Juez absuelve a acusados de atentado de 2008 en Morelia

El juez Sexto de Distrito de Procesos Penales Federales en Jalisco, concluyó que la acusación se basó en la confesión como autores materiales, tras ser torturados

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CIUDAD DE MÉXICO, 27 de mayo.- Debido a que se violaron sus derechos humanos, sufrieron tortura, se les fabricaron pruebas y no se comprobó su presencia en el lugar de los hechos, un juez federal absolvió y ordenó la inmediata libertad de los cuatro detenidos por los atentados con granadas el 15 de septiembre de 2008 en Morelia.

El juez Sexto de Distrito de Procesos Penales Federales en el estado de Jalisco, con sede en Puente Grande, Emilio Enrique Pedroza, emitió su sentencia definitiva absolutoria en favor de los cuatro procesados.

Tras conocerse la resolución, ayer por la tarde, la Procuraduría General de la República (PGR) informó en un comunicado de un párrafo que se interpondrá el recurso de apelación en contra de la libertad otorgada a los cuatro implicados.

De acuerdo con las investigaciones y los reportes de la dependencia, tres de los procesados, ahora exculpados son Alfredo Rosas Elíseo, alias El Socio; Juan Carlos Castro, alias El Grande, y Julio César Mondragón Mendoza, alias El Tierra Caliente, además de que existe un cuarto involucrado.

Se cayeron las pruebas

De acuerdo con el criterio del juez Sexto de Distrito de Procesos Penales Federales, con sede en Puente Grande, Jalisco, el Ministerio Público federal violó los derechos humanos y fabricó pruebas en contra de los ahora exculpados.

Para el juzgador quedó plenamente demostrado, incluso con periciales de la PGR, que tres de los detenidos fueron sometidos a actos de tortura previos a que fueran  presentados ante lo que ahora es la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada (SEIDO).

“En lugar de respetar sus  derechos fundamentales, así como atender las múltiples lesiones que presentaban, les fue tomada su declaración ministerial cuando aún se encontraban bajo los efectos de tortura.

“Determinó que no se respetaron sus derechos fundamentales, dado que fueron exhibidos ante la opinión pública, e incluso se allegó un video donde son sometidos a una entrevista sin presencia de defensor en la que aceptaron su participación, lo que genera la nulidad de dicha confesión”, se resolvió en la sentencia.

Se indicó que también quedaron desacreditadas declaraciones de testigos protegidos.

Otras inconsistencias son que tres detenidos demostraron que el día de los hechos se encontraban en Lázaro Cárdenas, Michoacán; la firma de uno de ellos fue falsificada en una de las declaraciones, lo que demuestra la falsificación de evidencias.

Terrorismo

  • La noche del 15 de septiembre de 2008 se realizaba la ceremonia del Grito de Independencia en el centro de Morelia, encabezada por el entonces gobernador Leonel Godoy.
  • En el lugar estallaron granadas de fragmentación en un atentado que se adjudicó al grupo criminal de Los Zetas.
  • El saldo del ataque fue de ocho personas muertas y 106 heridas.

Malos procesos  liberan a culpables

Durante la presente administración los casos de la secuestradora Florence Cassez y del narcotraficante Rafael Caro Quintero han sido significativos porque se les otorgó la libertad, pese a las sentencias en su contra, con el argumento de irregularidades en el proceso.

Cassez fue liberada en 2013 luego que la SCJN le otorgó un amparo, debido a violaciones al debido proceso.

En el caso de Caro Quintero, tras pasar 28 años en prisión, un tribunal otorgó un amparo y ordenó la libertad inmediata del capo.