No jala el visto bueno a verificación federal

El criterio de basar circulación de camiones de carga, pasaje y turismo en antigüedad frena cambio en ley

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CIUDAD DE MÉXICO.

En el Senado suman casi un año de retraso en el proceso legislativo para hacer obligatoria la verificación vehicular de todo el autotransporte federal de carga, pasaje, turismo, servicios auxiliares y privado que transiten en caminos y puentes federales, porque “no jala” el criterio de basar la autorización de circulación a la vejez de las unidades de transporte.

“El planteamiento era originalmente de los diputados que no se subieran vehículos de más de cinco años a las carreteras federales y que no podían permanecer más de 20 años; eso no jala”, explicó Javier Lozano, presidente de la Comisión de Comunicaciones y Transportes.

El 30 de abril de 2015, el Senado recibió la minuta de la Cámara de Diputados para reformar la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, que aplica los criterios de exentar de verificación durante dos años a los vehículos nuevos, y ser altamente estrictos a las unidades de más de cinco años y faculta a la Policía Federal para aplicar multas de hasta 200 días de salario a quien no se verifique.

Ordena que todos los vehículos que transiten por caminos y puentes federales “deberán cumplir con la verificación técnica de sus condiciones físicas y mecánicas, así como la de emisiones contaminantes y obtener la constancia de aprobación correspondiente”.

De igual forma, estarán obligados a verificar los límites máximos permisibles de emisiones contaminantes y obtener la constancia de aprobación.

Añade que “las empresas armadoras o distribuidoras de vehículos y las demás que cuenten con los elementos técnicos conforme a la norma oficial mexicana respectiva, aprobadas por la Secretaría, podrán realizar la verificación de las condiciones físicas y mecánicas, así como de emisiones contaminantes de los vehículos.

“La supervisión de estas unidades de verificación podrá ser realizada por la Secretaría o bien por terceros o instituciones académicas que la misma autorice. En caso de presentar irregularidades se aplicarán las sanciones que se establecen en esta ley y en el permiso de aprobación correspondiente.

“Todos los vehículos que circulen por caminos y puentes de jurisdicción federal deberán portar las constancias vigentes de sus verificaciones de condiciones físicas y mecánicas, así como de emisiones contaminantes”, dice la reforma aprobada por la Cámara de Diputados.

Pero además, faculta a la Secretaría de Gobernación para que, a través de la Policía Federal, se apliquen infracciones a quien carezca de seguro y/o de las verificaciones.

Javier Lozano explicó ayer que los cambios que hará el Senado a esta minuta van en el sentido de no castigar la vejez de los automotores; “ya no va a ser por antigüedad tajantemente, pueden ser cinco años o 10 años la antigüedad de un camión, si está en buen estado se sube a las carreteras. Y no son 20 años lo máximo que puede estar, si está en buen estado puede estar 30 o 40 años.

“Entiendan, y por eso la Corte dice que no puede ser el criterio de la antigüedad, es el estado en que se encuentren”, recordó.

Además, ya la víspera que incluso la Comisión de Competencia Económica, que ya fue consultada por el Senado, coincide en que el criterio debe basarse en las condiciones que tengan sus motores en tanto que contaminen o no.

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