Piden regular scooters motorizados por representar un alto riesgo

El Congreso de Nuevo León pide establecer normas claras para el uso de scooters motorizados, limitando su circulación a vías secundarias con señalización de riesgo y la creación de un patrón

thumb
Un hombre a bordo de un scooter

El Congreso de Nuevo León solicitó a la Secretaría de Movilidad establecer normas claras para el uso de scooters motorizados, limitando su circulación a vías secundarias con señalización de riesgo y promoviendo la creación de un padrón estatal de usuarios.

Recientemente ABC Noticias publicó la falta de infraestructura y deficiencias para garantizar la seguridad de los usuarios y de la pirámide de la movilidad ante este tipo de vehículos.

Durante la sesión, la vicecoordinadora de la bancada de Morena, Berenice Martínez, impulsora del exhorto, enfatizó la importancia de campañas de concientización sobre el uso adecuado de los scooters como medio de micromovilidad y evitar saldos lamentables.

“Estas campañas deberán tener enfoque preventivo, inclusivo y estar dirigidas especialmente a jóvenes y nuevos usuarios”, puntualizó desde el pleno la legisladora morenista.

Martínez resaltó también la necesidad de “que se implemente y actualice un padrón estatal gratuito de personas usuarias de scooters motorizados como dispositivo de micromovilidad, a fin de contar con información diagnóstica y estadística que permita mejorar la toma de decisiones en materia de movilidad y seguridad vial”.

En CDMX los scooters ya fueron regulados

La tarde del viernes 15 de agosto, los legisladores en el Congreso de la Ciudad de México aprobaron regular bicicletas eléctricas, scooters y bicimotos.

La Comisión de Movilidad Sustentable y Seguridad Vial del Congreso de la Ciudad de México aprobó el dictamen que reforma la Ley de Movilidad local para incluir a los dispositivos motorizados ligeros —como bicicletas eléctricas, scooters y bicimotos— dentro de una nueva categoría legal llamada Vehículo Motorizado Eléctrico Personal (Vemepe).

Para ser clasificados como Vemepe, estos vehículos deben cumplir con:

  • Tener acelerador independiente.
  • Tener dos o más ruedas.
  • Alcanzar una velocidad superior a los 25 km/h

Se definirán dos subcategorías según el peso:

  • Tipo A: menos de 35 kg
  • Tipo B: entre 35 y 350 kg

¿Qué obligaciones tendrán con la nueva regulación?

  • Contar con licencia de conducir específica para su tipo de vehículo.
  • Tener placas y tarjeta de circulación.
  • Usar casco y chaleco reflectante.
  • Registrar su unidad ante la Secretaría de Movilidad (SEMOVI)
  • Además, estos vehículos no podrán circular por banquetas, ciclovías ni carriles exclusivos del transporte público. 

jcp