo a las esposas, a las hijas o a las novias de quienes serán los candidatos sustitutos”, concluyó.
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