Tarjetahabientes, ahorradores y deudores entre la Condusef y el Inai

En el contexto del “capitalismo salvaje” por la hostilidad de los agentes financieros sobre la población económicamente activa (en paradoja cautiva a practicar las transacciones y operaciones financieras inspiradas en la usura y la codicia de banqueros y prestamistas) hubo de surgir en 1999 la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros mejor conocida por sus siglas como la Condusef.

La Condusef —se pensó— vendría a promover y difundir la educación y la transparencia financiera para que los usuarios de la banca en el país tomen decisiones informadas sobre los beneficios, costos y riesgos de los productos y servicios ofertados en el sistema financiero mexicano; así como también proteger sus intereses mediante la supervisión y regulación a las instituciones financieras y proporcionarles servicios para que los asesoren y apoyen en la defensa de sus derechos.

Y para el desarrollo de sus actividades emite dos tipos de procedimientos que son las consultas y las reclamaciones; las primeras de ellas contactando al usuario con el área de orientación, en la cual se dispone de toda la información legal en materia financiera, mientras que las segundas se promueven mediante la realización de un procedimiento conciliatorio entre las partes.

Para ubicar el alcance de la institución y el marco de su aplicación de acuerdo con lo reportado por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, al 8 de diciembre de 2015, se tenía registrado en el país un universo de veintidós millones ochocientos tres mil quinientos cincuenta y nueve tarjetahabientes, los cuales podrían ser válidamente orientados por medio de la Condusef en caso de ser necesario.

Según el Portal en la Sección de Transparencia de la propia Condusef, a lo largo del año 2005, se atendió a un millón quinientos cuarenta y cuatro mil cuatrocientos sesenta y nueve usuarios, de los cuales el 85 por ciento fue a través de asesorías y el quince

por ciento restante por medio de reclamaciones presentadas a alguna de las institución financieras del país.

A raíz de la inquietud de un particular al solicitar a la Condusef un estudio de derecho comparado en relación con la defensa de los usuarios de los Servicios Financieros en otros países, es decir, que otros países tienen un procedimiento análogo a la Condusef o instituciones análogas a ésta, junto con la negativa del sujeto obligado al no advertir resultado alguno respecto de lo peticionado, es que el particular solicitó la intervención del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai).

Durante la sustanciación del recurso, el Pleno del Inai detectó que la Condusef realizó una búsqueda de la información la cual no fue exhaustiva, ya que del análisis del asunto se determinó que cuenta con unidades administrativas que por sus atribuciones tendrían que contar con la información que es del interés del particular. En otras palabras, debe hacer estudios para evaluar cómo proceden las instancias semejantes en otros lados.

Por ello, el pleno del Inai instruyó a la Condusef a realizar una nueva búsqueda en todas las unidades administrativas competentes, así como la entrega al particular del documento elaborado o publicado por dicha comisión que contenga un análisis sobre procedimientos de protección a usuarios de servicios financieros o instituciones análogas a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros en otros países, como puede ser, de manera enunciativa mas no limitativa, un estudio jurídico o de derecho comparado.

Millones de operaciones financieras ocurren cada día y a través de ellas abusos y descuidos de toda clase dejan cicatrices en la piel de la confiada ingenuidad de muchos mexicanos exigir aclaraciones para denunciar los delitos en este campo es un camino obligado que debemos ampliar, el derecho a saber es una vía obligatoria para alcanzar la actitud y la aptitud adecuada en la era de la economía digitalizada.

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