Proponen proteger datos de empresas; sugieren resguardar la confidencialidad
El Banco de México solicita se considere a las compañías como personas físicas en la Ley de Transparencia

CIUDAD DE MÉXICO.
El Banco de México pidió al Senado de la República que se considere a las empresas como personas físicas en materia de protección a sus datos más sensibles, para evitar que se considere pública la información sobre sus actividades, patrimonio, situación financiera o de negocios que éstas entregan a autoridades financieras y bancarias.
“Si la legislación nacional no confiere a las personas morales una debida protección a la información sobre su organización, funcionamiento y actividades, el Estado mexicano, además de conferir a dichas personas un trato diferenciado que la propia Constitución no distingue, vulneraría la protección de las empresas que se establecen y operan en el país”, precisa.
Es inminente que las comisiones unidas del Senado aprueben la nueva Ley de Protección de Datos Personales, y esta misma semana recibieron opiniones por escrito tanto del Banco de México, como del Instituto Nacional de Acceso a la Información y Protección de Datos (Inai), con el fin de que los legisladores valoren la incorporación de algunos cambios.
El Banco de México le pide a los senadores que extiendan el tratamiento de datos personales a aquellos referidos a personas morales y no únicamente personas físicas, pues la misma Constitución Política sostiene que todas “las personas” gozarán de los derechos humanos y la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha sostenido en diversas tesis la protección de estos derechos para personas morales.
Recuerda que la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública “establece supuestos fuertemente acotados que podrán ocasionar que información de personas morales correspondientes a sus actividades, patrimonio, situación financiera o de negocios, entre otros, debería considerarse como pública y, por tanto, accesible a cualquier persona por el solo hecho de estar en posesión de las autoridades.
La institución a cargo de Agustín Carstens añade que las autoridades regulatorias de actividades específicas, como en las áreas financieras y de telecomunicaciones, “recaban información amplia y detallada sobre la organización, funcionamiento y planes de negocios de las empresas sujetas a su regulación.
“Respecto de esta información, las causales de confidencialidad que permite la Ley General de Transparencia refiere únicamente los secretos bancario, fiduciario, industrial, comercial, fiscal, bursátil y postal, cuya titularidad corresponda a particulares, sujetos de derecho internacional o a sujetos obligados cuando no involucren el ejercicio de recursos públicos y aquella que presenten los particulares a los sujetos obligados, siempre que tengan el derecho a ello, de conformidad con lo dispuesto por las leyes o los tratados internacionales.
“Conforme a lo anterior, si la legislación nacional no confiere a las personas morales una debida protección a la información sobre su organización, funcionamiento y actividades, el Estado mexicano, además de conferir a dichas personas un trato diferenciado que la propia Constitución no distingue, vulneraría la protección de las empresas que se establecen y operan en el país”, asegura el Banco de México.
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