Publican lineamientos para facilitar reconstrucción, tras 19:S

Para facilitar la edificación de inmuebles que fueron o serán demolidos por el sismo del 19:S, se publicaron los lineamientos para la aplicación del Procedimiento de Reconstrucción de Vivienda

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CIUDAD DE MÉXICO

Para facilitar la edificación de inmuebles que fueron o serán demolidos a causa del sismo del 19 de septiembre de 2017, este miércoles se publicaron los lineamientos para la aplicación del Procedimiento de Reconstrucción de Vivienda, establecido en la Ley para la Reconstrucción de la Ciudad de México, lo que reducirá el tiempo y los costos del proceso.

En el documento se establece la simplificación de trámites para la reconstrucción de viviendas multifamiliares, los cuales estarían reducidos a tres pasos: reconocimiento de características originales de los edificios colapsados o demolidos; emisión de Certificado Único de Zonificación de Uso de Suelo en su Modalidad de Reconstrucción de Vivienda y Manifestación de Vivienda.

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La idea fundamental es simplificación administrativa y facilitación también para efectos que pudieran llevar a cabo la reconstrucción.

O sea, facilitar una marcha mucho más oportuna tanto en los trámites que tenga que realizar el gobierno, como en las facilidades para pagos, para todo lo que se tiene que llevar a cabo en estos procedimientos”, detalló el jefe de Gobierno, Miguel Ángel Mancera.

Las dependencias involucradas en este tema serán la Coordinación General de Modernización Administrativa (CGMA), en tareas de revisión y aprobación de los trámites, y el Registro Público de la Propiedad y de Comercio (RPPC), en el apoyo para obtener la certificación de antecedentes registrales de los inmuebles afectados.

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Además, el Sistema de Aguas de la Ciudad de México (SACMEX), que eximirá del trámite de factibilidad de servicios, así como la Secretaría del Medio Ambiente (Sedema), que no solicitará la declaratoria de cumplimiento ambiental o dictamen de daño ambiental.

De acuerdo con el secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda (Seduvi), Felipe de Jesús Gutiérrez, las delegaciones coadyuvarán en el registro de las Manifestaciones de Construcción y la Comisión para la Reconstrucción, Recuperación y Transformación participará en la aprobación de los proyectos de reconstrucción sujetos al 35 por ciento de potencial constructivo adicional.

Las unidades de Protección Civil delegacionales autorizarán los programas internos que requieran las obras de construcción, remodelación o demolición.

“Sí hay una reducción sensible en pasos, no pagarían derechos y aprovechamientos que habitualmente se dan en la aplicación del Código Fiscal, los tiempos se acortarían sensiblemente, o sea, la idea es que este procedimiento le ayude a los afectados a tener lo más rápido posible una vivienda de reposición”, indicó.

El funcionario capitalino comentó que, a la fecha, el Comité de Emergencias de la CDMX ha dictaminado la demolición de 49 edificios y, conforme al censo que se tiene, la cifra podría alcanzar hasta los 120.

Sostuvo que tanto la Seduvi como la Secretaría de Finanzas (Sefin) darán acompañamiento y asesoría en el aspecto normativo y financiero a las personas afectadas.

Para aplicar los Lineamientos la Seduvi y/o la delegación realizarán:

 

1. A solicitud del interesado, Seduvi emitirá el Certificado de Derechos de Reconstrucción, que da derecho a reconstruir sólo la superficie demolida.

2. Cuando al menos 50% más uno de los propietarios o causahabientes esté de acuerdo en desarrollar viviendas adicionales para financiar las viviendas de reposición, se deberá presentar el anteproyecto de reconstrucción y corridas financieras para emitir el dictamen.

3. Una vez aprobado, la Seduvi inscribirá el dictamen y generará un nuevo Certificado de Zonificación de Uso del Suelo, en la modalidad de Reconstrucción de Vivienda.

4. Los interesados registrarán su Manifestación de Reconstrucción ante la delegación.

5. En casos de excepción, el potencial constructivo del predio a intervenir podrá transferirse a un predio receptor.

6. La Seduvi enviará a la Asamblea Legislativa copia del expediente de los proyectos aprobados conforme a estos lineamientos.

*av

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