Ya busca la PGR a Javier Duarte; confirma orden de captura
Delincuencia organizada y lavado de dinero, los cargos en su contra, informa la procuradora Arely Gómez
ACAPULCO, Gro.
La procuradora general de la República, Arely Gómez, confirmó que hay una orden de aprehensión en contra del gobernador con licencia de Veracruz, Javier Duarte, por los delitos de delincuencia organizada y lavado de dinero.
En conferencia de prensa, la funcionaria señaló que la Procuraduría General de la República (PGR) recibió una denuncia en contra de Duarte.
“Después de estarlo trabajando de una manera seria, profesional y con elementos suficientes, se presentó como carpeta de investigación ante el juez. Quiero decir que es uno de los asuntos más relevantes que se están llevando ahorita en el Sistema Penal Acusatorio.
“Y el juez, después de un análisis, de haber escuchado al Ministerio Público y a los fiscales, decidió librar la orden de aprehensión”, añadió.
Dijo que es un grupo de nueve personas, “de las cuales, el día de hoy fueron detenidas dos personas y seguimos tras la captura de todos estos sujetos.”
Arely Gómez señaló que el Gabinete de Seguridad está trabajando en la localización de estas personas.
“Con la certeza de que se tenía una orden de aprehensión emitida por el Poder Judicial competente, en ese momento, ya es cuando se empieza a trabajar para su ubicación, pero siempre respetando, absolutamente, el debido proceso y los derechos humanos del presunto.
“Asumimos siempre, una presunción de inocencia y por lo mismo, de esa manera se está trabajando. El Gabinete de Seguridad, en coordinación, estamos trabajando para una posible ubicación; los delitos por los cuales se libró la orden de aprehensión son por delincuencia organizada y lavado de dinero”, precisó.
Por su parte, al preguntarle al secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong si no se le había dado tiempo a Javier Duarte para huir, contestó: “qué raro que hoy se esté planteando el hecho de que si hubo algún acuerdo, cuando es exactamente el gobierno del presidente Enrique Peña Nieto el que inicia el procesamiento de estos gobernadores”.
“Qué raro que se esté planteando esto cuando en los hechos se ha demostrado que este gobierno sí va tras estos tipos de acciones que vulneran, que lesionan a la sociedad. Es este gobierno el que inicia y procesa, y no es la excepción el caso ni del exgobernador de Sonora ni del exgobernador de Veracruz”, añadió Osorio Chong.
Ya que se tienen las órdenes de aprehensión, pues lo que sigue es la captura, señaló el secretario de Gobernación.
Debaten sobre si debe ser o no desaforado
La orden de aprehensión que giró la PGR en contra del gobernador con licencia Javier Duarte generó polémica sobre si puede o no ser detenido sin antes ser desaforado.
El jurista José Elías Romero Apis indicó que el gobernador con licencia aún goza de fuero pese a que le fue girada una orden de aprehensión por un juez federal.
Para el abogado Diego Fernández de Cevallos, “aquí lo que hay que dilucidar con mucho cuidado, es si este señor está separado o simplemente ha solicitado una licencia y en cualquier momento, pudiera, teóricamente, aunque no sea probable, recuperarlo; es un aspecto que también se debe dilucidar con mucho cuidado”.
En tanto, el presidente de la Sección Instructora de la Cámara de Diputados, el priista Ricardo Ramírez Nieto, sostuvo que Duarte perdió el fuero al asumir el cargo un interino y la PGR está facultada para ejecutar la orden de aprehensión en su contra.
Romero Apis, entrevistado por Pascal Beltrán del Río para Imagen Radio, dijo que corresponderá al Congreso de la Unión retirarle esa protección.
El también columnista del diario Excélsior declaró que la propia Constitución así lo establece, pues el mandatario con licencia enfrenta acusaciones de índole federal.
“Tendría que ser desaforado primero por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, la cámara federal, y una vez desaforado tendría que turnarse la resolución al Congreso del estado de Veracruz simplemente para que tuviera en consideración que su gobernador con licencia ha sido desaforado y puede ser aprehendido por las autoridades de la Federación.”
El analista consideró que primero debería darse la consignación y posteriormente el desafuero, y no al revés, como ha sucedido en el pasado.
Diego Fernández de Cevallos opinó por su parte que se puede echar mano del artículo 112 de la Constitución, pero con mucho cuidado. “El artículo 112 de la Constitución establece que no se necesita la declaratoria de procedencia de la Cámara de Diputados si el servidor a que hace referencia el artículo anterior, el 111, comete un delito durante el tiempo de su encargo y se encuentra separado de su encargo”.
El excandidato presidencial panista también fijó su posición sobre el fuero de los funcionarios, en el contexto del caso de Javier Duarte:
“Es un tema complejo y de la mayor importancia. Está de moda y es lo políticamente correcto decir que se debe terminar con la figura del fuero. Yo en lo personal considero que por muchas circunstancias deben llevarse a cabo modificaciones técnicas muy cuidadosas para acotarlo”.
El diputado Ramírez Nieto planteó por su parte que no puede haber dos fueros al mismo tiempo respecto de un solo cargo y es Flavio Ríos Alvarado, el interino, el que tiene el fuero, por tal situación ya dejó de tenerlo Duarte.
“Si el exgobernador solicitó licencia y ya hubo un gobernador que protestó al cargo por el tiempo faltante, obviamente el que tiene el fuero derivado del cargo de gobernador pues es Flavio”, precisó el legislador federal.
LOS PASOS PARA EL DESAFUERO
- La solicitud de desafuero se presenta ante la Cámara de Diputados.
- La Sección Instructora de esa instancia analiza lo pertinente sobre la existencia del delito imputado al servidor.
- La Sección Instructora notificará al denunciado para que conteste la denuncia en siete días naturales.
- Terminado el periodo probatorio, la Sección Instructora ordenará la apertura del periodo de alegatos. Posteriormente, la Sección Instructora emitirá su dictamen en un plazo de 60 días hábiles y será entregado a la Cámara de Diputados.
- La Cámara de Diputados se erigirá en Jurado de Procedencia. Acusado y denunciante podrán exponer alegatos.
- Retirados el denunciante y el servidor público y su defensor, se procederá a discutir y a votar las conclusiones propuestas por la Sección Instructora.
- Por mayoría absoluta de sus miembros presentes en sesión, emitirá la Cámara su resolución definitiva.
- Si la Cámara de Diputados declara que ha lugar a proceder contra el inculpado, éste quedará inmediatamente separado de su cargo y será puesto a disposición de los tribunales competentes.
- El fallo es inatacable (contra él no procede recurso alguno ni medio de defensa legal, incluyendo el amparo).
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