Primera sentencia civil contra un militar, por desaparición forzada; 31 años de cárcel

Un subteniente de infantería del Ejército fue hallado culpable de privar de la libertad a una persona en uno de los primeros juicios en que un juez federal sentencia a un militar

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CIUDAD DE MÉXICO, 19 de agosto.- Ayer, en un hecho histórico,  un juez federal condenó a un militar a 31 años de prisión por el delito de desaparición forzada. En mayo de 2012, el efectivo castrense privó de su libertad a una persona en Los Herreras, Nuevo León; a tres años de la desaparición, aún se desconoce su paradero.

El juez Primero de Distrito en Materia Penal de Nuevo León determinó sentenciar al subteniente de infantería Danny Hernández Sánchez, luego de que la PGR acreditó su responsabilidad penal en la comisión del delito de desaparición forzada.

Luego de analizar las pruebas, el juzgador Eustacio Esteban Salinas Wolberg estimó que quedó plenamente acreditado por la autoridad ministerial que la víctima fue privada ilegalmente de su libertad por parte del hoy sentenciado el 20 de mayo de 2012, en el municipio de Los Herreras, Nuevo León, y hasta el día de hoy no se sabe su paradero.

La resolución señala que conductas aisladas y lamentables, como las de Hernández Sánchez, son contrarias al espíritu de la delicada tarea de protección y salvaguarda del Estado y de sus habitantes, por parte de elementos del Ejército mexicano.

El impartidor de justicia basó su sentencia en la grave afectación o peligro a los bienes jurídicos tutelados, a saber, la integridad física, la libertad personal y la vida de la víctima directa del delito.

También considerando el ámbito de protección a los familiares, víctimas indirectas del mismo, por el sufrimiento que atraviesan en su afán de lograr información sobre el paradero del aún desaparecido, además de la violación al derecho a la verdad.

Lo inhabilitan

Según el texto de su sentencia, Salinas Wolberg ponderó el perjuicio causado al mismo Ejército mexicano, “el cual desempeña una importante labor de protección y salvaguarda de la seguridad nacional y de las personas, al colaborar con las instituciones civiles, dentro del marco constitucional y legal, para hacer frente a los actos de la delincuencia organizada.

“Esta resolución se sustenta en la obligación constitucional del juez federal de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, en el ámbito de su competencia; así como las relativas a la prevención, sanción y reparación de las violaciones a éstos”, indicó.

El subteniente de infantería Danny Hernández Sánchez, quien ha tramitado cinco juicios de amparo y ha acudido ante la Procuraduría General de Justicia Militar, se encuentra recluido desde junio de 2013 en el Campo Militar Número Uno de la Ciudad de México.

Además de la sentencia a 31 años y tres meses de prisión, el juez federal ordenó la destitución de su cargo y lo inhabilitó para desempeñar otro puesto, comisión o empleo público por un periodo de 15 años y tres meses.

Fin del fuero militar

  • Hace tres años, en agosto de 2012, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) por mayoría de ocho votos concluyó que el fuero militar no prevalece cuando los efectivos castrenses estén implicados en agravios o crímenes en contra de civiles.
  • Lo anterior, al determinar que a los juzgados federales les compete conocer casos de delitos cometidos por militares y en los que esté involucrado un civil.
  • Fue en febrero de 2014, con el voto unánime de todas las fuerzas políticas, cuando el pleno del Senado de la República aprobó que el fuero militar ya no proteja a los elementos del Ejército, Marina o Fuerza Aérea mexicanos que incurran en el delito de desaparición forzada de personas.
  • De esta forma, a petición del presidente Enrique Peña Nieto, el pleno del Senado retiró la reserva al artículo IX de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas.