Mínimo vital
El Ingreso Ciudadano Universal es,
a mi juicio, el principal derecho que nos permite acceder a los otros, ya que si no garantizamos la subsistencia ¿cómo
vamos a acceder a otros derechos?
Esta semana se publicó la Constitución Política de la Ciudad de México, en la misma fecha del aniversario de los 100 años de la Constitución del país. Como con cualquier proyecto colectivo, se puede estar a favor o en contra de determinados artículos, sin embargo, quisiera reconocer el esfuerzo de los llamados diputados constituyentes que cumplieron con el cometido para el cual fueron elegidos.
En esta ocasión me referiré al artículo nueve del citado ordenamiento, denominado “Ciudad solidaria”. Pero antes quisiera comentar lo que está sucediendo en Europa, principalmente en Francia, con la propuesta de Ingreso Básico o Renta Básica, que aquí muchos denominamos Ingreso Ciudadano Universal y que tiene relación con el artículo nueve.
El candidato ganador de las primarias para competir por la presidencia de la República dentro del Partido Socialista es el señor Benoît Hamon, quien fue miembro del gobierno del presidente Hollande y cuya principal bandera es la propuesta de un “Ingreso Universal de Existencia”, por un monto de 750 euros al mes para todos los franceses mayores de 18 años, mismo que será un ingreso sin ninguna contrapartida, se tenga o no trabajo. Según afirma el señor Hamon, se trata de un derecho que será la protección social del siglo XXI, tomando en consideración que actualmente hay cerca de nueve millones de personas que viven abajo de la línea de pobreza en Francia. Esperamos que gane las elecciones y pueda implantarse esta propuesta de beneficio colectivo y reductor de las desigualdades.
Retomando el mencionado artículo nueve, cuyo apartado A está dedicado al derecho a una vida digna, encontramos que el numeral dos dice textualmente: “Todas las personas tienen derecho a un mínimo vital para asegurar una vida digna en los términos de esta Constitución”.
En diciembre pasado la redacción del numeral era, a mi juicio, más clara, pues decía: “Toda persona desde su nacimiento tiene derecho a un ingreso básico universal y la ciudad garantizará su cumplimiento de manera progresiva”. Seguramente los constituyentes tomaron en cuenta la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia sobre el tema, que define al mínimo vital como un presupuesto del Estado democrático de derecho que requiere que los individuos tengan como punto de partida condiciones tales que les permitan desarrollar un plan de vida autónomo, a fin de facilitarles participar activamente en la vida democrática.
Como menciono líneas arriba, la redacción aprobada dice poco de lo que se trata, a menos que uno sea experto en temas jurídicos. Pero lo importante es que ya se considera el tema.
Ahora bien, en el mismo artículo nueve, en los numerales uno y tres, se establece que las autoridades adoptarán las medidas necesarias para que progresivamente se erradiquen las desigualdades estructurales y la pobreza y también que garantizarán progresivamente la vigencia de los derechos hasta el máximo de los recursos públicos disponibles.
En varios artículos más se habla de la progresividad, lo cual suena muy bien, pero considero que existe un problema de origen en la medida en que los ciudadanos vamos a tener “derecho a todos los derechos”, sin ninguna jerarquización, y nos preguntamos: ¿Cómo va a ser la distribución de los recursos para cumplir con todos progresivamente?
Y es aquí donde surge la importancia del Ingreso Ciudadano Universal o Mínimo Vital porque, a mi juicio, éste es el principal derecho que nos permite acceder a los otros, ya que si no garantizamos la subsistencia ¿cómo vamos a acceder a los otros derechos? Por eso es que debe existir una jerarquización al momento de atender todos los derechos que requieren de recursos económicos, de lo contrario, va a ocurrir lo de siempre, es decir, programas repartidos por todos lados atendiendo derechos, pero sin reducir la pobreza y la desigualdad.
Ojalá la Asamblea de la ciudad pueda avanzar en este tema al elaborar las leyes secundarias, para que efectivamente sea posible garantizar el mínimo vital mencionado en la Constitución de la Ciudad de México.
